Bajo el amparo de la Constitución Política del Perú y el pretexto que brinda el paradigma de la Educación, en nuestro país se han tejido, construido y mantenido situaciones absurdas e insólitas que lindan con lo ilógico o son propios de protervo y elemental bodrio que no existen en otras naciones; uno de ellos reza así:
Artículo 146° La función jurisdiccional es incompatible con cualquiera otra actividad pública o privada, con excepción de la docencia universitaria fuera del horario de trabajo.
Los jueces sólo perciben las remuneraciones que les asigna el Presupuesto y las provenientes de la enseñanza (…).
El Estado garantiza a los magistrados judiciales: (…) Y
4. Una remuneración que les asegure un nivel de vida digno de su misión y jerarquía.
Conocemos que, la encomiable labor ejercida en especial por Jueces y Fiscales, pero también Procuradores, Defensores del Pueblo (en el amplio sentido de la palabra, en adelante Magistrados), resulta ser un apostolado -seres con valor y sin precio-; como tal, su accionar debería ser dedicada a tiempo completo y bien retribuidos tal y como lo expresa el “Inc. 4. Remuneración digna de su misión y jerarquía”, acorde a su investidura; en tal sentido, cabe preguntarse:¿Qué urgencia económica, necesidad personal, apuro particular o interés egocéntrico; urge a Magistrados en competir y quitar una opción laboral por horas (nunca a tiempo completo), a un colega abogado? Si consideramos que, los magistrados reciben adecuado y gratificante estipendio del Estado; de no ser considerado así por ellos, la respuesta es simple, ¡RENUNCIEN! y dedíquense a la noble opción pedagógica que brinda la enseñanza.
Si bien resulta cierto concebible y bueno que, un abogado siendo “catedrático” pueda postular a la magistratura, actitud que otorga puntos adicionales a su hoja de vida –situación indiscutible-; también lo es, no ser adecuado que, luego de ingresar como tal, continúe enseñando; así mismo, puede ser asertivo que como Magistrados, algunas Universidades los “inviten” eventualmente a dar conferencias magistrales o ponencias especializadas, más allá de eso, se prestaría a suspicacias; tales pretextos anidadas en la enseñanza degenera en peores consecuencias sustentadas en los siguientes argumentos:
- Vinculada a la Carga Procesal: Se refleja en hacer eco de la eterna queja que por generaciones esgrimen los operadores del derecho, referente a la abominable Carga Procesal; palabra que resume la abundante e incontenible acumulación de expedientes por resolver; situación que al ser contrastada y enfrentada al elemental sentido común, nos dice: “Si no tienes tiempo en solucionar tu trabajo de Magistrado, qué haces ejerciendo de Catedrático”. Es necesario dedicar más tiempo a despachar labores, en lugar de estar de “profesor universitario” al cual son inherentes labores de: Investigar, preparar y exponer clases, confeccionar y corregir pruebas, evaluar alumnos, entre otros sucesos; acaso, no resulta lógico dedicarle todo ese tiempo a: Estudiar, analizar y revisar expedientes y casos; obteniéndose como resultado congruente, en que la omnipresente “carga procesal” se vería reducida de alguna forma consecuente.
- Deriva en corrupción: Nuestro país vive una vorágine de corruptela, nefasta situación de la cual no se escapan las Universidades -nacional o particular-; es así que, por los medios de comunicación nos enteramos que, ciertos “personajes” –desde propietarios, rectores, decanos hasta el personal- se han visto envueltos en investigación o juicios por corrupción; tales expedientes en el proceso de investigación o juzgamiento han tenido la increíble “suerte” de caer en despachos, donde los imputados o inculpados (patronal) tienen relación laboral –íntima- con el juez o fiscal (trabajador) quién providencialmente ¡Oh, casualidad! dicta clases en su Universidad, y aun cuando existe un evidente “conflicto de intereses” ante lo cual procede una elemental recusación o elegante abstención al proceso, se continúa con el mismo, olvidando de plano la deontología jurídica; resultado, situaciones arbitrarias y parcializadas que afectan y deterioran el sistema de Justicia en su integridad.
- Germen del padrinazgo: Las aulas universitarias resultan ser caldo de cultivo de interrelaciones personales, situación que se aprecia con énfasis entre catedráticos (jueces o fiscales) y alumnos (futuros abogados), quienes desde las aulas universitarias inician relación biunívoca profesor- alumno, para bien (vasallo) o para mal (aversión); situación generadora de perjuicios en el futuro accionar de los actores dentro del sistema por obvias y elementales razones; verbigracia de lo mencionado es: Partir en total desventaja, al atreverse litigar con una despampanante “coleguita” donde el Magistrado ha sido su profesor y hasta “amigo” benevolente con las notas en épocas universitarias. En éste sentido, tal vinculación ejerce efectos futuros donde predomina el amiguismo, el servilismo y hasta el revanchismo trasladado a estamentos judiciales.
- Distorsiona la calidad de la enseñanza: Es reconocido que en Perú existe gran desprestigio en nuestro sistema de justicia, situación obviamente derivada de la responsabilidad de “nuestros” magistrados -salvo honrosas excepciones- quienes dejan mucho que desear en la emisión de sus dictámenes, o fallos previstos en resoluciones, autos o sentencias; en consecuencia, si tenemos “malos” magistrados, entonces ¿Qué tipo de “cátedra” expondrán en clases Universitarias? No será que en aulas “malos jueces enseñan malas cosas”; volviéndose un círculo vicioso o vorágine de remolino que succiona la calidad de estudiantes de las facultades de Derecho. Resulta fácil entender, que la educación jurídica revela el carácter esencial del sistema y sus instituciones, y como es que el régimen educativo en las Universidades ha contribuido a la mediocre formación del abogado, quién a su vez, deja su huella en nuestro cada vez más deteriorado entorno social; no obstante, continuaremos escuchando de instituciones universitarias que se publicitan y hacen alarde de tener los mejores catedráticos, entre los cuales están tal o cual juez o fiscal.
- D´Turno: Por asuntos eminentemente laborales reflejo de responsabilidades que el Estado otorga, algunos magistrados están obligados a despachar en días no laborales (sábados, domingos y feriados) por lo tanto están “DE TURNO”, el detalle es, que muchas veces NO se les encuentra en su trabajo y hasta son -por decirlo menos- casi "inubicables" hasta por teléfono celular; el detalle está, en que hay Universidades que dan clases sábados y domingos (hasta días festivos), por lo tanto, es muy probable que los integrantes de nuestro sistema de Justicia se encuentren departiendo clases en alguna aula; razón por la cual se entiende -en especial los fines de semana- que cuando hay menores accidentados, víctimas mortales (cadáveres por levantar), personas que NO deberían estar en cárcel, etc. pues, ya contamos con elemental noción dónde podría estar el magistrado, y de seguro que con el celular apagado, pues la misma exigencia es trasladada a sus alumnos.
- Obsolescencia en la educación: La enseñanza por parte de Jueces o Fiscales en las Universidades poco contribuye al desarrollo e innovación de la carrera del derecho, por cuanto el ejercer doble trabajo, resta tiempo en investigar nuevas corrientes, manteniendo con denodado afán su “status quo” ligado a intereses personales, siendo siempre opositores (salvo excepciones) a la renovación del Sistema de Justicia manteniendo doctrinas ortodoxas y desfasadas en el tiempo.
- Politización nefasta del sistema: Aun cuando es verdad, que los magistrados no debe de participar en opciones político partidarias por razones obvias; también resulta cierto que “algunos” manifiestan abiertamente su corazón partidarizado, esto se refleja hasta en universidades, quienes se reparten el mercado laboral (sin generalizar) de la siguiente manera: San Marcos, San Martín y Federico Villarreal se orientan al sector público en especial la Judicatura; otras como la Universidad de Lima y La Católica apuntan al sector privado en vista que la Judicatura está casi copada por egresados de las universidades que ostentan cierto color político y apología partidaria definida.
En buen resumen y según lo expuesto, es de asegurar que contamos con un sistema de Justicia basado en las "interrelaciones personales" lo que en lenguaje popular se denomina "patería"; tal situación configura un ambiente irregular, mediocre pero ante topo injusto; razón ante lo cual, es menester advertir a los magistrados y por el bien de nuestra Nación que, o se dedican a labor completa para los entes del Estado que los contratan, o renuncia a la misma para ejercer la noble labor pedagogía; pero entiéndase, que no es funcional ni compatible ejercer ambas cosas al mismo tiempo, por cuanto existe un simple, permanente y constante conflicto de intereses creados y por crearse.
Que los Magistrados enseñen en Universidades, resulta inconcebible en naciones desarrolladas y prósperas, en especial el mundo Anglo-americano; pero como es de esperar, aquí, en nuestro siempre “confundida” sociedad latinoamericana resulta que ser “catedrático universitario” es una especie de bonificación propia de ensalzar el ego, y ostentar grado de vanidad personal apto a futuros contubernios, amparado de manera poco analizada en nuestra Constitución Política.
Es de incluir a sazón, de que en Derecho “toda regla tiene su excepción”, o lo parafraseado en el mundo de la Ingeniería “nada es absoluto todo es relativo”; y ante lo expuesto en el titular, no queda sino subsanar y con urgencia –por el bien del país- tal inconveniente, competencia dirigida a nuestros legisladores en la debida observancia de nuestra Constitución Política; pero por lo pronto, se podría ir avanzando con restricciones a ser aplicadas en el marco de la nueva Ley Universitaria, así evitamos seguir deformando la carrera de derecho en nuestro país que tan llevada a menos está y por elemental sentido de ser Justicia.
Artículo publicado en Suplemento Dominical del Diario La Industria – Fecha: Chiclayo - Perú 11/Oct/2015
(*) ANALISTA POLÍTICO–
¡Democratizando el Sistema de Justicia!
Asociación Civil Promoviendo Desarrollo / Director del PROYECTO JURADOS (PROJURADOS)
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