Sistema de Justicia Democrático - Perú

Por: Iván G. Fernández Paz (*)
Democratizar el sistema de Justicia (parafraseando a Kant) resulta un “imperativo categórico” aquí y en el mundo, en lo que respecta a temas de Justicia en Perú y otras naciones éste se torna exigencia con carácter de urgencia al confirmar que, si tu sistema de justicia no funciona, nada funciona ni funcionará bien –democracia incluida-; y por cuanto la deducción lógica proposicional de orden nos  dice: La democracia es justicia si y sólo si la justicia es democrática.
Diagnosticar problemas de nuestra justicia es “agregar rayas al tigre”, en sí, no tiene caso incidir en asuntos conocidos por todos, ante lo cual estamos obligados de manera indefectible a cambiar lo que se tenga que cambiar -mutatis mutandis-; sí cabe aportar soluciones, siendo la más adecuada -en tiempos de inclusión social- empoderar al ciudadano en su sistema de justicia, logrando como máxima expresión hacer del Poder Judicial un verdadero y democrático poder del Estado.
Impostergable tarea a ser inculcada a nuevas generaciones quienes (al cambiar de chip) deberán comprender que, Democracia no solo es voto y partidos políticos; siendo ésta doctrina política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno, resulta más efectiva cuando se articula al sistema de justicia; de paso entenderán que, al ser Justicia virtud cardinal inherente a todo ser humano (lego), ésta -la justicia- no es, ni puede ser, asunto exclusivo de abogados (letrados).
Para enrumbar al pueblo hacia su justicia, es necesario (casi imprescindible), cuestionar el paradigma de la educación, por cuanto siempre se le antepone en primerísimo lugar, subrogando y soslayando a la justicia; valórese el contexto en que, siendo la Educación buena e importante para el individuo, éste no necesariamente contribuyen al desarrollo de su Nación; situación que si es real y  positiva con un buen sistema de justicia, por lo tanto, Justicia es prioritario ante educación y no son necesariamente complementarios, advirtiendo que el orden de factores si puede alterar el resultado.
La hipótesis educativa activa alarmas al subconsciente colectivo, cuestionando: ¿Está preparado el pueblo (inculto) para manejar el poder de la justicia?; al contrastar con elemental antítesis, se replica: ¿Funciona nuestro sistema de justicia, el cual está en manos de titulados, cultos e instruidos? O, responder al dilema: ¿Cuál justicia es mejor, la de las Rondas Campesinas o la profesional? O ¿Es posible educar con igualdad a toda una Nación?
En el sentido ut supra, es de comprender por qué grandes naciones tienen un –casi- efectivo sistema de justicia siendo éste semi-profesional el cual comparte de manera solidaria y responsable materias de justicia entre los profesionales del derecho en asuntos del proceso y norma, y delega en sus ciudadano como deber y privilegio encargarse de los asuntos que corresponden a los hechos.
Es de avizorar que Perú cuenta con presunciones de pleno y absoluto derecho -iuris et de iure- incluidos en su vigente Constitución Política, con las cuales lograría respaldar y establecer pilares para democratizar su sistema de justicia, como son:
1.- Juicio por Jurados (jurado de juzgamiento, 12 ciudadanos): Establece un verdadero Poder Democrático del Estado con participación ciudadana plena y vinculante bajo la expresión irrestricta de compartir responsabilidades de gobierno entre sus ciudadanos, así tenemos como sustento:
Artículo 43°.- Estado democrático de derecho. Forma de Gobierno La República del Perú es democrática (…)
Artículo 45°.- Ejercicio del Poder del Estado. El poder del Estado emana del pueblo. (…)
Artículo 138°.- La potestad de administrar justicia emana del pueblo y (…).
Artículo 149°.- Las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas, con el apoyo de las Rondas Campesinas, pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario (…)
2.- Elección popular de Magistrados: Manifestación política sin intervención de partidos políticos,  donde será el sufragio popular con la participación de universidades de todo el país, quienes elegirán y propondrán –respectivamente- a nuestros futuros magistrados, manifestado en:
Concordancia del Art. 45, con el Artículo.- 139. Inc.17. La participación popular en el nombramiento y en la revocación de magistrados, conforme a ley (norma orgánica por establecer).
3.- Gran Jurado (jurado de acusación, 24 o más ciudadanos): Institución política ciudadana descentralizada adscrita al Ministerio Público, la cual podría contribuir con los Congresistas en sus facultades de investigación-acusación política objetiva, evitando que éstas sean vistas como contubernio arreglado de conspiraciones y confabulaciones de opositores, pérdida de tiempo y recursos donde el único que termina afectado perdiendo ingentes cantidades de dinero es el Estado, y los políticos investigados salen airosos, alegando supuesta “cacería de brujas”; tal innovadora institución aplica trasladando al ciudadano ésa responsabilidad, cambiando en lo que respecta en:
Artículo 97°.- Función Fiscalizadora: El Congreso (y el Gran Jurado) puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público. Es obligatorio comparecer, por requerimiento, ante las comisiones encargadas de tales investigaciones, bajo los mismos apremios que se observan en el procedimiento judicial.
Instaurando progresivamente éstos institutos democráticos y otros más como, el Defensor del Pueblo (OMBUSMAN) sea elegido por el mismo pueblo, el comisario (sheriff) ciudadano ejemplar, subordinar la Policía al Alcalde, la Fiscalía sujeta al Gobernador,  Indultos otorgados por comisión de ciudadanos, comités ciudadanos anticorrupción, elección popular de Procuradores, entre otros, es de asegurar que la justicia en manos populares encausará a nuestra sociedad hacia una positiva transformación; para culminar, es de mencionar que la justicia es sumamente importante para una Nación como para dejarla solo en manos de abogados, reforzada con aquella frase de Abraham Lincoln (1864): "Dejad que el pueblo conozca los hechos, y el país estará seguro".
(*) ANALISTA – Asociación Civil Promoviendo Desarrollo Chiclayo
Director del: PROYECTO JURADOS (PROJURADOS)
E-mail: projurados@hotmail.com