LA EFICACIA DEL JUICIO POR JURADOS

FUENTE
http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=173709

La eficacia del juicio por jurados
Buenos Aires, Viernes 1 de noviembre de 1996 Publicado en edición impresa

"Los juicios por jurados garantizan la transparencia de la Justicia, porque la gente se hace cargo de ella y no se deja sobornar", afirma Ann Vitunac, jueza del Tribunal del Distrito Sur del Estado de Florida,Estados Unidos.
Vitunac y PeterVaira, ex fiscal federal del Distrito Este del Estado de Pennsylvania, se entrevistaron con La Nación apenas llegaron a nuestro país, invitados por la Embajada de los Estados Unidos y por la Orden del Martillo -asociación que agrupa a magistrados argentinos-, para hablar sobre los juicios por jurados, un mecanismo mucho más complejo que la imagen habitual de Hollywood de doce personas reunidas en un estrado.
-¿Cómo es el sistema?
-Vaira: Es completamente diferente al argentino.En los Estados Undos utilizamos los juicios por jurados para resolver no sólo causas penales sino también de cualquier otra materia, como civil o comercial.
Si se trata de una cuestión penal, la instrucción de la causa la hace un fiscal -a diferencia de la Argentina, donde está a cargo de un juez-. Ese funcionario tiene importantes atribuciones e incluso puede secuestrar documentación de una empresa, organismo o de un domicilio particular. También puede dar órdenes y requerir la colaboración de la policía, el FBI y otros organismos.
En las causas penales, si no hay personas detenidas, la investigación puede prolongarse hasta un plazo máximo de 5 años, pero si las hay, debe presentar su acusación en 30 días.
-¿Cómo eleva el fiscal el caso a juicio?
-Vaira: El fiscal debe presentar su acusación, es decir, la imputación de un delito concreto, al Gran Jurado que, a diferencia de los jurados de juicio, no se reúne para resolver un caso concreto, sino que interviene en numerosas causas que le llegan a estudio durante aproximadamente un año y medio. La composición de este cuerpo es secreta y sólo el fiscal la conoce. Si el caso es viable, se somete a juicio por jurados.
-¿Todos los casos llegan a juicio?
-Vitunac: No. Sólo el 10 por ciento de causas. Por eso el sistema no es costoso.En las causas civiles, el 90 por ciento de los conflictos se arreglan poco antes de presentarse al jurado, porque los abogados llegan a algún acuerdo o prefieren someter el proceso a un juez, en lugar de un jurado. Cuando se trata de causas civiles o comerciales muy complejas, los abogados se inclinan por esta última opción.
Si se trata de cuestiones penales, en el 90 por ciento de los casos el imputado se declara culpable y evita el juicio.
-¿Porqué adoptan esa actitud y renuncian a la posibilidad de un juicio?.
-Vitunac: Muchas veces, les conviene. Si el imputado se declara culpable, el juez pide un informe a la oficina de probation. Ese informe dice si el sospechoso colaboró con la Justicia para esclarecer el caso, si mintió, si cometió el delito compelido por la necesidad, si tiene antecedentes, si existen atenuantes para evaluar su conducta y otras circunstancias.
Por cada uno de esos rubros, el informe concede puntos. Se suman y restan y el resultado se lo confronta con una tabla, que ayuda a determinar la sentencia, la que puede ser más leve que la que le correspondería si fuese encontrado culpable luego de un juicio oral.
-Eso contribuye a bajar los costos del sistema.
-Vitunac: En rigor, no son altos. Un juicio oral penal cuesta, como promedio, U$S 4100 por día de audiencia, lo que incluye los gastos de infraestructura, sueldo del juez, un viático mínimo que cobran los jurados y otros gastos. Un juicio civil cuesta poco más de U$S 3000 por día. Pero ustedes igualmente hacen muchos de esos gastos, como el mantenimiento de edificios y las remuneraciones.
-¿Cuál es el riesgo de que se corrompa a un integrante del jurado?
-Vaira: como fiscal nunca ví un caso de corrupción.
-Vitunac: es casi imposible que ocurra. Por una parte, los jurados se toman muy en serio su labor y son elegidos con intervención del azar. En situaciones de peligro, se puede elegir un jurado anónimo, en el sentido de que se mantienen en reserva los nombres y domicilios de sus miembros. Además, es imposible sobornar a doce personas.
A veces ocurre que si un jurado obra de modo sospechoso, otro lo denuncia y también existen leyes penales para corregir esas situaciones.
-¿Existe algún reaseguro en el sistema para solucionar el caso en que un jurado, quizás por haberse corrompido, vota en contra de los demás?
-Vitunac: Sí. Las causas civiles se resuelven por mayoría de votos de los jurados, pero en las penales se debe llegar a un veredicto unánime de culpable o no culpable. Si un integrante del jurado vota en contra de los demás, no se satisface ese resultado, con lo cual el fiscal puede pedir un nuevo juicio.
Vaira: el fiscal puede pedir que se forme un nuevo jurado o desistir de impulsar la causa, según la confianza que tenga de ganar el caso.
Por Adrián Ventura

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