“Voir dire” selección y elección del Jurado

(La hora de la verdad)
Por: Iván G. Fernández Paz
“Reunir 12 abogados para solucionar un problema, sería agravar la situación” (IFP)
Existe escasa valoración, así como total desconocimiento en el mundo latino respecto al proceso de elección del Jurado, apreciaciones sumamente ligeras y subjetivas consideran que el ciudadano quien  integrará un Tribunal de Jurados es elegido por ser (como decirlo de manera vulgar) “cualquier sujeto que pasa por la calle; por ser opinión desatinada, es necesario instruir de manera objetiva respecto a cómo se llega a conformar tan importante proceso de selección y posterior elección (o rechazo) de los integrantes de esta interesante y democrática institución conocida como, el Jurado.
Voir dire (/vwɑr dir/) originalmente, esta frase antigua cuyo origen es francés [medieval], en el cual Voir significa “verdad” y su derivación actual del latín vidēre ("ver"), es interpretada como "ver [los] decir"; al adicionar el adjetivo Dire, refiere “decir” en un entorno de juramento la verdad (Latín verum dicĕre), -en extremo- a emitir luego de un debate y deliberación un veredicto (Del lat. vere, con verdad, y dictus, dicho) por el que se avala una concluyente sentencia emitida por un Juez. Un jurado nace de un Voir dire y fenece emitiendo un vere-dicto.
Para ser Jurado de juzgamiento, no se necesita de preparación alguna, en efecto (tal, como se lee); no se requiere de ningún tipo de preparación para participar en el proceso de selección de jurado; obvio, tal apreciación resultará desconcertante a Latinos (quienes viven saturados de “cartoncracia” y titulitis” en fueros judiciales), por cuanto a ésta institución, le es indiferente los grados académicos, estudios superiores o de instrucción; su importancia radica en valorar y rescatar la calidad de sus ciudadanos quienes aporta experiencia de vida; entre varias razones, sí se excluyen como Jurados a operadores del derecho (abogados) en general, pues se trata de evitar alarde de conocimientos, intimidación o manipulación de ciudadanos jurados legos.
El Juicio por Jurados conocido como Juicio por tus pares, donde 12 ciudadanos emiten un veredicto en base a los hechos, es muestra fehaciente que cuando se aplica elemental sentido común sobre las pruebas, éstos son imparciales, dejando una marca de justicia (por encima de la ley) tan humana como les es posible, con intención de salvaguardar su entorno social.
El proceso de selección del Jurado o "voir dire", también es conocido como “la hora de la verdad”, se empieza a establecer un padrón y selección de honorables buenos ciudadanos que representen un grupo plural y  homogéneo de la comunidad, para el adecuado deber de administrar justicia de manera imparcial, siendo tal acto un honor y privilegio, por cuanto su objetivo principal es ayudar a gobernar, razón por la cual también se le conoce como el Gobierno de los buenos. El jurado no puede gobernarse por la simpatía, prejuicio, o la opinión pública.
Entre algunas –otras- variadas acepciones del Voir Dire[1] se tienen:
- Es la oportunidad de examinar a los jurados antes de su cita con la justicia, y tener una opinión como para calificar su integridad o un equilibrio adecuado.
- Significa entrevistar a la persona y hablar directamente con el propósito de evaluar a los Jurados quienes son entrevistados por Jueces y abogados antes de asignarles un caso.
- Proceso de calificación de jurados o examen que se hace de cada uno de ellos en cuanto a su capacidad para actuar como tal en un caso determinado.
- El fin supremo del Voir Dire, es el de establecer el más idóneo e imparcial grupo de personas para conformar un Jurado en procesos penales, civiles o de otra naturaleza. Su finalidad es buscar la verdad fuera del pre-juicio que puede generar per-juicio, los cuales acechan algunas áreas del pensamiento de cada ser humano.
La elección del Jurado o Voir Dire es instrumento procesal propio del Derecho anglosajón (hoy, Anglo norteamericano), común en cortes -juzgados- Ingleses o países de la comunidad Británica (Commonwealth), hace referencia a un "juicio previo dentro de un juicio", el cual es invocado por abogados y fiscal ante el Juez (director del debate), para seleccionar o rechazar, interrogar o evaluar (examinar) testigos o posibles miembros del jurado y así determinar su competencia en el futuro accionar para dar o escuchar evidencia sobre un caso judicializado, en el cual deben dejar de lado prejuicios y ser imparciales a las partes en un determinado juicio. En Estados Unidos hace referencia al proceso de la desinsaculación del jurado, mediante el cual se interroga a los posibles miembros del jurado, consiste en interrogar y averiguar los trasfondos de estas personas para determinar cuáles quedarán como jurado, habiendo excluidos por elementales prejuicios, recusaciones, tachas, eximiciones, retos perentorios o por parcialidad con alguna parte en el juicio. En Inglaterra el proceso suele ser corto y de solo minutos (a veces) siendo el Juez quien llama a los 12 potenciales ciudadanos a ser jurados, y simplemente les pregunta: “¿Usted puede ser una persona justa al proceso que iniciará la corona y a la defensa?”; sí la respuesta es afirmativa, son juramentados e incorporados al tribunal de Jurados.
El proceso de selección de un Jurado de juzgamiento resulta ser más meticuloso que aquel diseñado para elegir candidatos a elecciones político partidarizadas, o el realizado para ser miembro de mesa electoral (Perú); éste tiene filtros previos, como son a grandes rasgos:
1º.   El Estado designa cada año y para cada distrito Judicial, un “universo” de ciudadanos libres de problemas policiales y judiciales para el año judicial siguiente como Pro-Jurados, éstos son elegidos del padrón electoral y por Licencias de conducir (Brevetes).
2º.   Cierto Órgano Superintendente de Control Ciudadano estructura y propone al azar varios “paneles” en grupos de 50 ciudadanos de Pre-Jurados y enviados al juzgado.
3º.   En el Juzgado (Poder Judicial), cierto examen formulado entre abogado, fiscal y a discreción legítima de la corte es entregado al grupo potencial de Jurados con preguntas vinculados al Juicio a ventilar.
4º.   Finalmente frente al Juez, se determina entre Fiscal y abogados de las partes, el voir dire o elección final de los 12 ciudadanos (4 suplentes) a ser Jurados.
Es en esta última etapa en presencia del Juez quien dirige la diligencia, los abogados “cuestionan” de forma directa y personal a los pre-seleccionados, preguntando por su pasado, su cotidiano vivir, experiencias de vida, y otras opiniones, evalúan de manera expresa perjuicios respecto al caso a tratar, con lo cual ellos (los jurados) pueden valorar, evaluar y analizar las evidencias (hechos) del caso en forma justa y objetiva. Considerando que ésta es una etapa de “juicio personal” previo al juicio real, es ver resaltar el ingenio de los abogados litigantes en “saber” elegir el jurado más idóneo y afín a su “conveniencia”, para lo cual procesalmente usan los principios de:
- Los desafíos a jurados, pueden activarse por causas como prejuicio a favor o en contra de una de las partes.
- Eximición o librarse de tal responsabilidad, se presenta a voluntad de parte, avalada  por argumentos sustentables que el Juez evaluará ante el principio de ponderación u objetará bajo sanción.
- Inhabilitaciones son viables si, los Jurados tienen algún grado de relación con las partes, con los testigos, sus representantes abogados o cualquier parte manifiesta en el conflicto; o sí ello muestran interés para beneficiarse de manera directa o indirecta en la final decisión de uno u otro lado, o si de manera previa han formado opinión en el caso.
- Recusaciones, disponibles cuando éstas vienen de manera sustentada por agentes externos al proceso, las cuales serán valoradas por el juez
- Retos perentorios o desafíos sin causa, es válido que cada abogado puede ejercer un número determinado de retos perentorios, acto –arbitrario- con el cual no se requiere de razón alguna para prescindir (eliminar) de cualquier integrante del jurado antes de iniciar el Juicio. Ejm (en ciertos Estados): En casos como la pena de muerte u ofensas graves, la fiscalía y el abogado de la defensa (inculpado) cuenta con catorce (14) desafíos perentorios; en ofensas no capitales son ocho (8). En casos Civiles a los abogados de las partes solo se les permite siete (7). En casos muy complicados, la elección del Jurado puede tomar días; el jurado “eliminado” es reemplazado inmediatamente por otro jurado potencial. Este proceso técnico de “poner y quitar” con estrategia de “ajedrecista”, finalmente culmina, cuando abogado de parte y fiscalía muestran satisfacción hasta completar los 12 ciudadanos integrantes de un Tribunal de Jurados.
Conociendo que existen factores psicológicos, sociales, entre otros, propios en la selección de un jurado, actualmente Sociólogos, Antropólogos y Psicólogos, forman compañías que se especializan en ayudar a los abogados en aplicar técnicas adecuadas para determinar el perfil de un individuo a ser jurado (raza, sexo, estatus social, etc.), para el caso a patrocinar.
Ejemplo de “Voir dire”: Aquí y a manera de ejemplo (extraído y traducido de una corte de USA), encontrará un cuestionario con elementales preguntas para los candidatos a jurados, en las que sus respuestas tienen calidad de declaración Jurada e impuesta de manera coactiva.
1.      ¿Conoce a algún miembro del panel de jurados, conoce acerca del caso a tratarse? ¿Sí así fuese de qué manera se enteró?
2.      ¿Usted ha servido alguna vez y en forma anterior como miembro de un juicio por jurado? ¿Si así fuese, mencione en que caso, cuándo y en qué corte? ¿Estaba en un caso civil o penal? ¿Le permitieron alcanzar un veredicto? ¿Cuál fue el resultado del juicio? ¿Usted ha servido alguna vez como Presidente o líder en un jurado? ¿Existe algo sobre su anterior experiencia en un jurado que lo haría difícil para usted sentarse en este jurado?
3.      ¿Usted sabe algo sobre el o los demandados (acusados), (Fulano o  Sutano)? ¿Usted conoce a los demandantes (Alfa y Beta)?  
4.      ¿Usted conoce  a los abogados del Estado (fiscales)  aquí presentes el Dr. Xyz y el Dr. Zxy?  
5.      ¿Usted conoce a la Sra. X, persona afectada de quien a nombre de la nación se activará este proceso judicial?
6.      ¿Usted conoce al Dr. Mich Huck, abogado de los demandados, o cualquier persona empleado o asistente del estudio Jurídico (Bufette) o firma -Huck de la ley, o sus asociados Medrano, Roys & Nakamura?  
7.      Háganos usted saber respecto a cualquiera de las personas siguientes que pueden dar testimonio de en este caso: El Sr. Carlos Hooks, la David Stone, Rayford Johnson, el David Hart, el Harold Munn, Mark Skorcz, Shelly Valentine, Shirley Lee, o Jane Hensley?[FN1]  
- FN1. Esta lista de nombres puede o tiene que ser alterada después de que las partes  intercambien su lista de testigos finales antes de  la culminación del Juicio.
8.      Éste es un caso accionado en nombre de la Nación, respecto a una reclamación individual y privada que los demandados diferenciaron en base a la raza en relación con el arriendo de un apartamento. El Acto de Albergue Justo, una ley pasada por el Congreso de Estados Unidos y firmó por el Presidente, prohíbe al dueño de un apartamento o gerente, desahuciar (expulsar) a una persona (inquilino) a causa de su raza y de hacer las declaraciones en relación con la ocupación de un apartamento que expresa una preferencia para arrendatarios en base a la raza. ¿Usted ha oído hablar de casos similares antes? ¿Usted ha formado una opinión sobre cosas así similares? ¿En ese caso, cuál es esa opinión?  
9.      Este caso involucra eventos que ocurrieron en la ciudad de Mayflower -Arkansas en septiembre de 1998. ¿Cualquiera de ustedes ha oído hablar algo o comentarios  de este caso, antes de hoy? ¿En ese caso, cómo es que usted oyó hablar de él? ¿Usted formó cualquier opinión sobre este caso? ¿Usted cree que su habilidad de servir imparcialmente como un jurado en este caso ha sido afectado por lo que usted ha oído o ha leído sobre este caso?  
10.  ¿Usted ha tenido alguna experiencia con el Gobierno federal o cualquier agencia—particular  federal la Administración de Justicia, el Ministerio Público o Fiscalía de la Nación, o la Sección de Alojar y desarrollo Urbano de su comunidad que podría interferir con su habilidad de servir como un jurado imparcial en este caso?  
11.  ¿Usted ha tenido cualquier tipo de opinión, concurso o vistas del gobierno federal o cualquiera de su agencies—particulares de la Administración de Justicia, la Oficina de las Fiscalías de la Nación, o la Sección de Alojo  y Desarrollo Urbano, con lo cual  podrían interferir con su habilidad de servir como un jurado imparcial en este caso?  
12.  ¿Hágalo ahora, precise usted si ha poseído cualquier propiedad que usted alquiló alguna vez? En ese caso, por favor díganos sobre ésta.  
13.  ¿Algún miembro de su familia actualmente es propietario o cualquier miembro familiar ha poseído cualquier propiedad en arriendo alguna vez? En ese caso, por favor díganos sobre él.  
14.  ¿Usted, cualquier miembro familiar, o cualquier amigo de su entorno  ha sido alguna vez gerente de propiedad en  arriendo o alquiler? En ese caso, por favor díganos sobre él.  
15.  ¿Usted, cualquier miembro o su familia, o cualquier amigo cercano ha tenido alguna vez cualquier trabajo relacionado al arriendo o venta de propiedades? En ese caso, por favor díganos sobre él.  
16.  ¿Usted cree que el dueño de una propiedad puede y debe tener el derecho para hacer cualquier cosa que él o ella quieren en relación con el arriendo de su propiedad?  
17.  ¿Si usted poseyera la propiedad del arriendo, usted tendría cualquier problema con una ley como el Acto de Albergue Justo que prohíbe a un dueño de propiedad de desahuciar a una persona debido a su raza de un miembro de su familia?  
18.  ¿Si usted poseyera la propiedad del arriendo, usted tendría cualquier problema con una ley como el Acto de Albergue Justo que prohíbe a un dueño de propiedad de hacer declaraciones que expresan la oposición a alquilar a ciertos arrendatarios debido a su raza o la raza de un miembro de su casa?  
19.  ¿Lo hace en el trabajo regularmente o se relaciona  con  personas de una raza diferente?
20.  Los Estados Unidos están confirmando una demanda de discriminación, por alojar en nombre de una mujer blanca que se casa con un hombre negro. ¿Cómo usted se sentiría si un amigo íntimo o pariente viviera o se casara con una persona de otra raza? ¿Usted sostiene cualquier vista u opinión sobre el matrimonio interracial o convivencia, eso podrían interferir con su habilidad de servir como un jurado imparcial en un caso que alega la discriminación racial contra una mujer blanca porque ella se casa con un hombre negro? 
21.  ¿Ha tenido Ud. amigo íntimo o pariente, en la vida que ha percibido alguna conducta discordante en cualquier corte o agencia del gobierno? ¿En ese caso, cuándo, dónde, cuál era el cargo, y cuál fue el resultado?  
22.  ¿Usted es, o usted ha sido recientemente, un empleado de cualquier persona o compañía que ha percibido conducta discordante en cualquier corte o agencia del gobierno? ¿Algo sobre esa experiencia afectaría su habilidad y afectaría ser un  jurado imparcial como para estar en un caso que involucra demandas de discriminación racial?  
23.  ¿Usted ha sido alguna vez víctima de discriminación en base a raza o color? En ese caso, por favor describa las circunstancias. ¿Usted archivó una queja con cualquier agencia gubernamental sobre la discriminación? ¿En ese caso, cuál fue el resultado? ¿Algo sobre esa experiencia afectaría su habilidad y lo afectaría a ser  jurado imparcial como para estar en un caso que involucra demandas de discriminación racial?  
24.  ¿Ha tenido, un amigo íntimo o pariente, en la vida que haya tenido mala  experiencia de  cualquier clase con una persona de otra raza que puede afectar su habilidad o lo afecte como jurado imparcial para estar en este caso?  
25.  ¿Usted piensa que el gobierno ha ido demasiado lejos respecto a la protección de  los derechos de negros y otras minorías?
26.  ¿Usted cree que los negros y otras minorías se quejan demasiado de la discriminación?  
27.  ¿Usted se opone a leyes que requieren la acción afirmativa en nombre de las minorías? ¿Usted cree que las minorías menos calificadas sólo consiguen trabajos o promociones debido a la acción afirmativa?  
28.  ¿Usted piensa que la discriminación en base a la raza, con respecto a alojamiento u otras materias, o sigue en Arkansas o en cualquier parte en los Estados Unidos?  
29.  ¿Usted piensa que algunas personas usan la demanda de discriminación racial como una excusa para sus propias limitaciones?  
30.  ¿Usted es miembro activo, pasivo de alguna organización social, cívica, fraternal, o política o participa de las mismas? ¿Ha tenido usted un amigo íntimo o pariente, que en el transcurso de su vida perteneció a una organización social, cívica, política, o fraternal o club que restringen el género o número de miembros en base a la raza?  
31.  ¿Usted escucha regularmente alguna radioemisora en especial y si así lo fuese, tiene algún programa especial, nos puede hablar de él programa? ¿En ese caso, quién es el organizador de ese programa.
32.  Admitir a tener algún tipo de simpatía por los demandados, la Nación, o a las personas quienes los Estados Unidos creen son una víctima de discriminación ilegal es nada que estar avergonzado de y no refleja mal en usted como una persona. Sin embargo, los Estados Unidos y " los demandados se titulan para tener este caso oído por un público y el jurado imparcial que decidirán el caso solamente según la evidencia admitida en esta Corte y las instrucciones de la Corte por ley?
33.  ¿Valorado la advertencia anterior, cualquiera de ustedes conoce alguna razón por la cual sería incapaz de dar a la Nación o a los demandados un juicio justo basado solamente en la evidencia admitida en el proceso y las instrucciones dadas por la Corte?
Lección de Responsabilidad Cívica: “El sistema de jurados se originó, porque durante miles de años antes, un juez individual tenía el poder de colgar, por ejemplo, a un joven cualquiera porque simplemente no le agradaba”. Un ejemplo de “Voir dire” véalo en nuestra siguiente dirección de Internet: http://www.youtube.com/watch?v=uBWQQOqhMvE



[1] voir dire [vwaar déer]
Noun/ competency examination of witness or juror: the preliminary examination of a witness or juror to determine his or her competency to give or hear evidence
[Late 17th century. < Law French < Old French voir "truth" + dire "speak"] (*)
(*) Traducción: Examen de la competencia del testigo o Jurado: Es el examen preliminar de un testigo o Jurado para determinar su o sus competencias para dar u oír acerca de la evidencia.
[Fines del SigloXVII.
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