Por: Iván G. Fernández Paz (*)
“Juicio emitido por
Jurados sobre hechos, es asunto serio” (IFP)
Por lo tanto, urge desvincular al
Jurado a simples pareceres, donde resulta despropósito (desconocimiento) señalar
como ´Jurados´ a quienes evalúan un
evento determinado en concurso, ´reality´, eventos realizados por y para medios
de difusión masiva (TV), no siendo en absoluto precisa tal “denominación”.
En tal sentido, quienes califican éstos
“eventos” en realidad deberían ser denominados “JUECES de juzgamiento”,
profesionales técnicos en algún tema (arte, declamación, canto, baile, etc.) de
presencia permanente, por cuanto tienen un contrato que estipula su duración o
estabilidad durante todo el proceso de evaluación, hasta el final del concurso
(meses o temporadas), a cambio reciben remuneración; siendo éstos los que
valoran, juzgan, emiten opinión de manera técnico profesional respecto a los
concursantes de un evento en particular (como Juez en un juzgado, respecto a un
caso).
Es de asegurar que, siendo el JURADO
un ente no profesional (sin paga alguna), y vincularlo al entorno de éstos
“concursos”, éste sería aplicado al PÚBLICO, quien participa de manera directa
y espontánea (inopinadamente), a veces con aplausos, llamadas telefónicas o
votos directos o diferidos, donde emiten su simple parecer emotivo (si o no),
sin estar obligado a argumento o sustento alguno.
Un Juicio (subjetivo) emitido por Jurados
sobre hechos (objetivos), es asunto serio que puede llevar a sanciones extremas
(pena capital), no es cosa de juegos como para esgrimirla en “concursos”.
Espero, que lo mencionado sirva para
mejor comprender la gran diferencia entre “Jurados” (no profesional, ni
permanente, subjetivos y gratuitos) quienes emiten veredicto y “Jueces de
Juzgamiento” (profesionales, permanentes, objetivos y pagados) que resuelven
generalmente con sentencia.
P.D: Perú desentona, debido a que el órgano
constitucional autónomo del Estado quien tiene por finalidad fiscalizar la
legalidad del ejercicio del sufragio (voto), en procesos electorales y consultas
populares, garantizando el respeto a la voluntad ciudadana, se denomina “Jurado
Nacional de Elecciones (JNE)”; siendo el único en Latinoamérica quien de manera
poco congruente ha osado incluir tal denominación inicial de “JURADO”.
(*) Director del #ProyectoJurados