Evaluación del Plan Estatal de Acción sobre DDHH (incluye Juicio por Jurados-CHINA 2009-2010)

El Estado controla con mayor rigor y usa de modo prudente la pena de muerte. En febrero de 2011, el Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional aprobó mediante discusiones la Moción (Octava) del Código Penal, anulando la pena capital para 13 delitos no violentos, de carácter económico, entre los que se cuenta el de estafa mediante falsificación de billetes y facturas. Las imputaciones de la última pena se han reducido cerca de una quinta parte. El Código Penal revisado conlleva estipulaciones de carácter limitador para la pena de muerte aplicada a los criminales con 75 años cumplidos en el momento del juicio. En junio de 2010, los departamentos correspondientes emitieron en conjunto las Disposiciones acerca de Algunos Problemas de Chequeo y Deducción de Testimonios en el Tratamiento de Casos de Pena de Muerte, adoptando normas más rígidas al chequear y deducir los testimonios de casos de pena máxima, garantizando al acusado sentenciado a muerte su derecho a la apelación.

1. Se perfecciona constantemente el sistema de aplicación de la ley: El Consejo de Estado emitió las Propuestas sobre el Refuerzo del Fomento del Gobierno Regido por la Ley, reglamentando rigurosamente la aplicación justa y civilizada de la ley por los órganos administrativos. La Fiscalía Popular Suprema y el Ministerio de Seguridad Pública han publicado las Disposiciones sobre el Interrogatorio a Sospechosos Implicados en Delitos en la Etapa de Verificación y Detención, garantizando una mejor atención a los casos penales y garantizando los derechos legítimos de los sospechosos implicados en actos delictivos. El Ministerio de Seguridad Pública ha elaborado reglamentos detallados de aplicación de la ley, haciendo estipulaciones concretas sobre los eslabones y procedimientos principales en la atención de los casos. Además, la referida cartera ha publicado Algunas Disposiciones sobre la Administración Financiera Relacionadas con Casos en los Órganos de Seguridad Pública, Opiniones Directrices acerca del Establecimiento de Sistemas de Personal de Legalidad, Opiniones Directrices acerca de la Reglamentación y el Fomento de la Informatización en la Ejecución de la Ley por los Órganos de Seguridad Pública, etc., en total más de 30 disposiciones departamentales, gracias a lo cual se mejoran los sistemas en eslabones de ejecución de la ley, los puestos de ejecución de la ley, entre otras áreas.
2. Derecho de los reclusos: Se perfeccionan en mayor medida las leyes y reglamentos jurídicos relativos a los derechos de los reclusos. En mayo de 2009, el Ministerio de Seguridad Pública divulgó varios documentos de carácter reglamentado, entre ellos las Diez Disposiciones acerca de la Prevención y Golpe a "Cabecillas de Prisión y Déspotas Carcelarios" en los Centros de Detención, la Circular sobre la Práctica de Reclusión y Control Concentrados para con las Reclusas en los Centros de Detención, perfeccionando el sistema de reclusión y control por separado de los reclusos en dichos centros, el sistema de administración transitoria de los nuevos reclusos y aviso sobre la detención, el sistema de alarma por maltratos denunciados por los propios detenidos, etc. En diciembre de 2009, el Ministerio de Seguridad Pública y el Ministerio de Salubridad emitieron conjuntamente la Circular sobre el Fortalecimiento y Mejoramiento Efectivos del Trabajo Médico y Sanitario de los Locales de Supervisión y Control de la Seguridad Pública, exigiendo reforzar la construcción de organismos médicos en los locales de supervisión y control de la seguridad pública. En la Norma de Construcción de Cárceles, cuya ejecución se inició en diciembre de 2010, se reglamenta en mejor medida la administración y la construcción de instalaciones en los centros penitenciarios. El sistema de ejecución de leyes públicas relacionado con la supervisión y el control quedó básicamente establecido. Los centros de detención cuentan con salas de recepción y urnas de denuncia, publican los nombres de los policías y los sistemas y procedimientos de ejecución de leyes en el curso de la supervisión y el control. Actualmente, más de 1.500 centros de detención están abiertos a la sociedad y reciben la supervisión social. El Tribunal Popular Supremo, la Fiscalía Popular Suprema y otras entidades promulgaron las Propuestas acerca del Fortalecimiento y Reglamentación del Trabajo de Ejecución fuera de las Cárceles, reforzando los sistemas de aviso público y audiencia previos a la determinación sobre la disminución de penas y la libertad condicional, elevando el grado de transparencia del juicio de los casos relacionados con la reducción de la pena y la libertad condicional. En los dos años, los tribunales populares de las diversas instancias, basándose en la ley, han reducido las penas de 1.005.000 individuos y han dejado en libertad condicional a 68.000.
Con el objetivo de evitar la tortura y el interrogatorio por la fuerza para obtener confesiones, o el castigo físico, la tortura, la humillación y otros actos que violen los derechos del recluso, el Ministerio de Seguridad Pública estipula que a excepción de causas especiales, el interrogatorio a detenidos tiene que hacerse dentro de la sala de interrogatorio de los centros de detención, en que hay rejas metálicas protectoras para el aislamiento, instaladas a la entrada para los detenidos y el personal de atención a los casos, por separado, evitando así el contacto físico entre ambas partes. Se instalan en la sala de interrogatorio equipos de grabación de voz e imagen simultánea, con el propósito de aprovechar los medios científicos y tecnológicos para evitar actos de tortura e interrogatorio dirigidos a conseguir confesiones de manera forzosa. Se practica el sistema de cacheo del recluso antes de ser llevado al interrogatorio, después del mismo, así como cuando se lleva fuera del centro de detención y cuando se regresa al mismo.
3. Derecho a un juicio imparcial: El derecho del litigante de una causa a un juicio imparcial logra garantizarse. El Tribunal Popular Supremo ha elaborado Algunas Disposiciones acerca de la Grabación de Sonido y Videograbación sobre las Actividades del Juicio en la Corte. Con el permiso del tribunal popular, el interesado de la causa puede leer y reproducir la grabación de sonido y la videograbación. Actualmente se ha hecho realidad en Beijing, Shanghai, Shandong y otros lugares la grabación simultánea de sonido e imagen sobre el juicio en la corte. En septiembre de 2010, el Tribunal Popular Supremo publicó las Propuestas Directrices de Medición de Penas en el Tribunal Popular (a modo de ensayo) y junto con otros departamentos emitió las Propuestas acerca de Algunos Problemas Referentes al Procedimiento de Medición de Penas (a modo de ensayo). Desde octubre de 2010, los tribunales a distintas instancias de todo el país practican a modo de ensayo general la reforma reglamentada de la medición de penas, reglamentando el poder de sentencia libre en la causa penal, unificando normas de medición de penas para 15 tipos de delitos comunes. Actualmente, los casos de estos 15 delitos representan alrededor del 90% del total de casos penales tratados por los tribunales de base.
Las informaciones sobre el juicio se abren totalmente. En los dos años, el Tribunal Popular Supremo elaboró las Seis Disposiciones acerca de la Apertura de la Justicia y Algunas Disposiciones acerca de la Aceptación por Parte del Tribunal Popular de la Supervisión Ejercida por la Prensa y los Medios de Comunicación, garantizando el derecho de los ciudadanos a obtener informaciones sobre el juicio. Los tribunales populares a diversas instancias de todo el país han establecido salas de aceptación de casos, publican informaciones sobre la apertura del juicio en la corte, la ayuda judicial y otros temas; establecen la guía para la acusación, abriendo líneas directas para tales casos; establecen sistemas de información en red sobre el juicio y sistemas de administración de las informaciones sobre casos ejecutados, facilitando la adquisición de informaciones a las partes interesadas. Actualmente, la mayoría de los tribunales superiores, 97 tribunales populares intermedios y 472 tribunales populares de base realizan el trabajo de publicación de documentos de juicio en la red.
El sistema de jurado popular se perfecciona y se consolida en mayor medida. En los dos años, el Tribunal Popular Supremo elaboró las Disposiciones acerca de Algunos Problemas de la Participación de los Jurados Populares en las Actividades de Juicio y Algunas Propuestas acerca del Fortalecimiento e impulso a los Administradores del Trabajo de los Jurados Populares. Los jurados populares han participado en los juicios de 1.544.000 casos, representando el 32,44% del total de casos de procedimiento común de los tribunales de base. Los tribunales a distintas instancias de todo el país amplían el ámbito de elección y nombramiento de jurados populares, cuyo número total se acerca a los 80.000.
Los derechos de los abogados en sus actividades de ejercicio de oficio reciben una mayor garantía. Desde 2009, los departamentos correspondientes promueven la revisión o anulación de las diversas índoles de estatutos y documentos reglamentados que no concuerdan con lo establecido en la Ley de Abogados, han divulgado sucesivamente los Medios de Administración de Documentos de Ejercicio de Oficio de los Abogados y Oficinas de Abogados, las Normativas de Examen Anual sobre las Actividades de Ejercicio de Oficio de los Abogados (a modo de ensayo) y otros estatutos y normas de oficio. El Ministerio de Justicia, junto con otros órganos relacionados, redacta el proyecto de Disposiciones acerca de Cómo Garantizar según la Ley los Derechos de los Abogados al Ejercicio del Oficio en las Actividades de Procedimiento Criminal, haciendo énfasis en solucionar problemas como las dificultades en el encuentro, en la lectura de folios, en la investigación y consecución de testimonios, etc., enfrentados por los abogados.
El sistema de indemnización estatal se perfecciona en mayor medida. En abril de 2010, el Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional aprobó mediante examen y discusión las Resoluciones acerca de la Revisión de la Ley de Indemnización de la República Popular China, canalizando mejor las solicitudes de indemnización, perfeccionando su procedimiento, a la vez que los ámbitos y cuantías normativas de la indemnización se hacen más claros y la administración de los gastos de la indemnización y el mecanismo de pago han sido canalizados. Para garantizar la ejecución y aplicación de la Ley de Indemnización Estatal, los departamentos relacionados del Estado han elaborado y revisado los reglamentos jurídicos y explicaciones judiciales relacionados. En los dos años, los tribunales populares a diversas instancias han enjuiciado y concluido 2.950 casos de indemnización estatal, de los cuales se ha decidido la indemnización en 805, con una suma a pagar ascendente a los 71.709.000 yuanes. En marzo de 2009, el Tribunal Popular Supremo, la Fiscalía Popular Suprema y otros departamentos emitieron conjuntamente Algunas Propuestas acerca del Despliegue del Trabajo de Auxilio a Damnificados en los Casos Criminales. Los tribunales populares amplían sus esferas de auxilio judicial y, en los referidos dos años, han ratificado 547.000 casos de reducción, postergación y exención del pago de gastos en pleitos.
4. Libertad de creencia religiosa: Las actividades religiosas normales están protegidas por la ley. En los dos años, la Administración Estatal de Asuntos Religiosos de la República Popular China ha publicado los Medios de Administración de los Monasterios del Budismo Tibetano, las Resoluciones acerca de la Revisión de las Normativas Detalladas de Aplicación de las Disposiciones de Administración de Actividades Religiosas de Extranjeros en el Territorio de la República Popular China, y conjuntamente con otros departamentos correspondientes emitió las Propuestas acerca de la Solución Acertada del Problema de la Seguridad Social del Personal Religioso, elaboró las Disposiciones de la Administración Estatal de Asuntos Religiosos sobre Procedimientos del Tratamiento de Casos de Reconsideración Administrativa y otros estatutos y sistemas. El Estado apoya el mejoramiento de las condiciones de las oficinas de las organizaciones religiosas nacionales y de una parte de los centros docentes religiosos. A finales de 2010, se concluyó básicamente el nuevo recinto del Instituto de Taoísmo de China y la Sociedad de Taoísmo de China. El Estado invierte fondos para apoyar actividades de peregrinación del islamismo, la construcción del Instituto de Teología y Filosofía Católicas de Sichuan, el Instituto de Teología y Filosofía del Centro-Sur y otros centros docentes religiosos y organizaciones religiosas, así como la capacitación del personal religioso. Ha invertido cerca de 600 millones de yuanes en la protección, mantenimiento y reparación de importantes templos y monasterios, entre los que destacan el Monasterio Samye-Templo Trandruk y el Monasterio Zhaxilünbo en la región autónoma del Tíbet, la Gran Mezquita Shaanxi en la ciudad de Yili y la Gran Mezquita Aitigar en la ciudad de Kashgar, región autónoma uigur de Xinjiang, etc.
5. Derecho a conocer los hechos: Se promueve activamente la publicación de asuntos gubernamentales y el derecho de los ciudadanos a conocer los hechos recibe una garantía mucho mayor y más efectiva. Sobre la base del Reglamento de Publicación de Informaciones del Gobierno y basándose en las Propuestas de la Oficina General del Consejo de Estado acerca de Algunos Problemas Referentes a la Aplicación del Reglamento de Publicación de Informaciones del Gobierno de la República Popular China, en octubre de 2010, el Consejo de Estado promulgó las Propuestas acerca del Fortalecimiento del Gobierno Regido por la Ley. Quedó básicamente conformado el sistema de publicación de asuntos gubernamentales.
Hasta finales de 2010, 75 departamentos centrales publicaron sus presupuestos, 18 provincias, regiones autónomas y municipios bajo jurisdicción central divulgaron sus presupuestos fiscales públicos y presupuestos sobre fondos de carácter gubernamental, 12 provincias, regiones autónomas y municipios bajo jurisdicción central publicaron por mes o trimestre la ejecución presupuestaria. Quedó preliminarmente establecido el sistema de servicio gubernamental de acción unida entre los niveles provincial, municipal, de distrito, cantón y aldea. Un total de 31 provincias, regiones autónomas y municipios bajo jurisdicción central han instalado 2.842 centros de servicio gubernamental (administrativo), y unos 25.000 centros de servicio al pueblo en cantón y poblado (vecindad).
En junio de 2010, el Consejo de Estado aprobó el Reglamento de Auxilio y Ayuda a Damnificados por las Calamidades Naturales que concreta estipulaciones acerca del problema de la publicación de informaciones al respecto. El Reglamento establece que cuando ocurren calamidades naturales y se implementan los planes previstos de respuesta a emergencias para el auxilio y ayuda a los damnificados por calamidades naturales, se deben publicar de forma inmediata a la sociedad las medidas de respuesta y las medidas preventivas formuladas por el gobierno; mediante la prensa, la radioemisión, la televisión e Internet se toma la iniciativa de publicar las cantidades de dinero y materiales recibidas para el auxilio y ayuda a los damnificados por las calamidades naturales, la procedencia de las donaciones en metálico y materiales, las cantidades y sus usos. El mecanismo de consejo conjunto de busca de responsabilidades sobre grandes e importantes incidentes relativos a la producción segura efectúa la supervisión, la investigación y el examen por temas especiales sobre el tratamiento de los incidentes en que se esconde información.
El sistema de divulgación informativa y el sistema de vocero informativo se perfeccionan en mayor medida. Se han establecido el sistema de vocero informativo del comité del partido comunista y el sistema de vocero informativo del gobierno a nivel de distrito. En octubre de 2010, el Comité Central del Partido Comunista de China publicó las Propuestas sobre el Establecimiento del Sistema de Vocero Informativo del Comité del Partido, promoviendo enérgicamente el fomento del establecimiento del sistema de vocero informativo en los departamentos del Comité Central correspondientes y en los comités de provincia, región autónoma y municipio bajo jurisdicción central. Actualmente, 13 departamentos del Comité Central del Partido Comunista de China, los comités del Partido en 31 provincias, regiones autónomas y municipios bajo jurisdicción central y del Cuerpo de Producción y Construcción de Xinjiang cuentan con voceros informativos. El trabajo de divulgación informativa del Comité del Partido marcha hacia la sistematización y la reglamentación. En los dos años, los diversos Ministerios y Comisiones, los diversos departamentos, así como las diversas provincias, regiones autónomas y municipios bajo jurisdicción central han celebrado 3.522 conferencias de prensa.
6. Derecho a la participación: El derecho del ciudadano a la participación está garantizado. En marzo de 2010, el Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional aprobó una resolución sobre la modificación de la Ley Electoral, definiendo elegir a diputados ante las asambleas populares según proporciones iguales de población en la ciudad y el campo. Los diputados populares poseen una representatividad más amplia. Se perfeccionan las disposiciones acerca de los organismos electorales, procedimientos electorales, etc. Se manifiesta en mejor grado la igualdad entre todos los ciudadanos, la igualdad regional y la igualdad entre etnias. En los dos años, el Comité Nacional de la Conferencia Consultiva Política del Pueblo Chino ha establecido más de 10.000 mociones, más del 90% de las cuales han recibido respuestas sobre el tratamiento; ha organizado 15 delegaciones de inspección y 30 delegaciones de exploración, proporcionando al Comité Central del Partido Comunista de China y al Consejo de Estado informes de inspección, ha recibido 27.333 informaciones sobre la situación social y opiniones populares, 75.119 cartas enviadas por las masas populares; ha convocado varias sesiones de miembros del Comité Permanente con temas políticos especiales a discutir, reuniones de consulta por temas especiales, foros y asesoramientos. Presenta activamente sugerencias y propuestas sobre medidas políticas dirigidas al desarrollo económico y social.
Se perfecciona el sistema de autonomía de las masas populares de base. En octubre de 2010, el Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional aprobó la recién revisada y definida Ley Organizativa de los Comités de Aldeanos, elevando el nivel de autonomía de los aldeanos y de administración democrática de las zonas rurales. Actualmente, en 31 provincias, regiones autónomas y municipios bajo jurisdicción central se han publicado los medios de elección del comité aldeano y en ocho de ellos se ha elaborado el Reglamento de Información de Asuntos de Aldea; alrededor del 85% de las aldeas han fundado el sistema de asamblea de aldeanos o sistema de reunión de representantes de aldeanos; más del 90% de las aldeas han fundado organismos de supervisión pública sobre los asuntos locales. El documento Propuestas acerca del Fortalecimiento y Mejoramiento del Trabajo de Construcción de los Comités de Habitantes Comunitarios Urbanos exige en términos explícitos reglamentar en mayor medida el procedimiento de elección democrática de las comunidades y ampliar establemente la cobertura de las elecciones directas de los comités de vecinos comunitarios. En 2010 se realizaron las elecciones para el comité de vecinos urbanos en todo el país.
FUENTE: http://spanish.peopledaily.com.cn/31621/7440454.html

¿Cuál fue el primer Juicio por Jurado?

¿Cuál fue el primer Juicio por Jurado? (Acabando con el mito de ser un tema Anglosajón)
Ver video en: http://www.videojug.com/expertanswer/jury-history-2/what-was-the-first-trial-by-jury
Bien nosotros no sabemos con seguridad cuando fue exactamente, pero es muy probable que éste ocurrió aproximadamente 750 A.C., en las regiones llamadas Polis, estas eran Ciudad-Estado de la Antigua Grecia. Ya desde aquellos tiempos ellos tenían jurados reales (heliaia) que participaban en los casos de juzgamiento, los cuales eran conformados por hacendados y las personas de las comunidades. Ellos se agrupaban, llegando muchas veces a sobrecargarse de labores, realizando tareas de investigación más amplias de lo que realizan los jurados de hoy en día. Ellos investigarían los problemas, los hechos, podrían salir a hablar con las personas. Pero ellos eran los jurados, y eso fue hace más de 2000 años atrás por lo cual tenemos nosotros conocimientos de que había jurados.

El sheriff más severo de los Estados Unidos

Joe Arpaio es considerado el Sheriff (comisario) más severo, mediático y controvertido de los Estados Unidos. Pero desde 1992 es elegido período tras período por los casi cuatro millones de habitantes del Condado de Maricopa, Arizona, y dentro de pocas semanas aún cumplidos los 76 años Arpaio volverá ser electo para ser el brazo de la ley en una región conflictiva del país del Norte.
No solo las declaraciones públicas del Sheriff son motivo de escándalo permanente, sino sus actitudes concretas en el terreno de cómo se vincula con el delito y los criminales lo que hacen de este abuelo un hombre del cual se habla en todo los Estados Unidos, y ni los organismos defensores de los derechos civiles han podido impedir que la población lo elija en forma reiterativa como su jefe de policía preferido.
Cuando hace unos años Arizona estaba por invertir decenas de millones de dólares en un moderno complejo carcelario (los que habían hasta entonces eran insuficientes para alojar delincuentes), Joe Arpaio creó un sistema de carpas que actualmente sirven para alojar a miles de reclusos y por las características de fácil construcción se pueden agrandar permanentemente.
Claro, el Sheriff le hace ahorrar mucho dinero a los contribuyentes y aparte les rinde cuenta de sus polémicas nuevas medidas, y la gente lo sigue eligiendo.
Pero hay más. Arpaio consignó una serie de prohibiciones como ser el tabaco, las revistas pornográficas y lo más polémico, retiró de los gimnasios carcelarios los aparatos de musculación y levantamiento de pesas, y lo justificó con estos términos: “Esta gente está en la cárcel para pagar una deuda con la sociedad, no para criar músculos y asaltar a gente inocente cuando dejen la prisión”.
En otras de sus decisiones polémicas, el Sheriff cortó el servicio de televisión por cable a los presos, hasta que por una resolución de la Corte Federal que obliga a prestar dicho servicio lo hizo retroceder... pero no tanto. Arpaio volvió a brindar televisión por cable pero solo en dos canales: el de Disney y el del Servicio Meteorológico. Cuando tuvo que explicar a la población el porqué de sus controversiales decisiones (entre ellas, la gastronomía carcelaria cortó el café argumentando ser cero nutricional y constituir un derroche de dinero innecesario para el contribuyente), el Sheriff declaró: “Esto es la cárcel, no es el Hotel Ritz Carlton. Si no les gusta, no vuelvan”.
Ciertas costumbres de humillación que utiliza el sistema carcelario impuesto por Arpaio son reprobadas por los organismos que defienden los derechos civiles, pero aprobados por la población, quien en definitiva lo elige permanentemente.
La agencia Associated Press escribió un informe donde se consignaba lo siguiente: (...) Las temperaturas de Phoenix fueron más altas que de costumbre, con 43 grados aproximadamente 2000 internos alojados en un campamento rodeado por alambres de púas fueron autorizados a despojarse de sus ropas y quedar vestidos únicamente con sus calzoncillos de color rosado provistos por el gobierno...”.
Esto es el infierno, es inhumano, estamos dentro de un horno” se quejó a la agencia de noticias un preso, Ernesto González, con varios años de condena por cumplir.
El Sheriff dio su versión a los periodistas que le entrevistaron: “Los criminales deben ser castigados por sus delitos, no vivir a todo lujo hasta que les llegue la libertad condicional, solo para que salgan a cometer más crímenes y volver para vivir a costa del contribuyente y disfrutar de cosas que los contribuyentes quizás no puedan afrontar para sí...”, afirmó muy suelto de cuerpo y seguro que la reacción de los cuatro millones de personas que dependen su seguridad de sus particularidades le seguirán apoyando.
Y a quienes se quejaban por las altísimas temperaturas que soportan los reclusos, les apuntó: “(...) en Irak nuestros soldados viven también en carpas, caminan todo el día cargados con sus pertrechos de guerra, encima les disparan y ellos no han cometido ningún crimen... de modo que cállense la boca”.
En América Latina algunas voces piden que sea la población –y no los partidos políticos- quien proponga a quienes serán sus jefes policiales. Si ese momento llegase (algo improbable por ahora), habrá que ver cómo reacciona la comunidad cuando personajes estilo del Sheriff Joe Arpaio realicen campañas proselitistas fundados en lo que él polémico policía llama trato duro pero compasivo. ¿Usted votaría por éste sheriff?

Defienden implementación de juicios por jurados

“El jurado tiene legitimación democrática popular que los jueces no tienen”.
Así lo afirmó el abogado penalista Oscar Pandolfi, quien participa de las jornadas de debate por la reforma del Código Procesal Penal de Río Negro, que se realizan en Bariloche. Mañana habrá un simulacro de un juicio que tendrá como jurados a ciudadanos que fueron seleccionados para analizar un caso real.
Mas información haciendo doble click en el titular o en:
http://www.elciudadanobche.com.ar/interior.php?accion=ver_nota&id_nota=21654

La LEY y el ORDEN

SITIO RECOMENDADO: En donde se aprecia como funciona el sistema de justicia orientado hacia el jurado en sus versiones de: Unidad de Victimas Especiales (UVE), Intento Criminal (CI-Criminal Intent), Reino Unido (UK), Juicio por Jurados (Trial by Jury), Los Angeles.
Serie que se enfoca en un grupo de detectives de una de las unidades especiales de la policía de la ciudad de New York específicamente en Manhattan. Entre los casos que investigan esta élite de la policía son asesinatos sexuales como ultraje y pedofilia, homicidios pasionales y secuestros. Generalmente los detectives casi siempre tienen pocos indicios, pistas y al tratar con todo tipo de degenerados y asesinos despiadados se meten en problemas muy serios. En cada episodio se presentan casos muy distintos y extremadamente complicados entre sí lo que obliga al espectador a ver el episodio completo pues muchas veces la historia al final cambia y dá un giro muy diferente al final que se esperaba. Cada uno de los detectives tiene una personalidad distinta y la serie también aborda parte de sus vidas personales y se puede observar como cada personalidad puede influenciar a la hora de tomar una decisión importante en el caso que se presente. Casi siempre el sospechoso del delito es detenido y llevado a juicio.
http://www.youtube.com/watch?v=utecqgb7E94&

El jurado: 15 años de su incorporación a la Justicia Española

Por: Agustín- Jesús Pérez-Cruz Martín
El pasado 23 de noviembre de 2010 se cumplieron 15 años desde la incorporación del tribunal del jurado a la organización judicial española. Aunque podría decirse reincorporación, pues, el jurado, con múltiples vaivenes, estuvo presente en España, a nivel constitucional y legal, desde el siglo XVIII hasta el inicio de la Guerra Civil. (Con ésto descartamos de plano que la Institución del jurado sea una institución eminentemente anglosajona).
Tras más de 16 años de vigencia de la Constitución y, singularmente, conforme a lo dispuesto en su artículo 125, que prescribe la participación popular de los ciudadanos en la Administración de Justicia en la forma y en los procesos penales que la ley determine...
Nota: Para continuar información siga el enlace.

Audiencia Regional organizada por El Comercio

Y de justicia habló Iván Fernández Paz, del Proyecto Jurados-Asociación Civil Promoviendo Desarrollo: “Un ciudadano de primera categoría no es aquel que vota o paga impuestos, sino aquel que juzga. En este momento estamos haciendo de jurado”.
Sostuvo que el Perú tiene uno de los poderes judiciales más corruptos del mundo y el de Lambayeque ocupa el primer lugar en la lista negra.
Comentó que el pueblo elige a sus representantes en los poderes Ejecutivo y Legislativo más no en el Judicial. Su propuesta es que los ciudadanos puedan participar en su elección también.
Tags : Lambayeque, Audiencias Regionales de El Comercio,
http://elcomercio.pe/peru/720309/noticia-pobladores-reclaman-mas-atencion-al-desarrollo-turistico-lambayeque

El Jurado: Un Ideal Hecho Realidad

¿Qué se puede esperar de un ciudadano como Jurado?
A menudo, desconfiamos que una sola persona (Juez) pueda determinar el destino de un individuo; en lugar de ello, confiamos en la comunidad para tomar la decisión correcta. Este es nuestro ideal democrático –es así como se imparte verdadera justicia devenida del pueblo, por el pueblo y para el pueblo -, ejerciendo la Democracia a diario en los tribunales por miles de ciudadanos en función de jurados en todo el país. La mayoría de los miembros integrantes del jurado consideran interesantes, educativas, y un honor desempeñar un papel importantísimo en la justa Administración de Justicia, el ciudadano fortalece sus deberes democráticos y realiza una función sumamente importante dentro del sistema Jurídico. “El jurado es un ideal hecho realidad que resuelve los problemas complejos de la justicia, respetando los derechos y corrigiendo errores que tienen las leyes”.
En el vídeo adjunto de orientación a miembros del jurado, titulado "EL JURADO: Un Ideal Hecho Realidad", nos muestra situaciones típicas ocurridas en la corte, teniendo como propósito el ayudarle a aprender más sobre el servicio de jurado y su importante papel en el ordenamiento jurídico y la estabilidad de un Estado.
Bienvenido al Centro de Información de Recursos del Jurado.
Desde 1998, la Oficina Administrativa de los Juzgados y tribunales superiores, se han unido para hacer de su conocimiento a millones de ciudadanos, como responder al llamado de servicio a sus comunidades y hacer que los ideales fundamentales de Justicia, Libertad y Democracia sean una realidad.
EL JURADO: Institución que lamentablemente es desconocida en su verdadera magnitud en America Latina; aquí un instructivo más incluido en nuestro constante proceso de concientización. Traducción de: Iván G. Fernández Paz, Director del PROYECTO JURADOS, PROJURADOS - PERÚ.
Vea el video adjunto en FORMATO MÁS AMPLIADO haciendo “click” en la siguiente dirección:

12 JURADOS si, 2 JUECES CIUDADANOS una mentira más


Iván G. Fernández Paz
 Por: Iván G. Fernández Paz (*)
Nos embargó la emoción al ser anunciado  un real cambio en la administración de justicia haciendo participe al ciudadano, calmado el buen animo  seguimos con el análisis del proyecto de Ley enviada por el Ejecutivo, perfil entregado por nuestra institución en Agosto del 2006 (tenemos las pruebas), la desilusión fue grande al encontrar nuevas “tretas inventadas” para dar a la mentira apariencia de verdad, denominándole Jueces Ciudadanos (JC) que es la participación de dos (2) profesionales legos en derecho en nuestra decadente justicia. No queda más que augurarle su fracaso por los motivos a ser expuestos.
Este nuevo engendro, a futuro nos demostrará que nuestra nación no esta para copia de inventos “reinventados”, se hace referencia que organismos similares funciona en el área andina siendo tal apreciación falsa por que en la referida Venezuela existe un jurado escabinado de doce (12) ciudadanos mas un juez, y en Bolivia son once (11) representantes del pueblo, es propicio también advertir que son experiencias nefastas que no han funcionado, por que, el jurado ha sido distorsionado en su esencia con infiltración política o de intereses mezquinos. No ha sido así en donde el Jurado tal cual el sistema inglés se ha impuesto, como es el caso de Argentina (que en leyes casi todo le copiamos), Panamá, Colombia y Brasil en donde si funciona bien.
Los Jueces Ciudadanos serán elegidos por dos años interviniendo en tres casos anualmente, que pasará cuando su veredicto sea antagónico generándose un empate, como siempre será el juez el que tenga el poder dirimente al final, imponiendo su veredicto, en el caso de doce (12) Jurados un juicio se gana con nueve (9) votos, siendo tres cuartos un numero contundente y respetable de la opinión de la mayoría.
Malos pensamientos ciudadanos imaginarán que existe una “sana intención” de democratizar la coima judicial, teniendo en cuenta que los justiciables van a ir a visitar a los Jueces Ciudadanos a sus casas para solucionar extrajudicialmente sus litigios, pues de poco les servirá, debido a que como siempre la ultima palabra estará en la segunda instancia o superior que ha quedado tal cual es, con las siempre reconocidas vocalías, es ahí donde siempre se termina recurriendo a pedir una “ayudita”. El Juicio por Jurados es algo así como una segunda instancia (no existen los vocales) y éstos sólo van a un determinado juicio manteniéndose en reserva la identidad y domicilio de sus integrantes por causas obvias.
Jueces Ciudadanos serán hábiles sólo en procesos penales; en los Jurados se amplia a casos civiles haciendo empatía especialmente en aquellos juicios de responsabilidad extracontractual, que bien podrían acabar con los perjuicios de ciertas empresas de servicio que abusan de cobros indebidos y terminan amparándose en una elemental conciliación cuando el abuso continúa en los meses sucesivos. Se pude mencionar aquellos casos judiciales polémicos que llegan a nuestros oídos, en donde un simple –pobre y abusado- ciudadano le gana un juicio a una súper corporación, pues eso sólo pasa en lugares donde el juicio por jurados es una realidad, aquí como es obvio ni en sueños sucede. Y como se quedará en los casos de la administración pública en los que resulte acusado un funcionario o ex funcionario público y hasta en donde pueden caer los mismos Jueces Ciudadanos si llegaran a coludirse o corromperse en un juicio.
Quien nos garantiza que, el sistema informático “inteligentemente dirigido” por el Estado el cual seleccionará a estos dos ciudadanos, solo se dedique a escoger a los partidarios de gobierno, recordemos que ellos actualmente copan todas las instancias de la administración de justicia y la nueva idea se resuma en “avisar a los compañeros desempleados que ya les conseguimos una chambita que durara dos años”. En contraposición y según elemental diccionario el Jurado es un Tribunal no profesional ni permanente, ante una posibilidad de ser aplicado en nuestro país los gobiernos Regionales son quienes deberán manejar el listado informático de los posibles jurados.
Se incluirán “profesionales” no juristas, como si ser “profesional” garantiza idoneidad en nuestro país, nótese que nuestro sistema de justicia está plagado de profesionales entre los cuales hay doctores, magisters, PHD, pero la justicia no funciona. En contraposición el Jurado que es un ciudadano sin importar el grado de instrucción pero honorable impartirá justicia sobre la base de su criterio y sentido común, sabiendo diferenciar entre lo bueno y lo malo, siendo ésta la razón por la que no se exige un grado elevado de instrucción, incluyendo así a todo el pueblo pues es la oportunidad de hacer a un ignorante pero respetable poblador un ciudadano de primera, el estado lo capacitará y no sólo lo orientará a establecer justicia, al mismo tiempo le reforzará el civismo, inculcará valores y virtudes, restaurará deberes y derechos, le cultivará educación, cultura y conocimientos, etc con el simple propósito de que lleve a su hogar y su entorno un efecto multiplicador de advertencia de que la justicia si funciona y pude hacer pensar a los delincuentes de su barrio que la justicia que nace del pueblo es infalible haciéndolos pensar mas de dos veces antes de delinquir.
Se hace imprescindible que las personas conozcan que el Tribunal de Jurados no es un tema de abogados o jurisconsultos, pues, si así fuese, ellos ya lo hubiesen hecho, pero muy por el contrario son ellos los que permanentemente se oponen a que ésta milenaria institución democrática sea instaurada en nuestro país bajo el anormal concepto del no estar preparados, cuando en realidad son ellos los que se deben de preparar para este inevitable cambio que la globalización en cierta manera nos trae basado en el Common Law –ley comun- que no es y nunca ha sido producto de los juristas, si no del pueblo, para ser entendido por la gente común, ignorante, humilde pero honorable, la abogacía y la judicatura inglesa trabajaron juntas para que, como lo expresó el jurista ingles Maitland, “El derecho no sea demasiado fino para el uso tan corriente”.
No obstante, aun cuando el poder ejecutivo tiene desde hace buen tiempo los lineamientos para un verdadero Tribunal de Jurados entregado por la institución lambayecana que fundamenta el tema de Juicios por Tribunales de Jurados, existe la mezquindad de orientar un tema propio del pueblo a pseudos expertos en materias de justicia que solo saben de leyes.
¿Imposible Jurados?, significa que los mediocres no han encontrado respuesta; los problemas de nuestra justicia si tienen solución e instaurar el Juicio por Jurados en nuestra nación, implicará cambios radicales en las estructuras de nuestra sociedad, con resultados netamente favorables y en el cual usted como ciudadano tiene todo el deber y derecho de participar. Dejamos por notificado a usted amigo lector lo que expresa el titular, Jurados si, pero Jueces Ciudadanos es una mentira mas para el pueblo.
(*) ANALISTA –
Director del: PROYECTO JURADOS (PRO-JURADOS)
Asociación Civil Promoviendo Desarrollo

Los Juicios: en el Cine y la TV

En la dirección adjunta de internet, encontrará gran diversidad de películas de cine referidas a juicios en donde la participación de los abogados se orienta a convencer al JURADO con argumentos y pruebas fehacientes, dejando de lado la argucia argumentativa (objeción), o el dramatismo histriónico (no ha lugar), por cuanto para eso está el Juez quien como director absoluto del debate en el Juicio  no permitirá en absoluto que alguno de los abogados, fiscales o peritos manipule al jurado.
http://peliculasdeabogados.blogspot.com/2010/03/juicios-por-jurados-en-estados-unidos.html

Inician primer Juicio por Jurado en Japón

Tokio.- Japón (3Ago09) inició hoy el primer juicio con jurado popular como parte de las modificaciones a su sistema judicial que busca hacer más entendible a sus ciudadanos las decisiones en materia de justicia.
El primer juicio con jurado popular en Japón comenzó hoy en un tribunal de Tokio, con el caso del japonés Katsuyoshi Fujii, de 72 años acusado de asesinar a su vecina surcoreana tras una pelea.

Esta mañana se eligió a los miembros del jurado y sus suplentes de entre 47 ciudadanos que se sometieron a las pruebas de selección en el tribunal del distrito de Tokio, según la agencia local Kyodo.

Esa aceptación de culpabilidad hace que el jurado deba centrarse en la pena que recibirá, indicó un despacho de la agencia Kyodo.

Esta modalidad fue propuesta en 2001 con el propósito de profundizar entre los japoneses la comprensión y el apoyo a su sistema de justicia. En el sistema legal entró en vigor el pasado mayo, aunque hasta hoy no se había puesto en marcha en la práctica. Es de tener en cuenta que Japón ya tuvo instaurado el sistema de Jurado popular entre 1928 y 1943 y con la segunda guerra mundial fue suspendido.

Se trata de un sistema controvertido en Japón, un país caracterizado por una mayoría de sentencias condenatorias, y con el que se pretende hacer más partícipes a los ciudadanos del funcionamiento de la justicia.

Se espera que durante el juicio, que finalizará este jueves, el acusado admita haber apuñalado a su vecina surcoreana de 66 años, tras haber discutido con ella sobre dónde debía ser aparcada una motocicleta que pertenecía a su familia.

La selección del jurado, tuvo lugar esta mañana mediante varias entrevistas y cuestionarios para descartar a los candidatos que hayan tenido alguna conexión con la víctima o el acusado, o a los que el Tribunal considere que pueden establecer fallos "injustos".

Tanto la defensa como la acusación pueden además solicitar que se prescinda de hasta cuatro miembros del jurado popular, sin aludir a ninguna razón concreta, si consideran que resultan inapropiados.

El jurado contará con la ayuda de varios expertos en el campo legal que les ayudarán a comprender los términos más técnicos que se utilicen durante los juicios.

A la vez, la Oficina del Fiscal del Tribunal del Distrito de Tokio se comprometió hoy a garantizar que los jurados populares puedan seguir fácilmente los procesos legales y a demostrar "sus argumentos de manera comprensible", dijeron hoy en un comunicado.

La nueva ley establece además una pena máxima de seis meses de prisión o 500.000 yenes (3.703 euros) de multa para aquellos miembros del jurado que filtren información sobre las deliberaciones a puerta cerrada durante el caso.

El jurado popular debe respetar además una obligación de secreto sobre dichas deliberaciones de por vida. Tal obligación de mantener en secreto de por vida las deliberaciones a puertas cerradas, ha sido criticada por considerarse demasiado estricta, en contraste con lo que pasa en Estados Unidos, donde los jurados pueden referirse al caso una vez terminado.

ESTENOGRAFO: ESCRIBIENDO juicios ORALES

Estenografía, Dactilomecanografía, taquigrafía sistematizada -
Aún cuando el Juicio sea eminentemente ORAL, éste "bendito" aparatito -muy antiguo por cierto- sirve para transcribir todo, (repito) todo lo que sucede en un juicio o audiencia por más oral que ésta sea.
En Perú, se encuentra en etapa de transición del juicio eminentemente escrito al oral, pero, a algún "iluminado funcionario" se le metió en la cabeza que el juico oral NO se ESCRIBE (craso error), en tal sentido y en orientación de aclarar situaciones como la mencionada, es propicio mencionar que, las audiencias judiciales no sólo se TRANSCRIBEN con ESTENOGRAFO, también se GRABAN las voces DIGITALMENTE y se incluyen varias VIDEOCAMARAS para FILMAR todo lo que acontece desde diversos ángulos. Así que por favor corrijan su “reinvento de la oralidad”.
Téngamos en cuenta que, los peruanos somos unos sibaritas -por lo tanto sumamente expertos- cuando de bebidas y platos culinarios se trata, pero cuando el pensamiento se orienta a aspectos o asuntos sociales somos malos copiando mucho peor inventando.

Breve reseña: La taquigrafía o estenografía es todo aquel sistema de escritura rápido y conciso que permite transcribir un discurso a la misma velocidad a la que se habla. Para ello se suelen emplear trazos breves, abreviaturas y caracteres especiales para representar letras, palabras e incluso frases.
Generalmente la escritura taquigráfica omite partes de los textos y un texto recogido por un taquígrafo no puede ser entendido fácilmente por otro que no haya escuchado previamente el texto original. Por tanto, los taquígrafos deben escribir posteriormente el texto taquigráfico en la escritura habitual.
El aprendizaje de la taquigrafía es relativamente fácil, pero su uso rápido requiere mucha práctica.
Historia de la taquigrafía: Los orígenes de la taquigrafía se remontan a la época del historiador griego Jenofonte, que se valió de esta técnica para transcribir la vida de Sócrates.
La taquigrafía, de las voces griegas 'taxos' (celeridad, rapidez) y 'grafos' (escritura), se vale de signos más sencillos que los de la escritura corriente para escribir tan deprisa como se habla. La usaron los fenicios y griegos, y en Roma desde la época de Cicerón, según Plutarco. En Roma se llamó “notae tironianae”, pues la usó y perfeccionó Tirón, esclavo (y luego liberto) de Cicerón, desde aproximadamente el 70 A.C. Un sistema parecido al de Tirón parece atribuírsele a Mecenas
Posteriormente, se ha restablecido en la Edad Moderna. Comenzó de nuevo en Inglaterra, año 1588 por Bright. Siguió por Francia, Holanda, Alemania desde el siglo XVII. Llegó a Italia en el siglo XVIII y a España en 1800. El verdadero inventor de la taquigrafía española es el valenciano Francisco Martí, en 1802. Su sistema se considera como el más perfecto de los conocidos hasta el siglo XIX.
El término fue utilizado por primera vez por Shelton en 1641, luego por Coulon de Thévenot en 1776 y finalmente adoptado por Martí. El inglés John Willis, inventor del primer sistema geométrico, la había denominado estenografía en 1602.
Usos de la taquigrafía: La taquigrafía es empleada comúnmente en los juicios, en cuyo caso se hace uso de taquígrafos o estenógrafos para plasmar por escrito lo hablado. También es utilizado por secretarias y ayudantes de administración para apuntar las notas, cartas, recados y pedidos que reciben. Aunque teóricamente es una herramienta muy útil para un estudiante cuando se asiste a clases para tomar apuntes, no lo suelen utilizar.
Asimismo su uso es común para registrar los debates parlamentarios, y para la transmisión en directo de programas de televisión que requieren subtitulaje, por ejemplo, con el sistema Closed Caption (CC)
Diversos estilos estenográficos, entre otros estilos, aunque hay varios mas, se destacan:
- Taquigrafía Gregg: El irlandés John Robert Gregg publicó en Liverpool "Light Line Phonography" (Fonografía de escritura sencilla) en 1888, cuando apenas tenía veinte años. Fue enjuiciado por plagio por Thomas Malone, un antiguo compañero de estudios, y su libro no pudo ser vendido en Inglaterra. Por ese motivo en 1893 viajó a Estados Unidos, donde pudo difundir su sistema y logró gran resonancia.
El Sistema Gregg está basado en la elipse, siguiendo la inclinación de la escritura corriente. Las vocales se escriben en su orden natural, no diferenciando los signos por el grosor o la posición sino solamente por los diferentes tamaños. La escritura es esencialmente horizontal.
La velocidad máxima alcanzada con este sistema es de 240 palabras por minuto.
- Taquigrafía Pitman: A diferencia de la taquigrafía Gregg, el estilo Pitman utiliza los renglones de una hoja; esto significa que la posición de los símbolos es importante en relación a las horizontales de la tableta de escritura. Pitman emplea un conjunto de símbolos distintos a Gregg.
La velocidad máxima alcanzada con este método es de 350 palabras por minuto (durante dos minutos), por Nathan Behrin en 1922 (según el libro Guinness de los Records).
- Taquigrafía Teeline: Teeline es una taquigrafía aceptada por el NCTJ, una asociación de periodistas del Reino Unido. Fue desarrollado en 1970 por James Hill, un profesor de Taquigrafía Pitman, y básicamente consiste en eliminar las letras innecesarias y hacer las letras de manera que sean más rápidas de escribir. Las vocales son por norma general eliminadas cuando no están al inicio o al final de la palabra, y las letras mudas también son ignoradas. Los prefijos, sufijos y letras "pares" (como "pr" o "bl a un simple símbolo. Los símbolos derivan de las letras del alfabeto occidental, eliminando las partes más innecesarias.
El Teeline difiere de Pitman y Gregg en que Teeline es un sistema alfabético, en cambio Pitman y Gregg son fonéticos. Por tanto Teeline es mucho más fácil de aprender, pero no es tan rápido como los sistemas fonéticos.
Teeline se parece mucho a los "graffitis" utilizado con el lápiz de las agendas electrónicas tipo Palm. La velocidad a que se puede llegar es de 140 palabras por minuto.
Aparatos estenográficos
La historia del Estenógrafo se remonta a mediados del siglo XIX. En los tiempos de grandes inventores norteamericanos, cuando justamente fruto de la utilización práctica de los avances científicos y tecnológicos, se construyeron las grandes fortunas de quienes encarnaron el "sueño americano".
Entre 1868 y la mitad de la década de los 40, en este siglo, 36 inventores intervinieron en el desarrollo de esta máquina capaz de reemplazar a la taquigrafía manual con excelentes resultados.
Hubo tres inventos bastantes parecidos en Francia, Japón y la entonces Unión Soviética: allí fueron creadas la Palantype, la Sokutaipu y la CTM-2, sin embargo la patente de la primera versión había sido concedida en 1879 a Miles M. Bartholomew, en el estado de Illinois, U.S.A.
En 1885, George Core Anderson fue el primero en conseguir un mecanismo capaz de escribir una palabra con una sola pulsación.
El momento decisivo, en todo caso, fue la participación de Ward Store Ireland, hombre de tenacidad y capacidad creativa, comparable a la de Thomas Alba Edison, quien consiguió el mayor rendimiento con un mínimo de pulsaciones, lo que patentó en 1910.
El paso siguiente fue construir una compañía, Universal Stenotype, donde un grupo de 30 profesores se reunieron en la fábrica para recibir instrucción sobre los principios de la Estenografía y el funcionamiento de los estenógrafos en forma directa del fundador de la compañía, Ward Store Irlanda.
A comienzos de 1913 se entrenó a un grupo de estenotipistas para competir en el concurso de velocidad de la Asociación Nacional de Taquígrafos. La compañía de Irlanda participó con un equipo compuesto por nueve estudiantes de 15 a 19 años, que compartieron con otros 30 taquígrafos, logrando todos los premios con velocidad sorprendente: 150 a 260 palabras por minuto.
¿Qué sucede en la actualidad?
En la actualidad, la interacción del estenógrafo y computadora ha agregado un elemento que añade productividad a la ya eficiente estenografía, hasta conseguir traducción directa. Este nivel de eficiencia ha motivado a la mayoría de los parlamentos y tribunales europeos a disponer de esta herramienta para sus actividades.
Los estenógrafos computarizados actuales hacen posible la trascripción de las palabras en tiempo real.
Es hoy indispensable en las transcripciones de los juicios orales, declaración de testigos, arbitrajes, discusión de las leyes, conferencias, seminarios, reuniones y muchas situaciones más.
FUENTE: http://www.taringa.net/posts/info/912710/Estenografia-o-Taquigrafia.html

BOLIVIA:Miembros de Prensa dan primer paso a vigencia del Tribunal de Imprenta

Fuente: http://www.elmundo.com.bo/Secundarianew.asp?edicion=19/10/2010&Tipo=Politica&Cod=10546
Por: Maricruz Mendoza Ugarte - Santa Cruz - BOLIVIA  (Martes, 19 de Octubre 2010)
Tal como lo habían anunciado: la lucha continúa. Los trabajadores de la Prensa no han ‘bajado los brazos’ y como lo manifestaron el domingo pasado en la gran concentración que realizaron en la plaza 24 de Septiembre, continúan movilizándose para lograr que los artículos 16 y 23 de la Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación sean derogados y además, defender ‘a capa y espada’ la vigencia de la Ley de Imprenta. En esta última ley, que rige desde el 19 de enero de 1925, se establece que los Concejos o Juntas municipales tienen la potestad de conformar los Tribunales de Imprenta, compuestos por 40 ciudadanos notables en ciudad capital y 20 en las provincias.
Para tal efecto, es que representantes de la Federación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Santa Cruz, encabezados por su secretario ejecutivo, Roberto Carlos Hurtado, visitaron la mañana de ayer el Concejo Municipal solicitando una audiencia pública para fundamentar la creación del Jurado de Imprenta como una forma de regular el trabajo periodístico. Éstos fueron recibidos por la Presidenta del Concejo, Desirée Bravo y por el concejal Manuel Saavedra.
Bravo manifestó que existe la Ordenanza 343/2003 que establece la conformación del Tribunal de Imprenta en base a 40 ciudadanos notables. Y que en caso de haber algún impedimento, el Concejo Municipal tiene la facultad para proponer nombres y definir las acefalías en un plazo de 15 días hábiles. “Deseamos que el Gobierno escuche a todos los bolivianos que sienten que la libertad de expresión está amenazada. La ley dice que los concejos en todo el país deben crear esos tribunales que deberán formarse con ciudadanos meritorios y no por funcionarios o políticos”, puntualizó.
La solicitud fue derivada a la Comisión de Educación, Cultura y Deportes que preside el concejal Manuel Saavedra, quien ratificó su apoyo a todas las iniciativas en defensa de la libertad de expresión como las que encabeza la Prensa. Asimismo, aseguró que el modo de luchar contra la discriminación desde la Alcaldía es hacer obras y brindar servicios para todos por igual. “Estamos listos para impulsar un Tribunal de Imprenta que garantice la libertad de Prensa y un funcionamiento ético del Periodismo. Esperamos escuchar los argumentos de los periodistas hasta el jueves en audiencia pública”, aseveró.
“El Tribunal tendrÁ que cuidar que no ‘metamos la pata’”
En la reunión con los ediles, Roberto Carlos Hurtado expresó que los comunicadores ven con preocupación la promulgación de la Ley de lucha contra el Racismo y toda forma de Discriminación, principalmente en sus artículos 16 y 23, que vulneran el derecho a la libertad de expresión. “Solicitamos audiencia pública para darles a conocer nuestra preocupación sobre el tema y fundamentar la creación del Jurado de Imprenta, como una forma de regular el trabajo periodístico, el mismo que se encuentra estipulado dentro de la Ley de Imprenta”, enfatizó Hurtado, a tiempo de argumentar que la conformación del referido Tribunal es de gran importancia sobre todo para la ciudadanía que se siente afectada en sus derechos, “este Tribunal tendrá que evaluar si se ha cometido delito en materia de Imprenta, queremos que este jurado también tenga otro rol, que sea más educativo y que no sea sólo coercitivo. Tendrá que cuidar que los ciudadanos no ‘metamos la pata’, porque la libertad de expresión también tiene un límite”, reconoció.
(...)
Por algo se empieza al poner la justicia en manos ciudadanas. ¡Desos de Buena suerte y adelante! (IFP)

En línea Videos de orientación a jurados

En línea Videos de orientación a jurados (aún en Inglés, estamos en el largo proceso de traducción para el mundo hispanohablante). Varios circuitos judiciales (USA) han hecho sus videos de orientación a jurados disponible en línea. Los videos varían de su calidad técnica y la manera que ellos presentan su mensaje. Este listado puede ser particularmente útil para América Latina, en búsqueda del constante proceso de concientización que el PROYECTO JURADOS- PERÚ tiene como finalidad, el propósito está en que la idea sea conocida por los ciudadanos legos posibles futuros jurados. Atentamente: Iván G. Fernández Paz – Director PJ2 projurados@hotmail.com
- All Rise: Jury Service in Minnesota. Minnesota Judicial Branch.
http://www.mncourts.gov/?page=1948
- Called to Serve. U.S. District Court, Western District of Washington.
http://www.wawd.uscourts.gov/JuryService/JurorOrientationVideo-CalledtoServe.htm
- Ideals Made Real. Judicial Council of California.
http://www.courtinfo.ca.gov/jury/
- Indiana Jury Service: Duty, Privilege, Honor. Indiana Courts.
http://www.youtube.com/watch?v=mMfGzSDM90I&feature=player_embedded
http://www.in.gov/judiciary/juryduty/docs/orientation-transcript.pdf (transcript of video)
- Juror Orientation Video. Hawaii State Judiciary.
http://www.courts.state.hi.us/general_information/jury/juror_orientation_video.html
- Juror Informational Video. Cobb County, Georgia.
http://www.cobbcounty.org/juror/
- Juror Orientation Video. New York State Unified Court System.
http://www.nyjuror.gov/general-information/juror-orientation-video.php
- Jury Orientation Video. Cuyahoga County (Ohio) Common Pleas Court.
http://cp.cuyahogacounty.us/internet/jurybroadband.aspx
- Jury Orientation Video. Ninth Judicial Circuit Court of Florida.
http://www.ninthcircuit.org/jurors/jury-service-orange.shtml#orientation
- Jury Duty. Bucks County, Ohio.
http://www.buckscounty.org/courts/CourtInfo/JuryDuty/JuryVid.aspx
- Jury Duty. Arizona.
http://supreme.state.az.us/nav2/index2.htm
- Jury Service: A Privilege and a Responsibility. Florida State Courts.
http://www.flcourts.org/gen_public/jury/index.shtml
- Jury Service in Idaho. Idaho State Judiciary.
http://www.isc.idaho.gov/material.htm
- Jury Service in Wisconsin. Wisconsin Court System.
http://www.wicourts.gov/services/juror/docs/videoscript.pdf (transcript of video)
- Jury Services Orange County. Under the Direction of Court Administration.
http://www.ninja9.org/courtadmin/jury/Orange.htm
- Juror Orientation Video. Metropolitan Nashville and Davidson County.
http://juryduty.nashville.gov/portal/page/portal/juryDuty/video/
- Juror Orientation Video. Multnomah County Circuit Court.
http://courts.oregon.gov/Multnomah/General_Info/Jury_Service/Juror_Orientation_Video.page
- Juror Orientation Video. The North Carolina Court System.
http://www.nccourts.org/County/Mecklenburg/Jury/Orientation.asp
Jury Orientation Videos - Available in the NCSC Library
Arkansas Jury Orientation. Little Rock, AR: The Arkansas Administrative Office of the Courts, 2005.
Grand Jury Orientation Film: Protect and Uphold. State of New York Unified Court System, 2002.
Indiana Jury Service - Duty, Privilege, Honor. 2003.
Inside the Jury. CBS News, 2000.
Juror Orientation Video. Columbus, OH: Columbus Bar Association, Franklin County Court System, 2001.
Jury Introduction. Hancock County (Ohio) Court of Common Pleas, 2005. (DVD)
Jury Service in America: The History and the People. Texas Young Lawyers, 1992.
Justice by Jury: Orientation Tape for Jurors. L.A. County superior Court, 1995.
Order in the Classroom. State Justice Institute, 1998.
You The Juror. Chicago Bar Association, Young Lawyers Section, 1997.

PENA DE MUERTE. Como Jurado sólo usted decide.

Por: Iván G. Fernández Paz (*)
Desde tiempos inmemoriales, la pena capital siempre ha sido un tema de amplio debate e interminable discusión; hoy, en su renovado ciclo, la polémica se vuelve incontenible para dilucidar su eventual aceptación o total rechazo. El presente opúsculo, cumple con el  propósito de apelar al sentido común del lector, incrementando conceptos con el propósito de ampliar su visión; total, al final de todo, es usted quien podría decidir.
Resulta cierto que la pena capital es difícil de ser aceptada, a su vez, es irónico conocer que en varias de las grandes Naciones ésta es una opción viable, en especial si nos referimos a Estados Unidos, se puede mencionar que, de 50 Estados de la Unión casi 40 aplican la pena de muerte, Estados como Texas y California donde fue abolida en Junio de 1972 (caso Furman VS Georgia), luego se reinstauró en 1976 (caso Gregg VS Georgia), al ser considerada un medio efectivo de disuasión (recordemos que el lejano y salvaje Oeste dejo de ser salvaje gracias a la horca), argumentando serios motivos de ser “un mal necesario”  la ciudadanía la acepta, tal y como se refleja en la paradójica frase mencionada por Bush (siendo gobernador de Texas) el cual, ante tal dilema mencionó: “Apoyo la pena de muerte porque creo que es una medida que ayuda a salvar vidas”; o incluir  argumentos científicos como los realizados por el Premio Nobel de Economía, Dr. Isaac Ehrlich eminente catedrático de la Universidad de Búfalo (1975), cuyos resultados de investigación señalaron, “por cada pena de muerte ejecutada se evitó la muerte de ocho inocentes”, (otros elevan esa cifra a 50 vidas); valida otra opinión de Fidel Castro quién argumentaba, “Prefiero matar 10 delincuentes, que permitir que estos maten a 100 inocentes”.
La pena de muerte ante todo, debe ser discutida luego de comparar las abismales diferencias entre los sistemas de justicia como el nuestro -romanístico continental-donde la justicia es “propiedad” de los jueces, ante el sistema Anglosajón donde la Justicia emana del pueblo siendo ésta más justa (valga el pleonasmo), en ésta ciudadanos comunes emiten veredictos de justicia conformando Tribunales de Jurados, institución que hoy en día cada vez más países lo acogen (Brasil 2003, Bolivia, Argentina 2004, Panamá 2005, España 1997, China 1999, Korea del Sur 2006, Japón 2008), como la alternativa más eficiente de administrar justicia.
Ergo, resulta razonable el conceptuar, que la pena capital sigue siendo un tema que institucionalmente, trastoca, conmueve, altera, conmociona, a su vez es profunda conciencia y convicción humana; ésta no puede, ni debe descansar en el fallo del Juez unipersonal propio de nuestro sistema de justicia por cuanto resulta ser onerosa y pesada carga asentada sobre el espíritu y conciencia de una sola persona. Por el contrario, visto desde un Tribunal de Jurados -pueblo administrando justicia- el veredicto se diluye bajo responsabilidad de un grupo de ciudadanos quienes con pruebas objetivas y fundamentos reales, fehacientes determinan y aprueban su inexorable ejecución.
Es propicio mencionar que, la pena de muerte (establecida por ley) es propuesta por un fiscal ante los integrantes del  jurado y ésta es únicamente aceptada cuando en mayoría absoluta,  -aceptada unánimemente por los  doce jurados, en caso de existir una oposición se reorienta a cadena perpetua – la aceptan  luego de ardua deliberación y debate, motivado ante la suprema imposibilidad de rehabilitar al delincuente, otorgando un fallo de culpabilidad, culminando con un veredicto de culpable que es trasladada a una sentencia condenatoria del Juez.
Como es lógico y desde nuestra concepción latina, tal sentencia, siempre podría derivar en una álgida respuesta de los defensores en Derechos Humanos, ante los cuales, expongo concepto enmarcado en elemental cantidad, resumido en: “La pena de muerte, es consecuencia de la profunda evaluación y consciente convicción de un grupo de humanos -plural tribunal- que hace prevalecer sus derechos, por encima de un solo ser humano -singular delincuente- que atenta contra su entorno social y por lo tanto consideran que no tiene derecho a vivir”.
En tal sentido, se nos menciona y puede ser, que al aceptar éste tipo de penalidad extrema, se entre en conflicto diplomático por el hecho de apartarse de la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y al tratado de San José de Costa Rica; entiéndase que, tales instancias fueron creadas a exigencia de influyentes personajes que nunca encontraron la justicia en sus países latinoamericanos por considerar haber jueces poco honorables muy convenidos, y crearon instancias supranacionales. Por contrario, la justicia Anglo-norteamericana (que no avala, ni acoge tales rimbombantes instituciones foráneas) considera que su justicia dictaminada por sus Tribunales de Jurados es impartida realmente por  ciudadanos comunes, y el pueblo “casi” nunca se equivoca, y sí llegase a equivocarse, está en su derecho, pues resulta atenuante el ser seres humanos y no hay sistema de justicia infalible salvo el divino (que es otro terreno).
Ante lo expuesto,  ningún país osaría imponer medidas o sanciones contra un nación que cuenta con sentencias del Tribunal de Jurados siendo esta una decisión soberana propia de su pueblo, obteniendo como resultado palpable que en esos Estados del Norte verdaderamente se hace efectivo el latinismo "VOX POPULI VOX DEI" (la voz del pueblo es la voz de dios).

En ese sentido, resulta cuestionable (en nuestro país) el debatir la pena de muerte, tema sumamente complicado en la medida que las instancias judiciales dejan mucho que desear, al ser constantemente criticadas por el trabajo poco confiable de algunos jueces incapaces de resolver problemas sencillos como los que a diario nos exponen los medios de prensa y en donde muchas sentencias son erróneas al entender de la gran masa popular, disculpándose -los jueces- por el hecho de estar enmarcados en el derecho aunque se deje de lado la justicia; y el pretender dejar la aplicación de la pena capital a esos mismos magistrados simplemente no resultaría, con lo cual urge la necesidad de instaurar el Juicio por  Jurados, pues sólo el Jurado que es el pueblo en sí podrá aplicar la pena de muerte;  al final, si usted llegase a integrar un tribunal de jurados tendrá en sus manos el poder apoteósico de la vida y de la muerte, en consecuencia: sólo usted y nadie más que usted podría decidir.

PD: La pena de muerte, resulta efectiva  para casos extremos como éstos expuestos en amplia flagrancia, aquí en video; RECOMIENDO DISCRECIÓN, las imágenes son fuertes.
1.- Asesino (policía) mata a Taxista: https://www.youtube.com/watch?v=8GmtrFxbjf4
2.- Delincuentes matan a niña en cajero:  https://www.youtube.com/watch?v=XPuW3BIp2C8
3.- Asesinan a hombre con niña en sus brazos: https://www.youtube.com/watch?v=vhkUJds4H9I

Programa de Donación de jurado en Delaware.

El Daily Times informó que, al 15 de julio de 2010 los elegidos para ser jurados en el Condado de Delaware, Pennsylvania ha donado más de $450,000 de su paga como integrantes de jurado desde marzo de 2003. Ellos obtienen un pago casi simbólico de US $9 diarios en los primeros tres días de servicio y US$25 por día después de eso. Los Jurados pueden donar todo o parte de su paga a una de cinco caridades. El dinero que se recaudó ha sido usado a nivel local e internacional. En el Condado de Delaware Administrado por el Judicial Gerald C. Montella mencionó que los jurados recolectaron $6,130 en un período de 90 para ser enviado a los niños que fueron afectados o huérfanos en el terremoto de Haití el pasado enero. En su totalidad los convocados a ser Jurados piensan que es un gran servicio que se brinda a la Nación al ser incluidos en su sistema de justicia, siendo por eso que muchos de ellos donan su paga por sus servicios al considerarse ser jurado como un honor y un privilegio.
Fuente: http://by131w.bay131.mail.live.com/default.aspx?rru=inbox

Leyes absurdas en el mundo (en todos lados se cuecen habas)

Estas leyes forman parte de la legislacion de algunos países “modernos”, en su mayoría son disposiciones arcaicas, escritas hace mucho tiempo y actualmente no cumplen función social (si alguna vez la cumplieron) pero todavía siguen en uso, aunque muy pocos abogados y jueces las utilicen o evoquen.
EUROPA:
- FRANCIA
• Entre las 8 de la mañana y las 8 de la tarde el 70% de la música ha de ser de artistas franceses.
• Está prohibido besar a alguien en el ferrocarril.
• Esta prohibido bautizar a un cerdo con el nombre de Napoleón.
• Prohibido fotografiar policías o a sus vehículo incluso cuando salgan en segundo plano.
- ALEMANIA
• Una almohada puede ser considerada como una arma “pasiva”.
• Está prohibido llevar máscaras por la calle.
• En toda oficina se ha de poder ver el cielo, “aunque sea poco”.
- DINAMARCA
• Intentar escapar de la prisión no es ilegal, sin embargo, si se le atrapa tendrá que cumplir el resto de la condena.
• Nadie puede poner en marcha su vehículo si hay alguien debajo de el.
• Si se le cala su vehículo y sale del mismo, ha de señalarlo con un triangulo rojo reflectante. Este triangulo es obligatorio sólo en caso que se cale el vehículo. (si le revienta el motor no hace falta).
• Los restaurantes no cobrarán por el agua a menos que no esté acompañada con algo más, como hielos o un trozo de limón.
- SUECIA
• Mientras que la prostitución es ilegal, es legal usar el servicio de la prostitución.
• Está prohibido repintar tu casa sin una licencia del gobierno que lo permita.
- SUIZA
• Si te dejas las llaves dentro del coche y la puerta sin el pestillo serás multado.
- NORUEGA
• No puedes castrar a tu perro o gato, pero si a cualquier otra especie. (No dice nada de los hombres).
• Las bebidas que contengan más de 4,75% de alcohol no pueden ser vendidas en época de elecciones.
- FINLANDIA
• Los taxistas han de pagar derechos si ponen música en su coche cuando llevan a clientes.
- INGLATERRA
• La ley autoriza a las vendedoras hacer topless en Liverpool, Inglaterra, pero solamente en negocios de peces tropicales.
• Es ilegal colgar la cama de la ventana.
• En Hereford, se puede disparar a un Galés todos los días, pero solo los Domingos, con un arco, en el Recinto de la Catedral.
• Prohibido pescar salmón los domingos.
• Es ilegal estar borracho en posesión de una vaca.
• Todos los hombres mayores de 14 años deben de practicar con arco al menos 2 horas a la semana bajo la supervisión del clérigo.
• Está penado que dos hombres tengan sexo con una tercera persona en una misma casa (ni siquiera es necesario que sea simultáneamente).
- IRLANDA
• Si usted está en Cork, y ve a un escocés, todavía es legal asestarlo con arco y flecha, excepto en los Domingos.

AMÉRICA:
- CANADA
• Es ilegal quitarse un vendaje en público.
• En la localidad de Alberta, si Ud. estuvo preso y lo liberan, tiene derecho a pedir un arma de mano con balas y un caballo para huir de la ciudad.
• En Ottawa la ley prohíbe comer helados el domingo en la vereda del Banco.
• Está prohibido intentar aprender brujería.
- COLOMBIA, Cali
• Una mujer solo puede tener relaciones con su marido, pero la primera vez que eso ocurre, su madre debe estar en el cuarto para testimoniar el acto.
- MEXICO
• No se permiten quemar muñecas.
- BOLIVIA, Santa Cruz
• Es ilegal para un hombre tener relaciones con una mujer y su hija al mismo tiempo.
EEUU:
- Alabama
• No se puede jugar a dominó el domingo.
• Los hombres no pueden escupir delante de las mujeres.
• Prohibido vender cacahuetes después del atardecer de los miércoles en Lee Country.
- Nueva York
• Las mujeres podrán practicar el top less en público siempre y cuando no sea con fines lucrativos (esta tiene matices!!).
- Columbia, Pennsylvania
• No se puede atrapar un pez por otra parte del cuerpo que no sea la boca.
• Prohibido dormir en un congelador.
• No se puede caminar de espaldas comiendo cacahuetes frente al Barnstormers Auditorium durante una actuación.
- Carolina del norte
• Es ilegal practicar sexo en el patio de la iglesia.
• El sexo oral esta considerado un crimen contra la naturaleza.
• Nadie puede visitar a su amada/o por la noche
- Tulsa, Oklahoma
• Es ilegal que el dueño de un bar permita que alguien finja tener sexo con un búfalo.
• Los perros deben tener un permiso firmado por el alcalde para reunirse en grupos de tres o más en una propiedad privada
• Es ilegal poner una persona hipnotizada en un escaparate.
- Ocean City
• Es ilegal comer en los lugares residenciales, y la única bebida permitida en la playa es agua que esté dentro de una botella de plástico transparente
- Maryland
• Los preservativos pueden ser vendidos En maquinas solamente en lugares donde se venden bebidas alcohólicas para el consumo en el local.
- Rhode Island
• No pueden venderse pasta de dientes y cepillo de dientes al mismo cliente los domingos.
- Oregón
• Prohibido silbar debajo del agua.
• No está permitido que los animales practiquen sexo en los limites de la ciudad de Stanfield
- Ohio
• Nadie puede ser arrestado el cuatro de julio ni en domingo.
• Las mujeres no pueden llevar zapatos de charol, por que deja que los hombres vean en ellos el reflejo de su ropa interior
• Prohibido dar más de 100 vueltas a la ciudad de una vez.
ASIA:
- LIBANO
• Los hombres pueden legalmente tener relaciones sexuales con animales, siempre que estos sean hembras. Tener relaciones sexuales con machos esta castigado legalmente con la muerte.
- INDONESIA
• La pena para la masturbación en Indonesia es la decapitación.
- IRAN
 • La denuncia de violación debe estar certificada por un médico e incluir un "testigo presencial del hecho", de lo contrario el acusado queda libre y puede acusar a la supuesta víctima de falso testimonio la cual será azotada y acusada de prostitución.
- CHINA, Hong Kong
• Una mujer engañada puede legalmente matar a su Marido Adultero, mas debe hacerlo solo con sus manos. En contrapartida, la mujer adultera puede ser asesinada de cualquier manera por su Marido.
• Es ilegal inscribirse a la Universidad, a menos que usted sea inteligente.
- ISRAEL
• Está prohibido meterse el dedo en la nariz los Sábados.
• En Haifa esta prohibido llevar osos a la playa.
- THAILANDIA
• Si te pillan tirando un chicle al suelo recibes una multa de 600 dólares y si no la puedes pagar serás encarcelado.
- CAMBOYA
• Está prohibido el uso de pistolas de agua para las celebraciones de año nuevo.
- SINGAPUR
• Está prohibida la venta de chicle.
• A los homosexuales se les prohíbe vivir en el país.
• El sexo oral también esta prohibido a menos que se realice como entretenimiento.
• Está prohibida la pornografía.
- FILIPINAS
• Los coches con matricula terminada en 1 o 2 no pueden circular los lunes de 7 de la mañana a 7 de la tarde. Los que terminan en 3 o 4 los martes, y así hasta los que terminan en 9 o 0 los viernes. Al menos los sabados y domingos no hay restricciones
ÁFRICA:
- BAHREIN
• Un medico puede legalmente examinar los genitales femeninos, pero esta prohibido mirarlos directamente durante el examen. Solo los puede mirar a través de un espejo.
OCEANÍA:
- GUAM
• Hay hombres en Guam cuyo único empleo que pueden tener es viajar por el país para desflorar vírgenes, Y que aparte les pagan por el privilegio de tener sexo con ellas por primera vez. La razón: Por las leyes de Guam, esta prohibido que las vírgenes se casen.
- AUSTRALIA - Victoria
• No se puede cambiar un foco fundido si uno no es electricista.
• Untarse pomada negra para zapatos en la cara es ilegal.
• Los bares están obligados a darle agua y comida a su caballo.
http://letranueva.blogia.com/2008/011001-leyes-absurdas-en-todo-el-mundo.php

Los jueces británicos pierden la peluca (el merino)

El 'jefe' de los magistrados presenta un nuevo atuendo, concebido por una diseñadora después de consultar a los juristas. En los tribunales penales sí se mantendrá la peluca.
Las pelucas han estado ligadas durante siglos a la administración de justicia en el Reino Unido, pero a partir del uno de octubre muchos jueces renunciarán a esa vieja tradición.
El Lord Chief Justice, máxima instancia judicial del país, lord Phillips, miembro de la Cámara de los Lores, que es el principal impulsor de ese "aggiornamento" sartorial, se presentó ante los fotógrafos con el nuevo atuendo, según publica hoy la prensa.
Phillips, como algunos de sus predecesores en la más alta magistratura, opina que la empolvada peluca y la anticuada vestimenta que la acompañan contribuyen a la percepción del público de que los jueces no están en sintonía con la vida moderna.
Sólo para casos civiles: La renuncia a la peluca afectará, sin embargo, sólo a los jueces que se ocupen de casos civiles o relacionados con el derecho de familia.
Las togas de los jueces tendrán también un aspecto más moderno y estilizado, como las de sus colegas continentales. Se trata de una creación de la diseñadora Betty Jakcson, quien ha elaborado las nuevas togas tras amplias consultas con un panel de jueces.
Los abogados salvarán la tradición: La vestimenta, negra como es de rigor, lleva justo por debajo del cuello dos bandas verticales de distintos colores, indicativos de la jerarquía del juez.
Los abogados británicos han demostrado estar más apegados a la tradición que los jueces y por el momento quieren conservar las pelucas en sus actuaciones en la Cámara de los Lores, los tribunales de apelaciones y el alto tribunal.
Fuente:http://www.adn.es/mundo/20080513/NWS-0438-britanicos-pierden-peluca-jueces.html