(La hora de la verdad)
Por: Iván G. Fernández Paz
“Reunir 12 abogados para solucionar un problema, sería
agravar la situación” (IFP)
Existe escasa valoración,
así como total desconocimiento en el mundo latino respecto al proceso de elección
del Jurado, apreciaciones sumamente ligeras, subjetivas y hasta tendenciosas de ultracrepidarios quienes consideran que el
ciudadano a integrará un Tribunal de
Jurados es elegido (diciéndolo de manera vulgar) “capturar cualquier
sujeto que pasa por la calle”;
por ser opinión desatinada, es necesario instruir de manera objetiva
respecto a cómo se llega a conformar tan importante proceso de selección y
posterior elección (o rechazo) de los integrantes de esta interesante y democrática
institución conocida como, el Jurado.
Voir dire (/vwɑr dir/) originalmente,
esta frase antigua cuyo origen es francés [medieval], en el cual Voir significa
“verdad” y su derivación actual del latín vidēre
("ver"), es interpretada como "ver [los] decir"; al
adicionar el adjetivo Dire, refiere “decir” en un entorno
de juramento la verdad (Latín verum
dicĕre), -en extremo- a emitir luego de un debate y deliberación un veredicto (Del lat. vere, con verdad, y dictus,
dicho) por el que se avala una concluyente sentencia emitida por un Juez. Un jurado nace de un Voir dire y fenece emitiendo un vere-dicto.
Para ser Jurado de juzgamiento, no se necesita de preparación alguna,
en efecto (tal, como se lee); no se requiere de ningún tipo de preparación para
participar en el proceso de selección de jurado; obvio, tal apreciación resultará
desconcertante a Latinos (quienes viven saturados de “cartoncracia” y
titulitis” en fueros judiciales), por cuanto a ésta institución, le es indiferente
los grados académicos, estudios superiores o de instrucción; su importancia
radica en valorar y rescatar la calidad de sus ciudadanos quienes aporta
experiencia de vida; entre varias razones, sí se excluyen como
Jurados a operadores del derecho (abogados) en general, pues se trata de evitar
alarde de conocimientos, intimidación o manipulación de ciudadanos jurados legos.
El Juicio por Jurados conocido como
Juicio por tus pares, donde 12 ciudadanos emiten un veredicto en base a los
hechos, es muestra fehaciente que cuando se aplica elemental sentido común
sobre las pruebas, éstos son imparciales, dejando una marca de justicia (por
encima de la ley) tan humana como les es posible, con intención de salvaguardar
su entorno social.
El proceso de selección del Jurado o
"voir dire", también es conocido como “la hora de la verdad”, se empieza a establecer un padrón y
selección de honorables buenos ciudadanos que representen un grupo plural
y homogéneo de la comunidad, para el
adecuado deber de administrar justicia de manera imparcial, siendo tal acto un honor
y privilegio, por cuanto su objetivo principal es ayudar a gobernar, razón por
la cual también se le conoce como el Gobierno de los buenos. El
jurado no puede gobernarse por la simpatía, prejuicio, o la opinión pública.
Entre algunas –otras- variadas
acepciones del Voir Dire
se tienen:
- Es la oportunidad de examinar a los
jurados antes de su cita con la justicia, y tener una opinión como para
calificar su integridad o un equilibrio adecuado.
- Significa
entrevistar a la persona y hablar directamente con el propósito de evaluar a
los Jurados quienes son entrevistados por Jueces y abogados antes de asignarles
un caso.
- Proceso de calificación de jurados
o examen que se hace de cada uno de ellos en cuanto a su capacidad para actuar
como tal en un caso determinado.
- El fin supremo del Voir Dire, es el
de establecer el más idóneo e imparcial grupo de personas para conformar un
Jurado en procesos penales, civiles o de otra naturaleza. Su finalidad es
buscar la verdad fuera del pre-juicio que puede generar per-juicio, los cuales
acechan algunas áreas del pensamiento de cada ser humano.
La elección del Jurado o Voir Dire es instrumento procesal propio
del Derecho anglosajón (hoy, Anglo norteamericano), común en cortes -juzgados- Ingleses
o países de la comunidad Británica (Commonwealth), hace referencia a un
"juicio previo dentro de un juicio", el cual es invocado por abogados
y fiscal ante el Juez (director del debate), para seleccionar o rechazar,
interrogar o evaluar (examinar) testigos o posibles miembros del jurado y así
determinar su competencia en el futuro accionar para dar o escuchar evidencia
sobre un caso judicializado, en el cual deben dejar de lado prejuicios y ser
imparciales a las partes en un determinado juicio. En Estados Unidos hace
referencia al proceso de la desinsaculación del jurado, mediante el cual se
interroga a los posibles miembros del jurado, consiste en interrogar y averiguar
los trasfondos de estas personas para determinar cuáles quedarán como jurado,
habiendo excluidos por elementales prejuicios, recusaciones, tachas,
eximiciones, retos perentorios o por parcialidad con alguna parte en el juicio.
En Inglaterra el proceso suele ser corto y de solo minutos (a veces) siendo el
Juez quien llama a los 12 potenciales ciudadanos a ser jurados, y simplemente
les pregunta: “¿Usted puede ser una persona justa al proceso que iniciará la
corona y a la defensa?”; sí la respuesta es afirmativa, son juramentados e incorporados
al tribunal de Jurados.
El proceso de selección de un Jurado
de juzgamiento resulta ser más meticuloso que aquel diseñado para elegir
candidatos a elecciones político partidarizadas, o el realizado para ser
miembro de mesa electoral (Perú); éste tiene filtros previos, como son a
grandes rasgos:
1º.
El Estado designa cada año y para cada distrito Judicial, un “universo”
de ciudadanos libres de problemas policiales y judiciales para el año judicial siguiente
como Pro-Jurados, éstos son elegidos
del padrón electoral y por Licencias de conducir (Brevetes).
2º.
Cierto Órgano Superintendente de Control Ciudadano estructura y propone al
azar varios “paneles” en grupos de 50 ciudadanos de Pre-Jurados y enviados al juzgado.
3º.
En el Juzgado (Poder Judicial), cierto examen formulado entre abogado,
fiscal y a discreción legítima de la corte es entregado al grupo potencial de
Jurados con preguntas vinculados al Juicio a ventilar.
4º.
Finalmente frente al Juez, se determina entre Fiscal y abogados de las
partes, el voir dire o elección final
de los 12 ciudadanos (4 suplentes) a ser Jurados.
Es en esta última etapa en presencia
del Juez quien dirige la diligencia, los abogados “cuestionan” de forma directa
y personal a los pre-seleccionados, preguntando por su pasado, su cotidiano
vivir, experiencias de vida, y otras opiniones, evalúan de manera expresa
perjuicios respecto al caso a tratar, con lo cual ellos (los jurados) pueden
valorar, evaluar y analizar las evidencias (hechos) del caso en forma justa y
objetiva. Considerando que ésta es una etapa de “juicio personal” previo al
juicio real, es ver resaltar el ingenio de los abogados litigantes en “saber”
elegir el jurado más idóneo y afín a su “conveniencia”, para lo cual procesalmente
usan los principios de:
- Los desafíos a jurados, pueden
activarse por causas como prejuicio a favor o en contra de una de las partes.
- Eximición o librarse de tal
responsabilidad, se presenta a voluntad de parte, avalada por argumentos sustentables que el Juez
evaluará ante el principio de ponderación u objetará bajo sanción.
- Inhabilitaciones son viables si,
los Jurados tienen algún grado de relación con las partes, con los testigos,
sus representantes abogados o cualquier parte manifiesta en el conflicto; o sí
ello muestran interés para beneficiarse de manera directa o indirecta en la
final decisión de uno u otro lado, o si de manera previa han formado opinión en
el caso.
- Recusaciones, disponibles cuando
éstas vienen de manera sustentada por agentes externos al proceso, las cuales serán
valoradas por el juez
- Retos perentorios o desafíos sin
causa, es válido que cada abogado puede ejercer un número determinado de retos
perentorios, acto –arbitrario- con el cual no se requiere de razón alguna para
prescindir (eliminar) de cualquier integrante del jurado antes de iniciar el
Juicio. Ejm (en ciertos Estados): En casos como la pena de muerte u ofensas
graves, la fiscalía y el abogado de la defensa (inculpado) cuenta con catorce
(14) desafíos perentorios; en ofensas no capitales son ocho (8). En casos
Civiles a los abogados de las partes solo se les permite siete (7). En casos
muy complicados, la elección del Jurado puede tomar días; el jurado “eliminado”
es reemplazado inmediatamente por otro jurado potencial. Este proceso técnico
de “poner y quitar” con estrategia de “ajedrecista”, finalmente culmina, cuando
abogado de parte y fiscalía muestran satisfacción hasta completar los 12
ciudadanos integrantes de un Tribunal de Jurados.
Conociendo que existen factores
psicológicos, sociales, entre otros, propios en la selección de un jurado, actualmente
Sociólogos, Antropólogos y Psicólogos, forman compañías que se especializan en ayudar a los abogados en aplicar técnicas
adecuadas para determinar el perfil de un individuo a ser jurado (raza, sexo,
estatus social, etc.), para el caso a patrocinar.
Ejemplo de “Voir dire”:
Aquí y a manera de ejemplo (extraído y traducido de una corte de USA),
encontrará un cuestionario con elementales preguntas para los candidatos a
jurados, en las que sus respuestas tienen calidad de declaración Jurada e
impuesta de manera coactiva.
1. ¿Conoce a algún miembro del panel de jurados, conoce acerca del caso a
tratarse? ¿Sí así fuese de qué manera se enteró?
2. ¿Usted ha servido alguna vez y en forma anterior como miembro de un juicio
por jurado? ¿Si así fuese, mencione en que caso, cuándo y en qué corte? ¿Estaba
en un caso civil o penal? ¿Le permitieron alcanzar un veredicto? ¿Cuál fue el
resultado del juicio? ¿Usted ha servido alguna vez como Presidente o líder en
un jurado? ¿Existe algo sobre su anterior experiencia en un jurado que lo haría
difícil para usted sentarse en este jurado?
3. ¿Usted sabe algo sobre el o los demandados (acusados), (Fulano o Sutano)? ¿Usted conoce a los demandantes (Alfa y Beta)?
4. ¿Usted conoce a los abogados del
Estado (fiscales) aquí presentes el Dr.
Xyz y el Dr. Zxy?
5. ¿Usted conoce a la Sra. X, persona afectada de quien a nombre de la nación
se activará este proceso judicial?
6. ¿Usted conoce al Dr. Mich Huck, abogado de los demandados, o cualquier
persona empleado o asistente del estudio Jurídico (Bufette) o firma -Huck de la
ley, o sus asociados Medrano, Roys & Nakamura?
7. Háganos usted saber respecto a cualquiera de las personas siguientes que
pueden dar testimonio de en este caso: El Sr. Carlos Hooks, la David Stone, Rayford
Johnson, el David Hart, el Harold Munn, Mark Skorcz, Shelly Valentine, Shirley
Lee, o Jane Hensley?[FN1]
- FN1. Esta
lista de nombres puede o tiene que ser alterada después de que las partes intercambien su lista de testigos finales
antes de la culminación del Juicio.
8. Éste es un caso accionado en nombre de la Nación, respecto a una
reclamación individual y privada que los demandados diferenciaron en base a la
raza en relación con el arriendo de un apartamento. El Acto de Albergue Justo,
una ley pasada por el Congreso de Estados Unidos y firmó por el Presidente,
prohíbe al dueño de un apartamento o gerente, desahuciar (expulsar) a una
persona (inquilino) a causa de su raza y de hacer las declaraciones en relación
con la ocupación de un apartamento que expresa una preferencia para
arrendatarios en base a la raza. ¿Usted ha oído hablar de casos similares
antes? ¿Usted ha formado una opinión sobre cosas así similares? ¿En ese caso,
cuál es esa opinión?
9. Este caso involucra eventos que ocurrieron en la ciudad de Mayflower
-Arkansas en septiembre de 1998. ¿Cualquiera de ustedes ha oído hablar algo o
comentarios de este caso, antes de hoy?
¿En ese caso, cómo es que usted oyó hablar de él? ¿Usted formó cualquier
opinión sobre este caso? ¿Usted cree que su habilidad de servir imparcialmente
como un jurado en este caso ha sido afectado por lo que usted ha oído o ha
leído sobre este caso?
10. ¿Usted ha tenido alguna experiencia con el Gobierno federal o cualquier
agencia—particular federal la
Administración de Justicia, el Ministerio Público o Fiscalía de la Nación, o la Sección de Alojar y
desarrollo Urbano de su comunidad que podría interferir con su habilidad de
servir como un jurado imparcial en este caso?
11. ¿Usted ha tenido cualquier tipo de opinión, concurso o vistas del gobierno
federal o cualquiera de su agencies—particulares de la Administración de
Justicia, la Oficina
de las Fiscalías de la Nación, o la
Sección de Alojo y
Desarrollo Urbano, con lo cual podrían
interferir con su habilidad de servir como un jurado imparcial en este
caso?
12. ¿Hágalo ahora, precise usted si ha poseído cualquier propiedad que usted
alquiló alguna vez? En ese caso, por favor díganos sobre ésta.
13. ¿Algún miembro de su familia actualmente es propietario o cualquier miembro
familiar ha poseído cualquier propiedad en arriendo alguna vez? En ese caso,
por favor díganos sobre él.
14. ¿Usted, cualquier miembro familiar, o cualquier amigo de su entorno ha sido alguna vez gerente de propiedad
en arriendo o alquiler? En ese caso, por
favor díganos sobre él.
15. ¿Usted, cualquier miembro o su familia, o cualquier amigo cercano ha tenido
alguna vez cualquier trabajo relacionado al arriendo o venta de propiedades? En
ese caso, por favor díganos sobre él.
16. ¿Usted cree que el dueño de una propiedad puede y debe tener el derecho
para hacer cualquier cosa que él o ella quieren en relación con el arriendo de
su propiedad?
17. ¿Si usted poseyera la propiedad del arriendo, usted tendría cualquier
problema con una ley como el Acto de Albergue Justo que prohíbe a un dueño de
propiedad de desahuciar a una persona debido a su raza de un miembro de su familia?
18. ¿Si usted poseyera la propiedad del arriendo, usted tendría cualquier
problema con una ley como el Acto de Albergue Justo que prohíbe a un dueño de
propiedad de hacer declaraciones que expresan la oposición a alquilar a ciertos
arrendatarios debido a su raza o la raza de un miembro de su casa?
19. ¿Lo hace en el trabajo regularmente o se relaciona con
personas de una raza diferente?
20. Los Estados Unidos están confirmando una demanda de discriminación, por
alojar en nombre de una mujer blanca que se casa con un hombre negro. ¿Cómo
usted se sentiría si un amigo íntimo o pariente viviera o se casara con una
persona de otra raza? ¿Usted sostiene cualquier vista u opinión sobre el
matrimonio interracial o convivencia, eso podrían interferir con su habilidad
de servir como un jurado imparcial en un caso que alega la discriminación
racial contra una mujer blanca porque ella se casa con un hombre negro?
21. ¿Ha tenido Ud. amigo íntimo o pariente, en la vida que ha percibido alguna
conducta discordante en cualquier corte o agencia del gobierno? ¿En ese caso,
cuándo, dónde, cuál era el cargo, y cuál fue el resultado?
22. ¿Usted es, o usted ha sido recientemente, un empleado de cualquier persona
o compañía que ha percibido conducta discordante en cualquier corte o agencia
del gobierno? ¿Algo sobre esa experiencia afectaría su habilidad y afectaría
ser un jurado imparcial como para estar
en un caso que involucra demandas de discriminación racial?
23. ¿Usted ha sido alguna vez víctima de discriminación en base a raza o color?
En ese caso, por favor describa las circunstancias. ¿Usted archivó una queja
con cualquier agencia gubernamental sobre la discriminación? ¿En ese caso, cuál
fue el resultado? ¿Algo sobre esa experiencia afectaría su habilidad y lo
afectaría a ser jurado imparcial como
para estar en un caso que involucra demandas de discriminación racial?
24. ¿Ha tenido, un amigo íntimo o pariente, en la vida que haya tenido
mala experiencia de cualquier clase con una persona de otra raza
que puede afectar su habilidad o lo afecte como jurado imparcial para estar en
este caso?
25. ¿Usted piensa que el gobierno ha ido demasiado lejos respecto a la
protección de los derechos de negros y
otras minorías?
26. ¿Usted cree que los negros y otras minorías se quejan demasiado de la
discriminación?
27. ¿Usted se opone a leyes que requieren la acción afirmativa en nombre de las
minorías? ¿Usted cree que las minorías menos calificadas sólo consiguen
trabajos o promociones debido a la acción afirmativa?
28. ¿Usted piensa que la discriminación en base a la raza, con respecto a
alojamiento u otras materias, o sigue en Arkansas o en cualquier parte en los
Estados Unidos?
29. ¿Usted piensa que algunas personas usan la demanda de discriminación racial
como una excusa para sus propias limitaciones?
30. ¿Usted es miembro activo, pasivo de alguna organización social, cívica,
fraternal, o política o participa de las mismas? ¿Ha tenido usted un amigo
íntimo o pariente, que en el transcurso de su vida perteneció a una
organización social, cívica, política, o fraternal o club que restringen el
género o número de miembros en base a la raza?
31. ¿Usted escucha regularmente alguna radioemisora en especial y si así lo
fuese, tiene algún programa especial, nos puede hablar de él programa? ¿En ese
caso, quién es el organizador de ese programa.
32. Admitir a tener algún tipo de simpatía por los demandados, la Nación, o a
las personas quienes los Estados Unidos creen son una víctima de discriminación
ilegal es nada que estar avergonzado de y no refleja mal en usted como una
persona. Sin embargo, los Estados Unidos y " los demandados se titulan
para tener este caso oído por un público y el jurado imparcial que decidirán el
caso solamente según la evidencia admitida en esta Corte y las instrucciones de
la Corte por ley?
33. ¿Valorado la advertencia anterior, cualquiera de ustedes conoce alguna razón
por la cual sería incapaz de dar a la Nación o a los demandados un juicio justo
basado solamente en la evidencia admitida en el proceso y las instrucciones
dadas por la Corte?
Lección de Responsabilidad Cívica: “El sistema de jurados
se originó, porque durante miles de años antes, un juez individual tenía el
poder de colgar, por ejemplo, a un joven cualquiera porque simplemente no le
agradaba”. Un ejemplo de “Voir dire” véalo en nuestra siguiente dirección
de Internet: http://www.youtube.com/watch?v=uBWQQOqhMvE