BOLIVIA:Miembros de Prensa dan primer paso a vigencia del Tribunal de Imprenta

Fuente: http://www.elmundo.com.bo/Secundarianew.asp?edicion=19/10/2010&Tipo=Politica&Cod=10546
Por: Maricruz Mendoza Ugarte - Santa Cruz - BOLIVIA  (Martes, 19 de Octubre 2010)
Tal como lo habían anunciado: la lucha continúa. Los trabajadores de la Prensa no han ‘bajado los brazos’ y como lo manifestaron el domingo pasado en la gran concentración que realizaron en la plaza 24 de Septiembre, continúan movilizándose para lograr que los artículos 16 y 23 de la Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación sean derogados y además, defender ‘a capa y espada’ la vigencia de la Ley de Imprenta. En esta última ley, que rige desde el 19 de enero de 1925, se establece que los Concejos o Juntas municipales tienen la potestad de conformar los Tribunales de Imprenta, compuestos por 40 ciudadanos notables en ciudad capital y 20 en las provincias.
Para tal efecto, es que representantes de la Federación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Santa Cruz, encabezados por su secretario ejecutivo, Roberto Carlos Hurtado, visitaron la mañana de ayer el Concejo Municipal solicitando una audiencia pública para fundamentar la creación del Jurado de Imprenta como una forma de regular el trabajo periodístico. Éstos fueron recibidos por la Presidenta del Concejo, Desirée Bravo y por el concejal Manuel Saavedra.
Bravo manifestó que existe la Ordenanza 343/2003 que establece la conformación del Tribunal de Imprenta en base a 40 ciudadanos notables. Y que en caso de haber algún impedimento, el Concejo Municipal tiene la facultad para proponer nombres y definir las acefalías en un plazo de 15 días hábiles. “Deseamos que el Gobierno escuche a todos los bolivianos que sienten que la libertad de expresión está amenazada. La ley dice que los concejos en todo el país deben crear esos tribunales que deberán formarse con ciudadanos meritorios y no por funcionarios o políticos”, puntualizó.
La solicitud fue derivada a la Comisión de Educación, Cultura y Deportes que preside el concejal Manuel Saavedra, quien ratificó su apoyo a todas las iniciativas en defensa de la libertad de expresión como las que encabeza la Prensa. Asimismo, aseguró que el modo de luchar contra la discriminación desde la Alcaldía es hacer obras y brindar servicios para todos por igual. “Estamos listos para impulsar un Tribunal de Imprenta que garantice la libertad de Prensa y un funcionamiento ético del Periodismo. Esperamos escuchar los argumentos de los periodistas hasta el jueves en audiencia pública”, aseveró.
“El Tribunal tendrÁ que cuidar que no ‘metamos la pata’”
En la reunión con los ediles, Roberto Carlos Hurtado expresó que los comunicadores ven con preocupación la promulgación de la Ley de lucha contra el Racismo y toda forma de Discriminación, principalmente en sus artículos 16 y 23, que vulneran el derecho a la libertad de expresión. “Solicitamos audiencia pública para darles a conocer nuestra preocupación sobre el tema y fundamentar la creación del Jurado de Imprenta, como una forma de regular el trabajo periodístico, el mismo que se encuentra estipulado dentro de la Ley de Imprenta”, enfatizó Hurtado, a tiempo de argumentar que la conformación del referido Tribunal es de gran importancia sobre todo para la ciudadanía que se siente afectada en sus derechos, “este Tribunal tendrá que evaluar si se ha cometido delito en materia de Imprenta, queremos que este jurado también tenga otro rol, que sea más educativo y que no sea sólo coercitivo. Tendrá que cuidar que los ciudadanos no ‘metamos la pata’, porque la libertad de expresión también tiene un límite”, reconoció.
(...)
Por algo se empieza al poner la justicia en manos ciudadanas. ¡Desos de Buena suerte y adelante! (IFP)

En línea Videos de orientación a jurados

En línea Videos de orientación a jurados (aún en Inglés, estamos en el largo proceso de traducción para el mundo hispanohablante). Varios circuitos judiciales (USA) han hecho sus videos de orientación a jurados disponible en línea. Los videos varían de su calidad técnica y la manera que ellos presentan su mensaje. Este listado puede ser particularmente útil para América Latina, en búsqueda del constante proceso de concientización que el PROYECTO JURADOS- PERÚ tiene como finalidad, el propósito está en que la idea sea conocida por los ciudadanos legos posibles futuros jurados. Atentamente: Iván G. Fernández Paz – Director PJ2 projurados@hotmail.com
- All Rise: Jury Service in Minnesota. Minnesota Judicial Branch.
http://www.mncourts.gov/?page=1948
- Called to Serve. U.S. District Court, Western District of Washington.
http://www.wawd.uscourts.gov/JuryService/JurorOrientationVideo-CalledtoServe.htm
- Ideals Made Real. Judicial Council of California.
http://www.courtinfo.ca.gov/jury/
- Indiana Jury Service: Duty, Privilege, Honor. Indiana Courts.
http://www.youtube.com/watch?v=mMfGzSDM90I&feature=player_embedded
http://www.in.gov/judiciary/juryduty/docs/orientation-transcript.pdf (transcript of video)
- Juror Orientation Video. Hawaii State Judiciary.
http://www.courts.state.hi.us/general_information/jury/juror_orientation_video.html
- Juror Informational Video. Cobb County, Georgia.
http://www.cobbcounty.org/juror/
- Juror Orientation Video. New York State Unified Court System.
http://www.nyjuror.gov/general-information/juror-orientation-video.php
- Jury Orientation Video. Cuyahoga County (Ohio) Common Pleas Court.
http://cp.cuyahogacounty.us/internet/jurybroadband.aspx
- Jury Orientation Video. Ninth Judicial Circuit Court of Florida.
http://www.ninthcircuit.org/jurors/jury-service-orange.shtml#orientation
- Jury Duty. Bucks County, Ohio.
http://www.buckscounty.org/courts/CourtInfo/JuryDuty/JuryVid.aspx
- Jury Duty. Arizona.
http://supreme.state.az.us/nav2/index2.htm
- Jury Service: A Privilege and a Responsibility. Florida State Courts.
http://www.flcourts.org/gen_public/jury/index.shtml
- Jury Service in Idaho. Idaho State Judiciary.
http://www.isc.idaho.gov/material.htm
- Jury Service in Wisconsin. Wisconsin Court System.
http://www.wicourts.gov/services/juror/docs/videoscript.pdf (transcript of video)
- Jury Services Orange County. Under the Direction of Court Administration.
http://www.ninja9.org/courtadmin/jury/Orange.htm
- Juror Orientation Video. Metropolitan Nashville and Davidson County.
http://juryduty.nashville.gov/portal/page/portal/juryDuty/video/
- Juror Orientation Video. Multnomah County Circuit Court.
http://courts.oregon.gov/Multnomah/General_Info/Jury_Service/Juror_Orientation_Video.page
- Juror Orientation Video. The North Carolina Court System.
http://www.nccourts.org/County/Mecklenburg/Jury/Orientation.asp
Jury Orientation Videos - Available in the NCSC Library
Arkansas Jury Orientation. Little Rock, AR: The Arkansas Administrative Office of the Courts, 2005.
Grand Jury Orientation Film: Protect and Uphold. State of New York Unified Court System, 2002.
Indiana Jury Service - Duty, Privilege, Honor. 2003.
Inside the Jury. CBS News, 2000.
Juror Orientation Video. Columbus, OH: Columbus Bar Association, Franklin County Court System, 2001.
Jury Introduction. Hancock County (Ohio) Court of Common Pleas, 2005. (DVD)
Jury Service in America: The History and the People. Texas Young Lawyers, 1992.
Justice by Jury: Orientation Tape for Jurors. L.A. County superior Court, 1995.
Order in the Classroom. State Justice Institute, 1998.
You The Juror. Chicago Bar Association, Young Lawyers Section, 1997.

PENA DE MUERTE. Como Jurado sólo usted decide.

Por: Iván G. Fernández Paz (*)
Desde tiempos inmemoriales, la pena capital siempre ha sido un tema de amplio debate e interminable discusión; hoy, en su renovado ciclo, la polémica se vuelve incontenible para dilucidar su eventual aceptación o total rechazo. El presente opúsculo, cumple con el  propósito de apelar al sentido común del lector, incrementando conceptos con el propósito de ampliar su visión; total, al final de todo, es usted quien podría decidir.
Resulta cierto que la pena capital es difícil de ser aceptada, a su vez, es irónico conocer que en varias de las grandes Naciones ésta es una opción viable, en especial si nos referimos a Estados Unidos, se puede mencionar que, de 50 Estados de la Unión casi 40 aplican la pena de muerte, Estados como Texas y California donde fue abolida en Junio de 1972 (caso Furman VS Georgia), luego se reinstauró en 1976 (caso Gregg VS Georgia), al ser considerada un medio efectivo de disuasión (recordemos que el lejano y salvaje Oeste dejo de ser salvaje gracias a la horca), argumentando serios motivos de ser “un mal necesario”  la ciudadanía la acepta, tal y como se refleja en la paradójica frase mencionada por Bush (siendo gobernador de Texas) el cual, ante tal dilema mencionó: “Apoyo la pena de muerte porque creo que es una medida que ayuda a salvar vidas”; o incluir  argumentos científicos como los realizados por el Premio Nobel de Economía, Dr. Isaac Ehrlich eminente catedrático de la Universidad de Búfalo (1975), cuyos resultados de investigación señalaron, “por cada pena de muerte ejecutada se evitó la muerte de ocho inocentes”, (otros elevan esa cifra a 50 vidas); valida otra opinión de Fidel Castro quién argumentaba, “Prefiero matar 10 delincuentes, que permitir que estos maten a 100 inocentes”.
La pena de muerte ante todo, debe ser discutida luego de comparar las abismales diferencias entre los sistemas de justicia como el nuestro -romanístico continental-donde la justicia es “propiedad” de los jueces, ante el sistema Anglosajón donde la Justicia emana del pueblo siendo ésta más justa (valga el pleonasmo), en ésta ciudadanos comunes emiten veredictos de justicia conformando Tribunales de Jurados, institución que hoy en día cada vez más países lo acogen (Brasil 2003, Bolivia, Argentina 2004, Panamá 2005, España 1997, China 1999, Korea del Sur 2006, Japón 2008), como la alternativa más eficiente de administrar justicia.
Ergo, resulta razonable el conceptuar, que la pena capital sigue siendo un tema que institucionalmente, trastoca, conmueve, altera, conmociona, a su vez es profunda conciencia y convicción humana; ésta no puede, ni debe descansar en el fallo del Juez unipersonal propio de nuestro sistema de justicia por cuanto resulta ser onerosa y pesada carga asentada sobre el espíritu y conciencia de una sola persona. Por el contrario, visto desde un Tribunal de Jurados -pueblo administrando justicia- el veredicto se diluye bajo responsabilidad de un grupo de ciudadanos quienes con pruebas objetivas y fundamentos reales, fehacientes determinan y aprueban su inexorable ejecución.
Es propicio mencionar que, la pena de muerte (establecida por ley) es propuesta por un fiscal ante los integrantes del  jurado y ésta es únicamente aceptada cuando en mayoría absoluta,  -aceptada unánimemente por los  doce jurados, en caso de existir una oposición se reorienta a cadena perpetua – la aceptan  luego de ardua deliberación y debate, motivado ante la suprema imposibilidad de rehabilitar al delincuente, otorgando un fallo de culpabilidad, culminando con un veredicto de culpable que es trasladada a una sentencia condenatoria del Juez.
Como es lógico y desde nuestra concepción latina, tal sentencia, siempre podría derivar en una álgida respuesta de los defensores en Derechos Humanos, ante los cuales, expongo concepto enmarcado en elemental cantidad, resumido en: “La pena de muerte, es consecuencia de la profunda evaluación y consciente convicción de un grupo de humanos -plural tribunal- que hace prevalecer sus derechos, por encima de un solo ser humano -singular delincuente- que atenta contra su entorno social y por lo tanto consideran que no tiene derecho a vivir”.
En tal sentido, se nos menciona y puede ser, que al aceptar éste tipo de penalidad extrema, se entre en conflicto diplomático por el hecho de apartarse de la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y al tratado de San José de Costa Rica; entiéndase que, tales instancias fueron creadas a exigencia de influyentes personajes que nunca encontraron la justicia en sus países latinoamericanos por considerar haber jueces poco honorables muy convenidos, y crearon instancias supranacionales. Por contrario, la justicia Anglo-norteamericana (que no avala, ni acoge tales rimbombantes instituciones foráneas) considera que su justicia dictaminada por sus Tribunales de Jurados es impartida realmente por  ciudadanos comunes, y el pueblo “casi” nunca se equivoca, y sí llegase a equivocarse, está en su derecho, pues resulta atenuante el ser seres humanos y no hay sistema de justicia infalible salvo el divino (que es otro terreno).
Ante lo expuesto,  ningún país osaría imponer medidas o sanciones contra un nación que cuenta con sentencias del Tribunal de Jurados siendo esta una decisión soberana propia de su pueblo, obteniendo como resultado palpable que en esos Estados del Norte verdaderamente se hace efectivo el latinismo "VOX POPULI VOX DEI" (la voz del pueblo es la voz de dios).

En ese sentido, resulta cuestionable (en nuestro país) el debatir la pena de muerte, tema sumamente complicado en la medida que las instancias judiciales dejan mucho que desear, al ser constantemente criticadas por el trabajo poco confiable de algunos jueces incapaces de resolver problemas sencillos como los que a diario nos exponen los medios de prensa y en donde muchas sentencias son erróneas al entender de la gran masa popular, disculpándose -los jueces- por el hecho de estar enmarcados en el derecho aunque se deje de lado la justicia; y el pretender dejar la aplicación de la pena capital a esos mismos magistrados simplemente no resultaría, con lo cual urge la necesidad de instaurar el Juicio por  Jurados, pues sólo el Jurado que es el pueblo en sí podrá aplicar la pena de muerte;  al final, si usted llegase a integrar un tribunal de jurados tendrá en sus manos el poder apoteósico de la vida y de la muerte, en consecuencia: sólo usted y nadie más que usted podría decidir.

PD: La pena de muerte, resulta efectiva  para casos extremos como éstos expuestos en amplia flagrancia, aquí en video; RECOMIENDO DISCRECIÓN, las imágenes son fuertes.
1.- Asesino (policía) mata a Taxista: https://www.youtube.com/watch?v=8GmtrFxbjf4
2.- Delincuentes matan a niña en cajero:  https://www.youtube.com/watch?v=XPuW3BIp2C8
3.- Asesinan a hombre con niña en sus brazos: https://www.youtube.com/watch?v=vhkUJds4H9I

Programa de Donación de jurado en Delaware.

El Daily Times informó que, al 15 de julio de 2010 los elegidos para ser jurados en el Condado de Delaware, Pennsylvania ha donado más de $450,000 de su paga como integrantes de jurado desde marzo de 2003. Ellos obtienen un pago casi simbólico de US $9 diarios en los primeros tres días de servicio y US$25 por día después de eso. Los Jurados pueden donar todo o parte de su paga a una de cinco caridades. El dinero que se recaudó ha sido usado a nivel local e internacional. En el Condado de Delaware Administrado por el Judicial Gerald C. Montella mencionó que los jurados recolectaron $6,130 en un período de 90 para ser enviado a los niños que fueron afectados o huérfanos en el terremoto de Haití el pasado enero. En su totalidad los convocados a ser Jurados piensan que es un gran servicio que se brinda a la Nación al ser incluidos en su sistema de justicia, siendo por eso que muchos de ellos donan su paga por sus servicios al considerarse ser jurado como un honor y un privilegio.
Fuente: http://by131w.bay131.mail.live.com/default.aspx?rru=inbox

Leyes absurdas en el mundo (en todos lados se cuecen habas)

Estas leyes forman parte de la legislacion de algunos países “modernos”, en su mayoría son disposiciones arcaicas, escritas hace mucho tiempo y actualmente no cumplen función social (si alguna vez la cumplieron) pero todavía siguen en uso, aunque muy pocos abogados y jueces las utilicen o evoquen.
EUROPA:
- FRANCIA
• Entre las 8 de la mañana y las 8 de la tarde el 70% de la música ha de ser de artistas franceses.
• Está prohibido besar a alguien en el ferrocarril.
• Esta prohibido bautizar a un cerdo con el nombre de Napoleón.
• Prohibido fotografiar policías o a sus vehículo incluso cuando salgan en segundo plano.
- ALEMANIA
• Una almohada puede ser considerada como una arma “pasiva”.
• Está prohibido llevar máscaras por la calle.
• En toda oficina se ha de poder ver el cielo, “aunque sea poco”.
- DINAMARCA
• Intentar escapar de la prisión no es ilegal, sin embargo, si se le atrapa tendrá que cumplir el resto de la condena.
• Nadie puede poner en marcha su vehículo si hay alguien debajo de el.
• Si se le cala su vehículo y sale del mismo, ha de señalarlo con un triangulo rojo reflectante. Este triangulo es obligatorio sólo en caso que se cale el vehículo. (si le revienta el motor no hace falta).
• Los restaurantes no cobrarán por el agua a menos que no esté acompañada con algo más, como hielos o un trozo de limón.
- SUECIA
• Mientras que la prostitución es ilegal, es legal usar el servicio de la prostitución.
• Está prohibido repintar tu casa sin una licencia del gobierno que lo permita.
- SUIZA
• Si te dejas las llaves dentro del coche y la puerta sin el pestillo serás multado.
- NORUEGA
• No puedes castrar a tu perro o gato, pero si a cualquier otra especie. (No dice nada de los hombres).
• Las bebidas que contengan más de 4,75% de alcohol no pueden ser vendidas en época de elecciones.
- FINLANDIA
• Los taxistas han de pagar derechos si ponen música en su coche cuando llevan a clientes.
- INGLATERRA
• La ley autoriza a las vendedoras hacer topless en Liverpool, Inglaterra, pero solamente en negocios de peces tropicales.
• Es ilegal colgar la cama de la ventana.
• En Hereford, se puede disparar a un Galés todos los días, pero solo los Domingos, con un arco, en el Recinto de la Catedral.
• Prohibido pescar salmón los domingos.
• Es ilegal estar borracho en posesión de una vaca.
• Todos los hombres mayores de 14 años deben de practicar con arco al menos 2 horas a la semana bajo la supervisión del clérigo.
• Está penado que dos hombres tengan sexo con una tercera persona en una misma casa (ni siquiera es necesario que sea simultáneamente).
- IRLANDA
• Si usted está en Cork, y ve a un escocés, todavía es legal asestarlo con arco y flecha, excepto en los Domingos.

AMÉRICA:
- CANADA
• Es ilegal quitarse un vendaje en público.
• En la localidad de Alberta, si Ud. estuvo preso y lo liberan, tiene derecho a pedir un arma de mano con balas y un caballo para huir de la ciudad.
• En Ottawa la ley prohíbe comer helados el domingo en la vereda del Banco.
• Está prohibido intentar aprender brujería.
- COLOMBIA, Cali
• Una mujer solo puede tener relaciones con su marido, pero la primera vez que eso ocurre, su madre debe estar en el cuarto para testimoniar el acto.
- MEXICO
• No se permiten quemar muñecas.
- BOLIVIA, Santa Cruz
• Es ilegal para un hombre tener relaciones con una mujer y su hija al mismo tiempo.
EEUU:
- Alabama
• No se puede jugar a dominó el domingo.
• Los hombres no pueden escupir delante de las mujeres.
• Prohibido vender cacahuetes después del atardecer de los miércoles en Lee Country.
- Nueva York
• Las mujeres podrán practicar el top less en público siempre y cuando no sea con fines lucrativos (esta tiene matices!!).
- Columbia, Pennsylvania
• No se puede atrapar un pez por otra parte del cuerpo que no sea la boca.
• Prohibido dormir en un congelador.
• No se puede caminar de espaldas comiendo cacahuetes frente al Barnstormers Auditorium durante una actuación.
- Carolina del norte
• Es ilegal practicar sexo en el patio de la iglesia.
• El sexo oral esta considerado un crimen contra la naturaleza.
• Nadie puede visitar a su amada/o por la noche
- Tulsa, Oklahoma
• Es ilegal que el dueño de un bar permita que alguien finja tener sexo con un búfalo.
• Los perros deben tener un permiso firmado por el alcalde para reunirse en grupos de tres o más en una propiedad privada
• Es ilegal poner una persona hipnotizada en un escaparate.
- Ocean City
• Es ilegal comer en los lugares residenciales, y la única bebida permitida en la playa es agua que esté dentro de una botella de plástico transparente
- Maryland
• Los preservativos pueden ser vendidos En maquinas solamente en lugares donde se venden bebidas alcohólicas para el consumo en el local.
- Rhode Island
• No pueden venderse pasta de dientes y cepillo de dientes al mismo cliente los domingos.
- Oregón
• Prohibido silbar debajo del agua.
• No está permitido que los animales practiquen sexo en los limites de la ciudad de Stanfield
- Ohio
• Nadie puede ser arrestado el cuatro de julio ni en domingo.
• Las mujeres no pueden llevar zapatos de charol, por que deja que los hombres vean en ellos el reflejo de su ropa interior
• Prohibido dar más de 100 vueltas a la ciudad de una vez.
ASIA:
- LIBANO
• Los hombres pueden legalmente tener relaciones sexuales con animales, siempre que estos sean hembras. Tener relaciones sexuales con machos esta castigado legalmente con la muerte.
- INDONESIA
• La pena para la masturbación en Indonesia es la decapitación.
- IRAN
 • La denuncia de violación debe estar certificada por un médico e incluir un "testigo presencial del hecho", de lo contrario el acusado queda libre y puede acusar a la supuesta víctima de falso testimonio la cual será azotada y acusada de prostitución.
- CHINA, Hong Kong
• Una mujer engañada puede legalmente matar a su Marido Adultero, mas debe hacerlo solo con sus manos. En contrapartida, la mujer adultera puede ser asesinada de cualquier manera por su Marido.
• Es ilegal inscribirse a la Universidad, a menos que usted sea inteligente.
- ISRAEL
• Está prohibido meterse el dedo en la nariz los Sábados.
• En Haifa esta prohibido llevar osos a la playa.
- THAILANDIA
• Si te pillan tirando un chicle al suelo recibes una multa de 600 dólares y si no la puedes pagar serás encarcelado.
- CAMBOYA
• Está prohibido el uso de pistolas de agua para las celebraciones de año nuevo.
- SINGAPUR
• Está prohibida la venta de chicle.
• A los homosexuales se les prohíbe vivir en el país.
• El sexo oral también esta prohibido a menos que se realice como entretenimiento.
• Está prohibida la pornografía.
- FILIPINAS
• Los coches con matricula terminada en 1 o 2 no pueden circular los lunes de 7 de la mañana a 7 de la tarde. Los que terminan en 3 o 4 los martes, y así hasta los que terminan en 9 o 0 los viernes. Al menos los sabados y domingos no hay restricciones
ÁFRICA:
- BAHREIN
• Un medico puede legalmente examinar los genitales femeninos, pero esta prohibido mirarlos directamente durante el examen. Solo los puede mirar a través de un espejo.
OCEANÍA:
- GUAM
• Hay hombres en Guam cuyo único empleo que pueden tener es viajar por el país para desflorar vírgenes, Y que aparte les pagan por el privilegio de tener sexo con ellas por primera vez. La razón: Por las leyes de Guam, esta prohibido que las vírgenes se casen.
- AUSTRALIA - Victoria
• No se puede cambiar un foco fundido si uno no es electricista.
• Untarse pomada negra para zapatos en la cara es ilegal.
• Los bares están obligados a darle agua y comida a su caballo.
http://letranueva.blogia.com/2008/011001-leyes-absurdas-en-todo-el-mundo.php

Los jueces británicos pierden la peluca (el merino)

El 'jefe' de los magistrados presenta un nuevo atuendo, concebido por una diseñadora después de consultar a los juristas. En los tribunales penales sí se mantendrá la peluca.
Las pelucas han estado ligadas durante siglos a la administración de justicia en el Reino Unido, pero a partir del uno de octubre muchos jueces renunciarán a esa vieja tradición.
El Lord Chief Justice, máxima instancia judicial del país, lord Phillips, miembro de la Cámara de los Lores, que es el principal impulsor de ese "aggiornamento" sartorial, se presentó ante los fotógrafos con el nuevo atuendo, según publica hoy la prensa.
Phillips, como algunos de sus predecesores en la más alta magistratura, opina que la empolvada peluca y la anticuada vestimenta que la acompañan contribuyen a la percepción del público de que los jueces no están en sintonía con la vida moderna.
Sólo para casos civiles: La renuncia a la peluca afectará, sin embargo, sólo a los jueces que se ocupen de casos civiles o relacionados con el derecho de familia.
Las togas de los jueces tendrán también un aspecto más moderno y estilizado, como las de sus colegas continentales. Se trata de una creación de la diseñadora Betty Jakcson, quien ha elaborado las nuevas togas tras amplias consultas con un panel de jueces.
Los abogados salvarán la tradición: La vestimenta, negra como es de rigor, lleva justo por debajo del cuello dos bandas verticales de distintos colores, indicativos de la jerarquía del juez.
Los abogados británicos han demostrado estar más apegados a la tradición que los jueces y por el momento quieren conservar las pelucas en sus actuaciones en la Cámara de los Lores, los tribunales de apelaciones y el alto tribunal.
Fuente:http://www.adn.es/mundo/20080513/NWS-0438-britanicos-pierden-peluca-jueces.html

CNM x CRM: ¿Eligiendo a la Magistratura?

Por: Iván G. Fernández Paz (*)
El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), es un organismo de fachada pseudo-democrática creado para satisfacer intereses políticos partidarizados y así tener un ente “evaluador - seleccionador”, que cumple las formalidades de instalar en el Poder Juzgador “amigos ó correligionarios” de los que ejercen el Poder Ejecutivo y Legislativo.
Teniendo como claro propósito de que, si ellos (nuestros gobernantes) delinquen tarde o temprano sus amigos en la cúspide del Sistema de Justicia les tendrán que devolver el favor absolviéndolos de plano, así sea escandaloso el fallo exculpatorio de un Juez o Vocal, ó benevolente la investigación o acusación de un Fiscal del Ministerio Público.
Siendo en tales circunstancias, que se otorga una oprobiosa -pero bien articulada- legalidad a los representantes de un Poder Judicial que no es Poder (léase mi articulo PODER JUDICIAL FALSO PODER en mi Blog), por cuanto los Poderes sólo son Poderes del Estado si nacen, sí y solo sí del voto popular o sufragio universal.
Si bien es cierto que, Nuestra Constitución Política, les otorga un marco da legalidad “Articulo 150: El CNM se encarga de la selección y el nombramiento de jueces y fiscales, salvo cuando estos provengan de elección popular”; también resulta cierto que nuestra misma Carta Magna ofrece una alternativa más democrática e interesante en su CAPITULO VIII: Poder Judicial Art. 139, Inc. 17 La participación POPULAR en el nombramiento y en la revocación de magistrados. Siendo por lo argumentado y entender tácito que, la preferencia masiva ciudadana se orientará más al accionar que refleje su voluntad popular en la medida que el vulgo lo empiece a entender y valorar.
Los ciudadanos no debemos permitir que, nuestra insipiente Democracia siga abalando instituciones como el CNM, la misma que no representa a TODOS los peruanos por cuanto sólo deviene de sufragio únicamente de sectores “profesionales” para elegir personas por lo general político-partidarizadas, las mismas que luego eligen a “personajes” con tinte político o que danzan acorde a la música que les toca el gobierno de turno.
Por otro lado, desde la capital -una vez más-, se digitaliza bajo un centralismo siempre agobiante, la selección de postulantes casi desconocidos en los lugares en donde han de despachar, cuando son los pobladores locales, los que más conocen a sus “abogados” que desearían llegar a ser magistrados; por lo tanto resulta ser la elección popular – de alguna manera - una garantía del proceso selectivo.
Un verdadero Estado de Derecho, debe de estar avalado por una correcta y adecuada institucionalidad que refleja el sentir popular, es por lo cual no se debe permitir que organizaciones como las mencionadas trasciendan, siendo parte del contubernio para dar una pseudo legalidad democrática y así manejar parte del poder que únicamente debe ser conferido en reflejo de la voluntad popular.
Ante lo expuesto, las instituciones de la Sociedad Civil organizada, deben de empezar a promover y liderar propuestas Ciudadanas Democráticas de Consejos Regionales de la Magistratura (CRM) de carácter eminentemente local, con la cual se podrá elegir Jueces y Fiscales por elección sólo popular, incorporando a la misma el organismo de control eminentemente ciudadanos, que de paso los revoque y expulse cuando se les encuentre irregularidades a los magistrados elegidos popularmente; así, instituciones como el Órgano de Control de la Magistratura (OCMA) , ODICMA y entre otras ya no tendría razón de ser, por que son las primeras que rompen el elemental principio de imparcialidad en la medida que siempre son Juez y parte, y en donde un Magistrado investiga a un “colega” que luego -por vueltas que da la vida- puede llegar a ser juzgado por el mismo juez, asunto por demás absurdo.
En consecuencia, es de rogar y crear conciencia a los integrantes de los Colegios Profesionales (integrantes de la Sociedad Civil), el NO ser parte, por lo tanto NO avalar la propuesta de elecciones para integrantes del CNM, por que resultan a la larga siendo cómplices de las falencias democráticas de nuestro permanente y cuasi siempre deteriorado Sistema de Justicia.
Sólo reordenando nuestro Sistema Democrático especialmente poniendo énfasis en el sector justicia, dejaremos luego de estar quejándonos, enmarcados en el adagio que reza: “Si el pueblo los eligió, que el pueblo los juzgue” (IFP); argumento poco apetecible y de hecho sumamente desagradable para los JUZGADORES (Jueces) y ACUSADORES (Fiscales), mucho mas para sus “amigos” los CORRUPTOS (Políticos).
La batalla contra la corrupción se ganará en el Poder Judicial, sólo si juzga el ciudadano como jurado, no existe otra fórmula; en consecuencia amigos profesionales no pequen de ingenuos porque ignorantes no lo son.
(*) Director del Proyecto Jurados.
Asociación Civil PROMOVIENDO DESARROLLO.
http://projurados.blogspot.com/

El juicio por jurados también se implementaría en casos de corrupción

Chubut Argentina:
Si la iniciativa se aprueba, a partir del 1º de enero de 2011 se implementarán un modelo de Juicio por Jurados. En este sentido, si el proyecto prospera los ciudadanos de nuestra provincia podrán declarar culpables a funcionarios acusados de abuso de autoridad y violación de sus deberes públicos; cohecho y tráfico de influencias; malversación de caudales públicos y negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas.
Los episodios de corrupción pasibles de ser juzgados bajo el nuevo sistema incluye otras figuras muy escuchadas por el vecino común: exacciones ilegales; enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados; prevaricato y denegación y retardo de justicia.
http://www.diariojornada.com.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=34403:los-ciudadanos-tambien-podran-juzgar-a-funcionarios-acusados-de-corrupcion&catid=52:politica&Itemid=73&viewDate=2010-04-15%2006:58:51

Reflexiones de Mafalda ¿el jurado?

Nosotros los GRANDES, ya no somos los DORMILONES de entonces...
No puedo dormir... entonces pienso:
....en el por qué de la explicación que dan abogados, jueces y empleados del Poder Judicial, cuando argumentan, por ejemplo, que no se puede instaurar en Argentina el juicio por jurados... si no me equivoco, desde la Asamblea del año 1813, y en todas las Constituciones Nacionales que tuvo nuestro país, se sostuvo que había que implementarlo a la mayor brevedad posible.
¿Y por qué no se hace? pregunté yo, porque dicen que el pueblo no está capacitado para tal responsabilidad, que es carísimo y que la opinión pública se vería influenciada por la prensa, ¡¡¿entonces?!! ¿para votar un presidente, sí está preparado el pueblo? ¿no importa que esté influenciado por una prensa mercenaria?
El partido de la Matanza, por ejemplo, te da vuelta una elección ¿esa gente está preparada para asumir la responsabilidad de elegir gobernantes? ¿acaso no es influenciada por la prensa? ¿el clientelismo político nos resulta más barato que los jurados?
Nadie me contesta... entonces repienso:
...en las elecciones de 1983... en esa época nefasta de mi vida amorosa y ausencia psicológica, ni me enteré que Bignone, por ese entonces presidente de facto, había organizado el Colegio Electoral y que Alfonsín ganó con este sistema... ¿en qué mundo intergaláctico estaba yo? ¿acaso hoy no vemos que los países serios tienen electores y que el ciudadano común no elige en forma directa al presidente? ¿a quién le sirve entonces, nuestro sistema electoral? ¿al país? ¿al pueblo?¿o sólo le sirve a unos pocos?
Tampoco me contesta nadie... sigo pensando: …
En fin, mejor pienso en otra cosa, no, mejor me cuento un cuento, pero ¿cuál? ...

Fuente http://lamujeresa.blogspot.com/2008/08/nosotros-los-grandes-ya-no-somos-los.html

Chubut, Argentina: Reunión oficial para establecer el juicio por jurados

En sus declaraciones el gobernador instó “a cambiar nuestro modo de pensar y de una vez por todas empezar a cumplir con nuestra ley fundamental, por eso decimos que creemos que el juicio por jurados democratiza la administración de justicia, reconoce al ciudadano, mejora el cumplimiento de las reglas, el respeto por el otro, la convivencia pacífica y recompone la paz social”.
http://www.elchubut.com.ar/despliegue-noticias.php?idnoticia=127266

Bienvenidos Ciudadanos:

No hay nada más importante para la libertad de nuestro país que el orden público dentro de nuestras propias fronteras. El sistema jurídico que tenemos ha contribuido a que nuestro país sea la nación más grandiosa en la historia de la civilización. El sistema de los tribunales de Carolina del Norte es imprescindible para mantener y defender las leyes de nuestro estado y conservar nuestra sociedad libre y disciplinada. Los tribunales le dan audiencia imparcial y justa a todas las partes que están en conflicto. Es un sistema al que nosotros, como ciudadanos, le podemos tener mucho orgullo.
El Juez John W. Smith, director de la Oficina Administrativa de los Tribunales, y yo esperamos que esta página en la Red Mundial le ayude a entender mejor el Poder Judicial del gobierno de Carolina del Norte, los diferentes tribunales y los programas que ayudan a la gente volver a andar por buen camino. La ley quizás parezca complicada, pero, su fundamento es la protección de los derechos y las libertades individuales es la clave de una sólida y fuerte Democracia.
Sarah Parker / Presidente de la Corte Suprema
http://www.nccourts.org/Citizens/Spanish/Default.asp

Rubén Blades dice: Pedir un juicio con jurados no es un "teatro"

Blades salió así al paso de una nota por internet en el que critica al salsero panameño por solicitar un juicio con jurado en una vista previa por la demanda de W. Colón, que lo acusa de incumplimiento de pago en un concierto. "No creo que presentar públicamente la verdad sea teatro. Al contrario, eso va a exponer los hechos en forma clara y tajante", señaló Blades, en una entrevista que hoy publica un diario de Panamá.
Agregó que prefiere "el jurado que un juez, porque si se decide el asunto a puerta cerrada muchos de los detalles de qué ocurrió, cómo ocurrió y porqué se quedarían ocultos" y no desea que haya "especulaciones futuras sobre el asunto".
"Cada cual responderá ante su propia conciencia. La mía siempre ha estado clara y no teme a los envidiosos y mal intencionados", agregó el intérprete de éxitos como "Pablo Pueblo", "Pedro Navaja" o "Paula C", quien actuó junto a Colón en mayo de 2003 en un concierto organizado con motivo de los 25 años del disco "Siembra" en el estadio Hiram Bithorn de San Juan, que es el objeto de la demanda...

ANATOMIA DE UN JUICIO POR JURADO

Los jurados —por lo general grupos de 6 ó 12 ciudadanos comunes— proporcionan un servicio fundamental a sus conciudadanos. Al igual que en la Inglaterra medieval, donde tienen su origen, los jurados impedían que el gobierno, incluso el gobierno democrático, llevara a cabo procesos judiciales opresivos...
http://usinfo.americancorner.org.tw/esp/publications/ejournalusa/jul09.html

El hombre es naturalmente honesto

Por: Yaiza Martínez.
Un estudio del cerebro demuestra que el hombre es naturalmente honesto. La honestidad no depende de la fuerza de la voluntad, aunque sea una opción.
Un estudio realizado por psicólogos de la Universidad de Harvard, en Estados Unidos, ha demostrado que las personas honestas no tienen que hacer ningún esfuerzo para serlo, sino que les sale de manera natural. En términos neurológicos esto quiere decir que, ante las tentaciones, la actividad cerebral de los individuos honestos no se incrementa, mientras que la de las personas deshonestas sí lo hace. La tendencia a mentir y a comportarse deshonestamente fue visible, gracias a tecnologías de neuroimagen, en diversas partes de la corteza cerebral. Científicos de la Universidad de Harvard han realizado un estudio de la actividad cerebral durante una serie de pruebas en las que se analizaba la honestidad de un grupo de personas.
De esta forma, descubrieron que la honestidad depende más de la ausencia de tentaciones que de la resistencia activa a éstas o, en términos neuronales, que la actividad cerebral de las personas que son honestas no varía ante la tentación (por ejemplo, de ganar dinero haciendo trampas), mientras que la actividad cerebral de las personas deshonestas se transforma ante la tentación, incluso aunque éstas no cedan a ella.
Naturalmente honestos:
Según publica la Universidad de Harvard en un comunicado, para la investigación se aplicaron técnicas de registro de neuroimágenes, que permiten distinguir la estructura del cerebro y su funcionamiento.
Concretamente, los investigadores observaron la actividad cerebral de una serie de personas a las que se les dio la oportunidad de ganar dinero de forma deshonesta, mediante mentiras.
Así, comprobaron que aquellos participantes que no mintieron no mostraron una actividad neuronal adicional cuando decían la verdad. Esto significa que estas personas no siguieron ningún proceso cognitivo extra para “elegir” ser honestos, sino que lo eran naturalmente.
En cambio, en los cerebros de aquellos individuos que se comportaron deshonestamente, se detectó actividad cerebral extra en áreas del cerebro relacionadas con el control y la atención, incluso cuando estos individuos dijeron la verdad.
Voluntad o gracia:
El estudio, que ha sido publicado en la revista Proceedings of the National Academy of Sciences (PNAS), ha sido dirigido por Joshua Greene, un profesor de psicología de la Facultad de Artes y Ciencias de la Universidad de Harvard.
Greene explica que, según estos resultados, ser honesto no depende de un esfuerzo de la voluntad sino más bien de estar predispuesto a la honestidad de una manera espontánea. Según el investigador, esto puede no ser cierto en todas las situaciones, pero parece que sí es cierto, al menos, en la situación estudiada.
La investigación fue diseñada para probar dos teorías sobre la naturaleza de la honestidad es.wikipedia.org/wiki/Honestidad. Porque, ¿qué hace que la gente se comporte honestamente cuando se enfrenta a la oportunidad de obtener un beneficio de manera deshonesta?
Según publican los investigadores en PNAS, estudios anteriores sobre los procesos - automáticos o controlados- de toma de decisiones han dado lugar a dos hipótesis: la hipótesis de la “voluntad” y la hipótesis de la “gracia”.
La primera hipótesis señala que la honestidad es el resultado de una resistencia activa a la tentación, y que sería comprable al proceso cognitivo controlado que nos permite esperar una recompensa.
La hipótesis de la “gracia”, por el contrario, señala que la honestidad es el resultado de la ausencia de tentaciones, es decir, que el individuo no “siente” la tentación, aunque la haya, y por tanto no tiene que resistirse a ella.
Los resultados de este estudio apuntarían, según Greene, a que la teoría de la “gracia” es la verdadera, porque los participantes honestos no mostraron ninguna actividad neuronal adicional cuando dijeron la verdad.
Capacidades paranormales:
Para incitar a los participantes en el estudio a mentir, los investigadores les contaron una historia falsa sobre el objetivo de su estudio.
Con la excusa de estar analizando ciertas capacidades paranormales de predicción del futuro, se les pidió a los voluntarios que predijeran los resultados de una serie de tiradas con monedas, que aparecían en la pantalla de un ordenador.
En algunas pruebas, los individuos registraron sus predicciones por anticipado (antes de la tirada), y en otras fueron recompensados en función de los aciertos que ellos mismos afirmaron haber tenido, lo que les permitió ganar dinero de forma deshonesta.
Muchos de los participantes aprovecharon la situación, tal y como indicaron los improbables niveles de aciertos que ellos mismos se contabilizaron.
Las mediciones realizadas al mismo tiempo a la actividad cerebral de todos los participantes demostraron que aquellos individuos que se habían comportado honestamente no mostraron ninguna actividad neuronal adicional relacionada con el control ni con ningún otro proceso cognitivo.
Por el contrario, los individuos que se comportaron de manera deshonesta mostraron una actividad aumentada en las áreas relacionados con el control, concretamente en la corteza prefrontal dorsolateral del cerebro y la corteza cingulada anterior, tanto cuando elegían actuar deshonestamente como en aquellas ocasiones en que refrenaron su deshonestidad.
Por otro lado, se comprobó que los niveles de actividad en estas áreas estaban directamente relacionados con la frecuencia de las acciones deshonestas de cada individuo.
Detección de mentiras:
Estudios anteriores ya habían demostrado que la corteza prefrontal dorsolateral y la corteza cingulada anterior se activan cuando se pide a un individuo que mienta.
Por ejemplo, un estudio anterior del que ya hablamos en Tendencias21 reveló que en los sujetos que mienten se activan tres regiones: el lóbulo frontal, el lóbulo temporal y el lóbulo límbico (todos ellos partes del cortex del cerebro humano).
Sin embargo, el presente estudio es el primero que ha analizado no las consecuencias de las mentiras en la actividad cerebral, sino los efectos en ella de un comportamiento deshonesto.
Según Greene estos trabajos permitirán en un futuro detectar si un individuo miente o no sólo con mirar su actividad cerebral, aunque todavía queda mucho trabajo por delante para que esto sea posible.

Mississippi: Ordenanza supletoria para incrementar pago al Jurado

El Senador McDaniel del estado de Mississippi, ha incluido una enmienda legislativa la cual permitirá al juez que preside el caso, a autorizar el pago suplementario para los jurados seleccionados en casos civiles. La ordenanza del senado es de 2001, "En un caso específico, el juez que preside, con el acuerdo de las partes involucradas o abogados, puede incrementar la cantidad diaria de reembolso para una persona que se incluye en el deber de ser jurado en un caso especifico. La diferencia entre la cantidad diaria usual de reembolso y la cantidad a ser pagada en el caso específico se pagará, de igual a igual, por las partes involucradas en el caso". La ordenanza se ha asignado al comité judicial y el texto completo está disponible en inglés en la siguiente dirección de Internet:
http://billstatus.ls.state.ms.us/2010/pdf/history/SB/SB2001.xml

La batalla contra la corrupción

Por: KATHERINE FERNANDEZ-RUNDLE : Fiscal estatal de Miami-Dade.
La corrupción no podrá nunca ser desaparecida del orbe, pero el juicio por jurado que bien que la minimiza. (I.F.P)
Mientras que los abundantes artículos noticiosos en todo el estado pueden dar la impresión de que la corrupción es un problema urbano, estoy absolutamente convencida de que el abuso del poder público y el robo de fondos gubernamentales ocurren en todo el estado, a todos los niveles de gobierno y en áreas urbanas y rurales, grandes y pequeñas.
   Lamentablemente, no importa dónde vivamos, no parece haber escasez de individuos avariciosos que buscan la manera de usar programas y recursos del gobierno para lucrar y ejercer influencia indebida.
   La eliminación de la corrupción pública les presenta a los fiscales con delitos y situaciones únicas. Los delitos de corrupción no se cometen a mano armada y rara vez en público. Un reportero del Miami Herald resumió perfectamente la situación una vez:
   Los casos de corrupción pueden ser mucho más difíciles de investigar y llevar a juicio que los delitos violentos. Sin un cadáver o una ventana rota, los fiscales primero tienen que probar que hubo un delito. Entonces hay que probar quién lo hizo. Las investigaciones incluyen revisar resmas de documentos financieros o técnicos e interrogar a docenas de testigos renuentes.
   Al reconocer esto, cuando asumí el cargo de fiscal estatal de Miami en 1993, hice un énfasis estratégico en combatir la corrupción pública. En 1995 establecí la Unidad Contra la Corrupción Pública y escogí a abogados experimentados dedicados a librar esta batalla.
   También establecí alianzas exitosas con entidades policiales locales, estatales y federales. La Policía de Miami-Dade, conjuntamente con la Policía Estatal de la Florida, cuentan con detectives especializados que trabajan de cerca con los fiscales en la Unidad Contra la Corrupción Pública.
   También hemos establecido una alianza sólida con la fiscalía federal para asistirnos mutuamente en otros casos de corrupción. A nivel local, la Comisión de Miami-Dade merece crédito por crear y financiar la Oficina del Inspector General y la Comisión de Etica, que contribuyen significativamente a la lucha contra la corrupción.
   El resultado de estas alianzas e iniciativas ha llevado directamente al enjuiciamiento de comisionados corruptos de Miami y Miami-Dade, alcaldes y concejales, docenas de otros funcionarios municipales y policiales, así como personas del sector privado que han tratado de sacar provecho de las arcas públicas o envenenar el proceso político.
   Hemos apoyado los numerosos esfuerzos investigativos del Gran Jurado para limpiar el proceso de contratación del gobierno, las actividades de cabildeo, la votación con boletas de ausente, las normas del personal de la Comisión de Miami-Dade, la capacitación de maestros y, naturalmente, los programas de vivienda pública, como los casos revelados por la serie investigativa del Miami Herald House of Lies (Casa de las Mentiras).
   Así que la buena noticia es que en Miami tenemos muchas de las herramientas necesarias para continuar esta batalla. Sin embargo, esto no significa que tenemos todo lo que nos hace falta. El combate efectivo contra la corrupción pública exige tener contadores y auditores forenses, fiscales experimentados y detectives especializados para descubrir los documentos que conducen a sobornos y dinero público robado.
   La contratación y retención del personal experimentado son costosas. Cualquiera que opine que la corrupción pública puede combatirse con poco dinero, nunca ha llevado un caso de este tipo a los tribunales ni tiene un compromiso real con la batalla.
   Es irónico que nuestros legisladores perciben que los principales participantes en la batalla contra la corrupción pública, los contribuyentes, no están dispuestos a pagar tales investigaciones y juicios. No creo que eso sea cierto. Sé que nuestros ciudadanos desean tener un gobierno honesto, que reconocen que eso no se puede lograr sin los fondos adecuados y que están dispuestos a pagarlo.
   Los retos presupuestarios que enfrenta la Legislatura estatal este año pondrán a prueba el compromiso de nuestros legisladores con la batalla real contra la corrupción.
   En este campo, el público, usted, tiene la voz más fuerte. Use ese poder para comunicarle a sus legisladores que una inversión relativamente pequeña en la lucha contra la corrupción pública ciertamente vale la pena hasta el último centavo.

2010: Año en que los ciudadanos Jurados juzgarán los principales casos de corrupción - Canarias

El 2010 será el año en que se juzguen los principales casos de presunta corrupción en Canarias abiertos por los tribunales, que se han saldado, de momento, con la imputación de más de 200 personas, entre políticos, funcionarios y empresarios, según datos recopilados por Europa Press.

Uno de los casos más polémicos y cuyo juicio podría celebrarse en el primer cuatrimestre de 2010 es el conocido como 'trama eólica' vinculado a supuestas irregularidades en la convocatoria de un concurso eólico en el archipiélago, y que se inició con la detención de siete personas el 8 de febrero en 2006.
El Juzgado de Instrucción Número 7 de la capital grancanaria ordenó en marzo de este año la apertura del juicio oral contra los 6 principales imputados: el ex director general de Industria del Gobierno regional Celso Perdomo (PP), y su novia, la funcionaria del Cabildo grancanario Mónica Quintana, el ex jefe de área de Industria, Honorato López, y los empresarios Enrique Guzmán, Alfredo Briganty y José Ignacio Esquivel. El 'caso eólico' ha pasado a la Audiencia Provincial para su enjuiciamiento por un Tribunal del Jurado.
A ello se suma el caso más antiguo de presunta corrupción en las islas, 'Icfem', que se inició hace más de una década y por el que están imputados cinco ex directores generales del Ejecutivo regional.
Por otro lado, el juez Javier García dictó un auto en mayo de 2009 por el que transformó en procedimiento abreviado las diligencias del 'Caso Faycán', de forma que cerró la causa con 38 imputados —12 de ellos cargos públicos— y tras más de tres años de investigación del presunto cobro de comisiones ilegales durante el anterior mandato local en Telde (Gran Canaria), de PP y Agrupación Federal de Vecinos del Valle de Jinámar-Ciudadanos por el Cambio (AFV-Ciuca).
También en Gran Canaria continúa pendiente de resolución judicial la 'Operación Brisán' sobre corrupción municipal y urbanística en Santa Brígida con una decena de imputados.
La 'Operación Unión', que investiga una supuesta red de corrupción urbanística y de comisiones ilegales a empresarios de Lanzarot, arrancó el 25 de mayo y ha dejado por el momento 35 imputados. De los 20 detenidos en la operación, siete de ellos ingresaron en prisión, aunque los últimos en quedar en libertad han sido el empresario Luis Fernando Lleó y el ex presidente del Cabildo y fundador histórico del Partido Independientes de Lanzarote (PIL), Dimas Martín.
El caso de presunta corrupción más reciente en el archipiélago ha afectado al ex alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, del PIL, que ingresó en prisión el 4 de octubre y quedó libre a mediados de diciembre. Su mujer y tres de sus hijos quedaron también en libertad con cargos.

"Si el pueblo los eligió, pués que el pueblo los juzgue; esos son los principios elementales de una verdadera Democracia". (IFP)

A favor de los juicios por jurado

Por:  Neil Vidmar
El jurado es una institución única. Doce ciudadanos comunes, a veces solamente seis, sin formación jurídica, reciben citaciones para escuchar los testimonios en una importante disputa penal o civil. Si bien el juez que preside el juicio decide qué testimonios pueden oír y les instruye acerca de la ley, al final estos ciudadanos deliberan solos y emiten veredictos sobre la culpabilidad o la inocencia; a veces acerca de quién ha de ser sentenciado a morir; o, en causas civiles, quien debería prevalecer en una disputa que en ocasiones involucra millones de dólares. ¿Pero son los jurados lo suficientemente competentes y responsables como para tomar estas decisiones? Hay pruebas abrumadoras que indican que lo son.
Cientos de estudios han evaluado la competencia de los jurados. En un memorable estudio de 1966 que analiza 3.576 juicios penales y más de 4.000 litigios civiles, Harry Kalven y Hans Zeisel, catedráticos de la Universidad de Chicago, preguntaron a jueces que habían escuchado los mismos testimonios que los jurados cuáles hubieran sido sus veredictos antes de conocer la decisión de los jurados. Los jueces y los jurados coincidieron más o menos el 80 por ciento de las veces.
¿Qué ocurre con el 20 por ciento restante? El estudio reveló que en esos casos los jurados entendieron los testimonios y la ley, pero que sencillamente discrepaban de los jueces en cuanto a las perspectivas y los valores que aplicaron. En pocas palabras, los jurados aplicaron normas comunitarias, mientras que los jueces aplicaron normas técnicas jurídicas. Las conclusiones de ese estudio se han duplicado muchas veces.
En otro estudio se compararon los veredictos emitidos por jurados en casos de negligencia médica con opiniones independientes dadas por médicos sobre si se había producido o no una negligencia. Los veredictos de los jurados se correspondían estrechamente con las opiniones de los doctores. Además, muchas veces los jurados se pusieron de parte de los acusados, aun cuando los pacientes sufrieron heridas graves, lo que indica que los jurados no estuvieron influidos por lástima al tomar sus decisiones.
Entrevistas hechas con jurados después de que rindieron sus veredictos en juicios que entrañaban complejos testimonios de expertos han demostrado un análisis atento y crítico. Los jurados entrevistados reconocieron claramente que los expertos fueron seleccionados en el marco de un proceso contencioso. Emplearon técnicas sensatas para evaluar el testimonio de los expertos, como por ejemplo al determinar la integridad y coherencia del testimonio, al compararlo con otros testimonios presentados en el juicio y al evaluarlo basándose en sus propios conocimientos y experiencias de vida. El estudio revela, además, que los jurados combinan en sus deliberaciones sus perspectivas personales acerca del testimonio y debaten sus méritos relativos antes de llegar a un veredicto.
Proyecto de jurado en Arizona:
He participado en un proyecto extraordinario en el que otros investigadores y yo grabamos vídeos de los juicios y las deliberaciones de los jurados en cincuenta causas civiles. Nuestras conclusiones respaldaron firmemente las conclusiones de otros estudios empíricos acerca de la competencia de los jurados. Por ejemplo, en uno de los juicios los jurados interrogaron a un médico que había declarado en nombre de una mujer que resultó herida como consecuencia de un choque entre dos automóviles, un Oldsmobile y un Lincoln:
• ¿Por qué [no existen] comprobantes médicos más allá de los dos años anteriores al accidente?
• ¿Qué exámenes o determinación aparte de lo que dijo subjetivamente el paciente determinaron [su diagnóstico de] una migraña?
• ¿Exactamente qué síntomas tuvo [el paciente] en lo que respecta a una migraña?
• ¿Por qué no se hicieron otros exámenes para descartar la presencia de otros problemas neurológicos?
• ¿Existe una medida de la cantidad de serotonina que había en el cerebro?
• ¿Cuáles son las causas del mal funcionamiento de la serotonina?
• ¿Es la cirugía el último recurso?
• ¿Qué es la indotomiacina? ¿Puede causar dificultades si se padece de problemas de próstata?
Entre las preguntas que se plantearon al experto en reconstrucción de accidentes del demandante figuraron las siguientes:
• Sin saber como ella estaba sentada y sin conocer su peso, ¿cómo puede usted estar seguro de que se golpeó la rodilla?
• ¿Cambiarían estos factores su estimado de que la velocidad fue de 15 [pies por segundo]?
• Si un cuerpo en movimiento permanece en movimiento, y el movimiento de ella continuó desde antes del impacto, ¿cómo empezó este movimiento y en qué basa usted esto?
• ¿Qué altura tenía la persona que estaba sentada en el modelo de vehículo que utilizó usted para reconstruir el accidente? ¿Cuánto pesaba?
• ¿Cuál es el margen de error en su estimado de diez millas [por hora]?
• ¿Se basa el tiempo de 50 a 70 milisegundos en un estimado del tamaño de la abolladura?
• ¿Concluye usted que el Oldsmobile sufrió una desaceleración y un empujón hacia la izquierda por el Lincoln, y [en caso afirmativo], cómo se movería la demandante a la derecha y hacia delante?
Las deliberaciones de otros jurados grabadas durante el estudio revelaron una atención similar a los detalles.
Sabiduría colectiva:
Hay muchas razones lógicas para creer que, bajo la tutela de un juez que les explique la ley, un grupo de doce personas, que no siendo profesionales ni expertos en la materia puede realizar mejor el análisis objetivo de las pruebas y decidir un caso que lo que podría hacer un juez por sí solo.
Los juicios normalmente entrañan diversas cuestiones acerca del comportamiento humano. Por ejemplo, los casos de violación en una cita generalmente se refieren a si la relación sexual fue consensual, no si ha ocurrido. En un juicio por homicidio con frecuencia existe una prueba clara del asesinato, pero se trata de decidir si éste fue premeditado, cometido sin pensarlo, en defensa propia o cometido por un enfermo mental.
¿Por qué deberíamos suponer que los jueces son más capaces que un jurado de determinar la credibilidad de un testigo que afirma que el acusado había proferido amenazas de muerte, o que estaba llevando a cabo un complejo proyecto para inflar los precios de las acciones?
En todo veredicto pronunciado ya sea por un juez o por un jurado, abundan los variables culturales. Por lo tanto, en un caso de asesinato en el que están involucrados una víctima y un acusado afro estadounidense, ¿comprendería mejor un jurado integrado al menos por varios afro estadounidenses el insulto proferido que llevó al acusado a afirmar que su vida estaba en peligro, que un juez blanco criado en un barrio blanco?
En uno de los juicios por jurado en Arizona en el que una demandante hispánica resultó herida en un accidente de automóvil, un jurado hispano les dijo a los demás miembros del jurado que las personas hispanas tienden a preferir a los quiroprácticos en lugar de los médicos, lo que explica posiblemente la razón por la que la demandante no siguiera la recomendación de acudir a un médico.
En otro juicio, dos miembros del jurado con conocimiento sobre reparaciones de automóviles pudieron explicar cómo un camión se incendió y quemó una casa.
En pocas palabras, los antecedentes diversos que los miembros del jurado aportan a su tarea, pueden darles una mejor comprensión intuitiva de los hechos que el juez, quien puede tener poca experiencia en una situación específica como la ocurrida en el caso disputado.
Los detractores:
Detractores de los juicios por jurado citan muchas veces algunos casos simbólicos. Uno de estos es un famoso juicio de responsabilidad civil por productos que tuvo lugar en 1994. Una mujer de 79 años sufrió quemaduras al derramarse el café que le sirvieron en un McDonald’s. La indemnización punitiva de 2,7 millones de dólares que otorgó el jurado a la mujer creó un debate sobre lo que algunas personas consideraban procesos frívolos.
Sin embargo, la mayoría de la gente probablemente no tiene conocimiento de las pruebas que consideró el jurado de este caso:
• Para satisfacer las preferencias de su clientela, McDonald’s servía el café 20 grados más caliente que lo que recomendaba el fabricante.
• La mujer sufrió quemaduras de segundo y tercer grado en los genitales, siendo necesaria una intervención quirúrgica e injertos de piel.
• McDonald’s había recibido antes de este incidente más de 700 quejas sobre la temperatura del café, pero nunca consultó a un especialista en quemaduras.
• En el juicio, los directivos de McDonald’s supuestamente se comportaron de manera arrogante y se mostraron reacios a cambiar su estrategia de marketing (aunque después del veredicto McDonald’s redujo la temperatura del café).
• La indemnización punitiva de 2,7 millones de dólares equivalía apenas a dos días del total de ventas de café de McDonald’s. Además, el juez redujo la indemnización a 480.000 dólares.
El caso de McDonald’s sirve también como advertencia de que los juicios por jurado son realmente “juicios por un juez y un jurado”, y que el juez supervisa los testimonios que escuchan los jurados, instruye a los jurados sobre la ley y escudriña el veredicto de éstos antes de ser declarado como juicio del tribunal.
Muchas otras críticas sobre los veredictos de jurados en causas penales y civiles que aparecen en los periódicos y en Internet tampoco logran resistir un examen atento. Los jurados pueden cometer errores, igual que los jueces y otros decisores, pero existen pruebas sólidas que indican que, por lo general, los jurados actúan sumamente bien. Estudios de jueces estadounidenses que presiden sobre juicios indican que la mayoría apoya de manera entusiasta el sistema de jurado.
El delito, la negligencia y la comunidad:
Los juicios tratan sobre sucesos que afectan a la comunidad en que ocurren. Hacer que miembros de la comunidad decidan quién es culpable y quién es inocente, o quién ha sido negligente o no, da legitimidad al veredicto, especialmente cuando el caso es polémico.
En los numerosos estudios que he realizado en las últimas cuatro décadas, los posibles miembros de jurados indicaron sistemáticamente que estarían inclinados a aceptar el veredicto de un jurado que escuchó los testimonios durante el juicio, aun cuando ese veredicto no fuera compatible con sus propias opiniones sobre el caso derivadas de los periódicos y la televisión.
Investigaciones recientes han demostrado también de manera convincente que las personas, después de haber actuado en un jurado, no solo tienen una mejor comprensión del sistema jurídico sino que también participan más en los asuntos cívicos y están más dispuestos a trabajar como voluntarios al servicio de la comunidad.
En pocas palabras, hay pruebas sólidas que indican que los jurados no son sólo personas competentes en tomar decisiones, sino que también el sistema de jurados es una institución democrática importante.
Fuente: http://www.america.gov/st/usg-spanish/2009/July/20090804164859jkdm7.146853e-02.html

Despolitizando el Poder Judicial

Los magistrados en general deben de eximirse de cualquier sentimiento político partidarizado, pero eso sólo queda en el papel en forma decorativa. Para el efectivo funcionamiento de lo mencionado y ante el quebrantamiento de lo estipulado el pueblo debe de juzgarlos en un tribunal popular.
Despolitizando el Poder Judicial
http://www.eldiariodelfindelmundo.com/ver.php?modulo=ver_noticia&id=26296

Institución Cosmopolita el JxJ

Por: Iván G. Fernández Paz (*)
El día en que los Latinoaméricanos hagamos realidad el Juicio por Jurado (como debe de ser), ése será un nuevo amanecer, en el cual se habrá dado un gran salto hacia una verdadera Democracia.
Ante lo cual, puedo afirmar con una frase derivada de la investigación y conformada en tésis que:
"El Jurado es la idea más elevadamente SOCIALISTA nacida en un país altamente IMPERIALISTA, resumida en darle el poder de la justicia al pueblo." (IFP)

Democracia DIRECTA ó CARA a CARA

Democracia DIRECTA (radical ó cara a cara): Resulta ser la forma más efectiva de Gobierno Popular en la que ciudadanos reunidos en asamblea, concejo ó tribunal, toman parte en los debates y deliberan orientados a efectuar decisiones que van a regular la vida y costumbres de su entorno social, pudiendo hasta en ciertos casos vetar o corregir legislación existente.
La soberanía reside en el pueblo y es ejercida inmediatamente por él sin necesidad de elegir representante alguno."Se considera tan bueno este tipo de Democracia, que a nuestra casta política Latina no le agrada, por lo tanto debe de nacer de la presión popular".  Las tribus germánicas seguían ese sistema y las Anglosajonas lo asumieron y fortalecieron trasmitiéndolo luego a sus colonias en sus conquistas; entre las expresiones más representativas de Democracia Directa tenemos:
A) JURADO POPULAR- Jurado Petit (Heliaía) ó Jurado de Juzgamiento: (Solón - Grecia 638a.c. – 558a.c.) Institución siempre ligada al concepto de democracia como alejada de toda forma de autoritarismo. Los tribunales de jurados permiten al pueblo participar en el ejercicio de la administración de justicia y como tal es el modelo de la máxima expresión de democracia participativa directa concebida para preservar la paz social con efecto ampliamente vinculante e imperativo. El jurado es una pieza clave en un estado democrático.
B) GRAN JURADO ó Jurado de Acusación: (Inglaterra S XII) Organismo judicial creado con el propósito de quitarle poder absolutista al Rey. Los Norteamericanos perfeccionaron la institucionalidad del mismo y lo convirtieron en un cuerpo investigativo-consultivo con autonomía para ver pruebas, interrogar testigos, requerir evidencia, etc. siempre en coordinando con la fiscalía, quedando establecido que, para que el Estado acuse a una persona, un grupo de ciudadanos congéneres (no juristas) deben determinar si hay causa de hechos (mas que dudas razonables) o no, para acusar, y de existir las mismas derivarlo a un juicio por Jurado Popular ó de Juzgamiento.

En la Democracia Directa, los órganos de control y juzgamiento son eminentemente populares y transitorios, diluyendo así la politización de los mismos y ante todo la posibilidad de enquistamiento por consiguiente de corrupción alguna.

La Dictadura de la Magistratura - Cuando el Juez se equivoca, no le traslademos la culpa al jurado


«Cada período de libertad ha significado la consagración del jurado y cada época de retroceso de las libertades públicas ha eliminado o restringido este instrumento de participación ciudadana. Privar al jurado de su capacidad decisoria no solo conculca la legalidad, sino que implica una restricción indiscutible de los derechos de los ciudadanos»
La Ley del Jurado en la Iberia «implica y significa que son los ciudadanos los que han de impartir justicia y para ello han de valorar las pruebas, analizarlas, discutirlas, estudiar si las consideran suficientes o no, por eso se van a deliberar antes de emitir el veredicto... y no el juez»
El juez del jurado se salió de sus funciones, y luego dicen que los errores son de los legos.

Es así, como la MAGISTRATURA se vuelve una DICTADURA.
Ampliación de detalles en: http://www.lavozdegalicia.es/ferrol/2009/10/25/0003_8059776.htm

Corrigiendo al ENCARTA en el tema de Jurados (6Set07)

El ENCARTA es uno de los MAS PRETIGIOSOS DICCIONARIOS ENCICLOPEDICOS DEL MUNDO INFORMATICO.
From: Pedro Cifuentes
To: projurados@speedy.com.pe
Sent: Tuesday, October 09, 2007 7:58 PM
Subject: RV: Sugerencia de corrección al ENCARTA
Estimado Sr. Fernández Paz:
Le agradecemos mucho sus generosos comentarios sobre nuestro artículo Jurado, que traspasaremos al corpus de la enciclopedia en las próximas fechas.
Reciba un cordial saludo,
Pedro Cifuentes
Subdirector editorial Microsoft Encarta 2007
From: PROYECTO JURADOS [mailto:projurados@speedy.com.pe]
Sent: Thursday, September 06, 2007 5:57 PM
To: Student and Encarta Product Suggestions
Cc: PROYECTO JURADOS (projurados@hotmail.com)
Subject: Sugerencia de corrección al ENCARTA
Estimados Srs. Microsoft Encarta 2007
Permítame presentarme como Iván Fernández Paz director del Proyecto Jurados que se resume en la instauración del Juicio por Jurados en nuestro país, les escribo desde Chiclayo, Perú.
Desde 1999, me he enfrascado de forma por demás apasionada en averiguar sobre las Doctrinas y Sistemas de Justicia en el mundo; mi apreciación se orienta básicamente a reproducir el sistema de justicia Anglosajón, que tiene por Doctrina el Derecho Consuetudinario (common law) o el uso de la ley común, y como su dogma fundamental la participación del pueblo en su justicia - con efecto ampliamente vinculante - conformando Tribunales de Jurados; la misma que, creo y defiendo por convicción, es la mejor en el mundo.
En todo el proceso de análisis, he consultado diversos medios en lo que respecta al tema de jurados en cuestión y como es obvio los he incluido a ustedes; el tenor de la presente misiva es para darles unas apreciaciones o correcciones respecto a lo que se expone en el ENCARTA y en lo que respecta a su texto expreso unas sugerencias resaltadas en rojo:
MENCIONADO EN EL ENCARTA:
Jurado, institución de origen inglés, mediante la cual los ciudadanos participan en la administración de la justicia penal. El jurado es un organismo no profesional ni permanente compuesto por personas físicas cuyo cometido es pronunciarse acerca de la culpabilidad o inocencia del acusado. En función de la resolución del jurado, el juez o magistrado impondrá la pena que corresponda conforme a la ley vigente. El jurado, en los países en que esta institución se encuentra en funcionamiento, interviene sólo en los procesos penales que establece la ley.
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SUGERENCIAS:
- (INGLÉS) Al igual que muchos pensaba que el jurado había nacido en Inglaterra, pero grande fue mi sorpresa al encontrar que en Grecia (c. 638 adC–558 adC) Solón uno de los sabios de Grecia, y famoso legislador ateniense, considerado precursor de la Democracia, quien también reescribió la constitución en Atenas, fue el que instauro La Heliaía (juicio por jurados) un Tribunal de Justicia, compuesto por ciudadanos elegidos por sorteo y actualmente en el museo de del Ágora en Atenas se encuentra el Cleroterion, máquina de sorteo de los jurados, y las Fichas de voto utilizadas por los jurados de la Heliea,
- (PENAL) Por otro lado el juicio por jurados también se orienta a procesos CIVILES.
- (SOLO PROCESOS PENALES) También los proceso CIVILES son muy representativos en especial los referidos a los de RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL, como son los casos simbólicos hechos a las tabacaleras (por el uso de sustancias cancerígenas) en Estados Unidos, entre otros.
En espera que la presente contribuya en algo con su prestigioso medio y la misma cuente con su amable atención me despido de ustedes.
Saludos cordiales. Atentamente:
Iván G. Fernández Paz
Director del PROYECTO JURADOS -PERU

Verdadero Equilibrio de Poderes en Verdadera Democracia:

Para que la Democracia tal cual funcione, la repartición del poder debe de aplicar el siguiente sentido de equilibrio:
Poder EJECUTIVO       =   UN Presidente + sus Secretarios ó Ministros
Poder LEGISLATIVO  =   VARIOS Diputados, Senadores ó Congresistas + sus Asesores

Poder JUDICIAL          =   TODOS los Ciudadanos integrando Jurados + El Juez y Magistratura

La Justicia es muy importante para una Nación, como para dejarla sólo en manos de abogados.
Nota: En la siguiente ecuación, el alterar el orden de los factores, SI puede variar el resultado.