JUSTICIA CASTRENSE también con Jurados


En su versión más reciente, estos tribunales tienen un juez militar y al menos cinco miembros de lo que en la Justicia civil sería un jurado.
(Foto: Afp/ VANGUARDIA LIBERAL)

 El juez, coronel del Ejército James Pohl, abrió la audiencia en la cual Al-Nashiri escuchará de qué se le acusa, casi diez años después de su captura por parte de la Agencia Central de Inteligencia (CIA).
Con aspecto saludable, afeitado y con pelo corto, vestido con un uniforme blanco de manga corta, Al-Nashiri, de 46 años de edad, siguió atentamente el procedimiento y sonrió cuando el juez le preguntó qué idioma habla para facilitarle la traducción instantánea.
Éste es el primer juicio en Guantánamo de un supuesto terrorista después de que el Gobierno de Barack Obama restableciera las comisiones militares y el primero en el cual la Fiscalía busca la pena de muerte.
Al-Nashiri es, también, el primero de los cientos de hombres recluidos en Guantánamo durante la última década que comparece en la nueva sala de tribunal militar, ubicada en un gran edificio negro en un predio rodeado por alambradas de casi cuatro metros de altura, coronadas con alambre de púa, y bautizado como "Campo Justicia".
La sala cuadrada, con paredes blancas, alfombra gris y numerosos escritorios de madera, tiene al fondo amplias ventanas tras las cuales siguen los procedimientos una docena de periodistas, representantes de grupos legales y de derechos humanos, y los familiares de seis víctimas de ataques terroristas.
Lo que el Pentágono denomina "comisiones militares", una forma de tribunal castrense, han tenido diversas formas desde que se usaron, por primera vez, durante la Guerra de Independencia de Estados Unidos.
En su versión más reciente, estos tribunales (de instrucción) tienen un juez militar y al menos cinco miembros de lo que en la Justicia civil sería un jurado.
En un caso como el de Al-Nashiri, en el cual la Fiscalía busca la pena de muerte, se requiere un mínimo de 12 miembros del "jurado" y la decisión unánime. El "jurado" lo integran oficiales de las Fuerzas Armadas en servicio activo.El fiscal principal, general de brigada del Ejército Mark Martins, indicó que, tras la audiencia de instrucción de cargos, el juicio debe iniciarse en un período de 120 días, a menos que existan demoras que el juez califique como razonables.

Comentario Inglés

US- England: Debate sobre la Reforma del Jurado:
http://www.c-spanvideo.org/program/70609-1
Tras las palabras iniciales del juez Kennedy, un equipo de jueces británicos debatieron frente a un equipo de EE.UU. sobre la cuestión de qué país tiene el mejor sistema de jurados.

The Jury by John Morgan
 Mencionado por Sir William Blackstone en sus "Comentarios sobre las leyes de Inglaterra en 1765": "... un número adecuado de miembros del jurado razonable y justo, elegidos por sorteo de entre ciudadanos de rango medio, se encuentran los mejores investigadores de la verdad, y son los más seguros guardianes de la justicia pública".

As Sir William Blackstone said in his "Commentaries on the Laws of England in 1765": "… a competent number of sensible and upright jurymen, chosen by lot from among those of middle rank, will be found the best investigators of truth, and the surest guardians of public justice."

Así es el jurado que decidirá la suerte del Médico de Michael Jackson.

El jurado que juzga a Conrad Murray, el ex médico del fallecido Michael Jackson, está compuesto por 5 mujeres y 7 hombres, ciudadanos con los más variados antecedentes.
Jurado Nº:
1) Un cartero con cinco hijos, tiene 51 años, nació en México y también se confiesa seguidor de Jackson y considera que los policías, los bomberos y los médicos son "siempre creíbles".
2) una mujer de 57 años que es de origen español que se encuentra desempleada y afirma que su principal fuente de información es la emisora radial National Public Radio. Se considera una seguidora del cantante y asistió de cerca al juicio del ex jugador de fútbol americano O.J. Simpson, a mediados de los años 1990.
3) hombre de 45 años, dueño de una empresa de consultoría. Su cuñado y un primo son médicos y ha servido anteriormente en dos jurados. Además, durante el proceso de selección, informó al juez que no es un fan de Michael Jackson pero vio el documental sobre el cantante "This is it", lanzado tras su muerte.
4) Cajero a tiempo parcial de 32 años que estuvo un tiempo en la Guardia Nacional como operador de comunicaciones y busca enterarse de lo que pasa en el mundo únicamente a través de Internet. "Creo que tenia talento", dijo sobre Jackson, y "posiblemente" fue una buena persona. El hombre informó al juez que está al tanto de las acusaciones de abuso infantil contra el cantante, pero "no he llegado a ninguna conclusión" sobre el asunto.
5) Mujer de 48 años que ha hecho toda su vida laboral en un bufete de abogados. Reveló que asistió al juicio de Casey Anthony, la mujer de Florida que fue absuelta de matar a su hija en julio pasado, pero no cree que ello afectó su opinión sobre el sistema de justicia estadounidense. Declara que no es admiradora del cantante.
6) Hombre de 39 años, de origen cubano-mexicano y de profesión director asistente en una empresa. De vez en cuando acostumbra a visitar páginas de Internet con chismes de los famosos, incluyendo las de Pérez Hilton y el Drudge Report. Es un fan no sólo de Michael Jackson, como de toda su familia, incluyendo la hermana del cantante, Janet Jackson.
7) Mujer de 54 años "chicana" (denominados así a los habitantes hispanos oriundos de los territorios estadounidenses que pertenecieron anteriormente a México, Texas, Nuevo México, California), quien trabaja en una inmobiliaria. Sostiene que tiene opiniones muy firmes sobre el sistema jurídico de Estados Unidos y piensa que el desenlace del juicio de Anthony es un "ejemplo claro de cómo un jurado ve las cosas de forma diferente a la mayoría del público". Cree que los famosos gozan en los tribunales de un mejor tratamiento que el común de los mortales.
8) Hombre de 42 años, nacido en México es conductor de un autobus escolar. Piensa que los famosos acostumbran a resolver sus problemas judiciales con más facilidad que los demás, principalmente en Los Ángeles. Le gusta Jackson pero no es un fervoroso seguidor del cantante.
9) Director de televisión de 54 años y el único negro del panel. Ha servido en dos jurados criminales y un civil. Cuando era niño le gustaba Michael Jackson, pero ya no.
10) Mujer de origen británico de 43 años. Acaba de hacerse ciudadana estadounidense y trabaja en publicidad. Durante un tiempo fue empleada de un laboratorio como técnica de patologías médicas.
11) Dama con 36 años y trabaja en el departamento de atención al cliente en una gran empresa. Le gustan las revistas de chismes y también siguió de cerca el juicio de Casey Anthony, aunque el resultado no afectó su perspectiva del sistema judicial. En el año 1993 fue víctima de un tiroteo de origen criminal.
12) Editor de cine ya retirado, tiene 54 años y piensa que Jackson era un artista "de un enorme talento", por lo cual ha comprado todos sus discos desde que era joven.
El cuerpo de jurados también cuenta con cuatro miembros alternos, cuyas generalidades no fueron informadas y que asisten al juicio en una sala aparte, esperando a ser llamados si alguno de los doce jurados principales es apartado del caso. Por ley, sólo al final del juicio podrán ser divulgadas las identidades de los miembros del jurado.
FUENTE: http://www.elmundo.es/america/2011/09/28/gentes/1317216243.html
OPINIÓN (IFP):  Presencia eminentemente popular para deliberar y sentenciar en un juicio, los integrantes demuestran ser fiel reflejo de la comunidad, es por eso que se le denomina también al Juicio por Jurado juicio por tus pares o iguales.

Servir en el Jurado - Es un Deber ciudadano

INDIANA -US: Desde el 21 de julio, 2011 Contacto: Kathryn Dolan 317.234.4722
Campaña por el “Servir en el Jurado: Es Su Deber”. Nos demuestra la Importancia de ir a la corte cuando el ciudadano es llamado a participar.
Los jueces de Indiana y las estaciones de la televisión públicas han creído por conveniente informar a sus pobladores sobre la importancia de servir juntos en un jurado. La sociedad entre la Corte Suprema de Indiana y las emisoras Públicas (IPBS) han producido una serie de Anuncios de Servicio Público (PSA) referidos a la importancia de servir en el jurado. La campaña “El Servicio del Jurado: Es Su Deber” incluye ocho videos PSA que se lanzarán diariamente en el website de la Corte Suprema, compaginado al Twitter los días de la semana del 21 de julio al 1 de agosto.
Vease las imágenes de video (en inglés) en: http://www.in.gov/judiciary/press/2011/0721.html

Evaluación del Plan Estatal de Acción sobre DDHH (incluye Juicio por Jurados-CHINA 2009-2010)

El Estado controla con mayor rigor y usa de modo prudente la pena de muerte. En febrero de 2011, el Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional aprobó mediante discusiones la Moción (Octava) del Código Penal, anulando la pena capital para 13 delitos no violentos, de carácter económico, entre los que se cuenta el de estafa mediante falsificación de billetes y facturas. Las imputaciones de la última pena se han reducido cerca de una quinta parte. El Código Penal revisado conlleva estipulaciones de carácter limitador para la pena de muerte aplicada a los criminales con 75 años cumplidos en el momento del juicio. En junio de 2010, los departamentos correspondientes emitieron en conjunto las Disposiciones acerca de Algunos Problemas de Chequeo y Deducción de Testimonios en el Tratamiento de Casos de Pena de Muerte, adoptando normas más rígidas al chequear y deducir los testimonios de casos de pena máxima, garantizando al acusado sentenciado a muerte su derecho a la apelación.

1. Se perfecciona constantemente el sistema de aplicación de la ley: El Consejo de Estado emitió las Propuestas sobre el Refuerzo del Fomento del Gobierno Regido por la Ley, reglamentando rigurosamente la aplicación justa y civilizada de la ley por los órganos administrativos. La Fiscalía Popular Suprema y el Ministerio de Seguridad Pública han publicado las Disposiciones sobre el Interrogatorio a Sospechosos Implicados en Delitos en la Etapa de Verificación y Detención, garantizando una mejor atención a los casos penales y garantizando los derechos legítimos de los sospechosos implicados en actos delictivos. El Ministerio de Seguridad Pública ha elaborado reglamentos detallados de aplicación de la ley, haciendo estipulaciones concretas sobre los eslabones y procedimientos principales en la atención de los casos. Además, la referida cartera ha publicado Algunas Disposiciones sobre la Administración Financiera Relacionadas con Casos en los Órganos de Seguridad Pública, Opiniones Directrices acerca del Establecimiento de Sistemas de Personal de Legalidad, Opiniones Directrices acerca de la Reglamentación y el Fomento de la Informatización en la Ejecución de la Ley por los Órganos de Seguridad Pública, etc., en total más de 30 disposiciones departamentales, gracias a lo cual se mejoran los sistemas en eslabones de ejecución de la ley, los puestos de ejecución de la ley, entre otras áreas.
2. Derecho de los reclusos: Se perfeccionan en mayor medida las leyes y reglamentos jurídicos relativos a los derechos de los reclusos. En mayo de 2009, el Ministerio de Seguridad Pública divulgó varios documentos de carácter reglamentado, entre ellos las Diez Disposiciones acerca de la Prevención y Golpe a "Cabecillas de Prisión y Déspotas Carcelarios" en los Centros de Detención, la Circular sobre la Práctica de Reclusión y Control Concentrados para con las Reclusas en los Centros de Detención, perfeccionando el sistema de reclusión y control por separado de los reclusos en dichos centros, el sistema de administración transitoria de los nuevos reclusos y aviso sobre la detención, el sistema de alarma por maltratos denunciados por los propios detenidos, etc. En diciembre de 2009, el Ministerio de Seguridad Pública y el Ministerio de Salubridad emitieron conjuntamente la Circular sobre el Fortalecimiento y Mejoramiento Efectivos del Trabajo Médico y Sanitario de los Locales de Supervisión y Control de la Seguridad Pública, exigiendo reforzar la construcción de organismos médicos en los locales de supervisión y control de la seguridad pública. En la Norma de Construcción de Cárceles, cuya ejecución se inició en diciembre de 2010, se reglamenta en mejor medida la administración y la construcción de instalaciones en los centros penitenciarios. El sistema de ejecución de leyes públicas relacionado con la supervisión y el control quedó básicamente establecido. Los centros de detención cuentan con salas de recepción y urnas de denuncia, publican los nombres de los policías y los sistemas y procedimientos de ejecución de leyes en el curso de la supervisión y el control. Actualmente, más de 1.500 centros de detención están abiertos a la sociedad y reciben la supervisión social. El Tribunal Popular Supremo, la Fiscalía Popular Suprema y otras entidades promulgaron las Propuestas acerca del Fortalecimiento y Reglamentación del Trabajo de Ejecución fuera de las Cárceles, reforzando los sistemas de aviso público y audiencia previos a la determinación sobre la disminución de penas y la libertad condicional, elevando el grado de transparencia del juicio de los casos relacionados con la reducción de la pena y la libertad condicional. En los dos años, los tribunales populares de las diversas instancias, basándose en la ley, han reducido las penas de 1.005.000 individuos y han dejado en libertad condicional a 68.000.
Con el objetivo de evitar la tortura y el interrogatorio por la fuerza para obtener confesiones, o el castigo físico, la tortura, la humillación y otros actos que violen los derechos del recluso, el Ministerio de Seguridad Pública estipula que a excepción de causas especiales, el interrogatorio a detenidos tiene que hacerse dentro de la sala de interrogatorio de los centros de detención, en que hay rejas metálicas protectoras para el aislamiento, instaladas a la entrada para los detenidos y el personal de atención a los casos, por separado, evitando así el contacto físico entre ambas partes. Se instalan en la sala de interrogatorio equipos de grabación de voz e imagen simultánea, con el propósito de aprovechar los medios científicos y tecnológicos para evitar actos de tortura e interrogatorio dirigidos a conseguir confesiones de manera forzosa. Se practica el sistema de cacheo del recluso antes de ser llevado al interrogatorio, después del mismo, así como cuando se lleva fuera del centro de detención y cuando se regresa al mismo.
3. Derecho a un juicio imparcial: El derecho del litigante de una causa a un juicio imparcial logra garantizarse. El Tribunal Popular Supremo ha elaborado Algunas Disposiciones acerca de la Grabación de Sonido y Videograbación sobre las Actividades del Juicio en la Corte. Con el permiso del tribunal popular, el interesado de la causa puede leer y reproducir la grabación de sonido y la videograbación. Actualmente se ha hecho realidad en Beijing, Shanghai, Shandong y otros lugares la grabación simultánea de sonido e imagen sobre el juicio en la corte. En septiembre de 2010, el Tribunal Popular Supremo publicó las Propuestas Directrices de Medición de Penas en el Tribunal Popular (a modo de ensayo) y junto con otros departamentos emitió las Propuestas acerca de Algunos Problemas Referentes al Procedimiento de Medición de Penas (a modo de ensayo). Desde octubre de 2010, los tribunales a distintas instancias de todo el país practican a modo de ensayo general la reforma reglamentada de la medición de penas, reglamentando el poder de sentencia libre en la causa penal, unificando normas de medición de penas para 15 tipos de delitos comunes. Actualmente, los casos de estos 15 delitos representan alrededor del 90% del total de casos penales tratados por los tribunales de base.
Las informaciones sobre el juicio se abren totalmente. En los dos años, el Tribunal Popular Supremo elaboró las Seis Disposiciones acerca de la Apertura de la Justicia y Algunas Disposiciones acerca de la Aceptación por Parte del Tribunal Popular de la Supervisión Ejercida por la Prensa y los Medios de Comunicación, garantizando el derecho de los ciudadanos a obtener informaciones sobre el juicio. Los tribunales populares a diversas instancias de todo el país han establecido salas de aceptación de casos, publican informaciones sobre la apertura del juicio en la corte, la ayuda judicial y otros temas; establecen la guía para la acusación, abriendo líneas directas para tales casos; establecen sistemas de información en red sobre el juicio y sistemas de administración de las informaciones sobre casos ejecutados, facilitando la adquisición de informaciones a las partes interesadas. Actualmente, la mayoría de los tribunales superiores, 97 tribunales populares intermedios y 472 tribunales populares de base realizan el trabajo de publicación de documentos de juicio en la red.
El sistema de jurado popular se perfecciona y se consolida en mayor medida. En los dos años, el Tribunal Popular Supremo elaboró las Disposiciones acerca de Algunos Problemas de la Participación de los Jurados Populares en las Actividades de Juicio y Algunas Propuestas acerca del Fortalecimiento e impulso a los Administradores del Trabajo de los Jurados Populares. Los jurados populares han participado en los juicios de 1.544.000 casos, representando el 32,44% del total de casos de procedimiento común de los tribunales de base. Los tribunales a distintas instancias de todo el país amplían el ámbito de elección y nombramiento de jurados populares, cuyo número total se acerca a los 80.000.
Los derechos de los abogados en sus actividades de ejercicio de oficio reciben una mayor garantía. Desde 2009, los departamentos correspondientes promueven la revisión o anulación de las diversas índoles de estatutos y documentos reglamentados que no concuerdan con lo establecido en la Ley de Abogados, han divulgado sucesivamente los Medios de Administración de Documentos de Ejercicio de Oficio de los Abogados y Oficinas de Abogados, las Normativas de Examen Anual sobre las Actividades de Ejercicio de Oficio de los Abogados (a modo de ensayo) y otros estatutos y normas de oficio. El Ministerio de Justicia, junto con otros órganos relacionados, redacta el proyecto de Disposiciones acerca de Cómo Garantizar según la Ley los Derechos de los Abogados al Ejercicio del Oficio en las Actividades de Procedimiento Criminal, haciendo énfasis en solucionar problemas como las dificultades en el encuentro, en la lectura de folios, en la investigación y consecución de testimonios, etc., enfrentados por los abogados.
El sistema de indemnización estatal se perfecciona en mayor medida. En abril de 2010, el Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional aprobó mediante examen y discusión las Resoluciones acerca de la Revisión de la Ley de Indemnización de la República Popular China, canalizando mejor las solicitudes de indemnización, perfeccionando su procedimiento, a la vez que los ámbitos y cuantías normativas de la indemnización se hacen más claros y la administración de los gastos de la indemnización y el mecanismo de pago han sido canalizados. Para garantizar la ejecución y aplicación de la Ley de Indemnización Estatal, los departamentos relacionados del Estado han elaborado y revisado los reglamentos jurídicos y explicaciones judiciales relacionados. En los dos años, los tribunales populares a diversas instancias han enjuiciado y concluido 2.950 casos de indemnización estatal, de los cuales se ha decidido la indemnización en 805, con una suma a pagar ascendente a los 71.709.000 yuanes. En marzo de 2009, el Tribunal Popular Supremo, la Fiscalía Popular Suprema y otros departamentos emitieron conjuntamente Algunas Propuestas acerca del Despliegue del Trabajo de Auxilio a Damnificados en los Casos Criminales. Los tribunales populares amplían sus esferas de auxilio judicial y, en los referidos dos años, han ratificado 547.000 casos de reducción, postergación y exención del pago de gastos en pleitos.
4. Libertad de creencia religiosa: Las actividades religiosas normales están protegidas por la ley. En los dos años, la Administración Estatal de Asuntos Religiosos de la República Popular China ha publicado los Medios de Administración de los Monasterios del Budismo Tibetano, las Resoluciones acerca de la Revisión de las Normativas Detalladas de Aplicación de las Disposiciones de Administración de Actividades Religiosas de Extranjeros en el Territorio de la República Popular China, y conjuntamente con otros departamentos correspondientes emitió las Propuestas acerca de la Solución Acertada del Problema de la Seguridad Social del Personal Religioso, elaboró las Disposiciones de la Administración Estatal de Asuntos Religiosos sobre Procedimientos del Tratamiento de Casos de Reconsideración Administrativa y otros estatutos y sistemas. El Estado apoya el mejoramiento de las condiciones de las oficinas de las organizaciones religiosas nacionales y de una parte de los centros docentes religiosos. A finales de 2010, se concluyó básicamente el nuevo recinto del Instituto de Taoísmo de China y la Sociedad de Taoísmo de China. El Estado invierte fondos para apoyar actividades de peregrinación del islamismo, la construcción del Instituto de Teología y Filosofía Católicas de Sichuan, el Instituto de Teología y Filosofía del Centro-Sur y otros centros docentes religiosos y organizaciones religiosas, así como la capacitación del personal religioso. Ha invertido cerca de 600 millones de yuanes en la protección, mantenimiento y reparación de importantes templos y monasterios, entre los que destacan el Monasterio Samye-Templo Trandruk y el Monasterio Zhaxilünbo en la región autónoma del Tíbet, la Gran Mezquita Shaanxi en la ciudad de Yili y la Gran Mezquita Aitigar en la ciudad de Kashgar, región autónoma uigur de Xinjiang, etc.
5. Derecho a conocer los hechos: Se promueve activamente la publicación de asuntos gubernamentales y el derecho de los ciudadanos a conocer los hechos recibe una garantía mucho mayor y más efectiva. Sobre la base del Reglamento de Publicación de Informaciones del Gobierno y basándose en las Propuestas de la Oficina General del Consejo de Estado acerca de Algunos Problemas Referentes a la Aplicación del Reglamento de Publicación de Informaciones del Gobierno de la República Popular China, en octubre de 2010, el Consejo de Estado promulgó las Propuestas acerca del Fortalecimiento del Gobierno Regido por la Ley. Quedó básicamente conformado el sistema de publicación de asuntos gubernamentales.
Hasta finales de 2010, 75 departamentos centrales publicaron sus presupuestos, 18 provincias, regiones autónomas y municipios bajo jurisdicción central divulgaron sus presupuestos fiscales públicos y presupuestos sobre fondos de carácter gubernamental, 12 provincias, regiones autónomas y municipios bajo jurisdicción central publicaron por mes o trimestre la ejecución presupuestaria. Quedó preliminarmente establecido el sistema de servicio gubernamental de acción unida entre los niveles provincial, municipal, de distrito, cantón y aldea. Un total de 31 provincias, regiones autónomas y municipios bajo jurisdicción central han instalado 2.842 centros de servicio gubernamental (administrativo), y unos 25.000 centros de servicio al pueblo en cantón y poblado (vecindad).
En junio de 2010, el Consejo de Estado aprobó el Reglamento de Auxilio y Ayuda a Damnificados por las Calamidades Naturales que concreta estipulaciones acerca del problema de la publicación de informaciones al respecto. El Reglamento establece que cuando ocurren calamidades naturales y se implementan los planes previstos de respuesta a emergencias para el auxilio y ayuda a los damnificados por calamidades naturales, se deben publicar de forma inmediata a la sociedad las medidas de respuesta y las medidas preventivas formuladas por el gobierno; mediante la prensa, la radioemisión, la televisión e Internet se toma la iniciativa de publicar las cantidades de dinero y materiales recibidas para el auxilio y ayuda a los damnificados por las calamidades naturales, la procedencia de las donaciones en metálico y materiales, las cantidades y sus usos. El mecanismo de consejo conjunto de busca de responsabilidades sobre grandes e importantes incidentes relativos a la producción segura efectúa la supervisión, la investigación y el examen por temas especiales sobre el tratamiento de los incidentes en que se esconde información.
El sistema de divulgación informativa y el sistema de vocero informativo se perfeccionan en mayor medida. Se han establecido el sistema de vocero informativo del comité del partido comunista y el sistema de vocero informativo del gobierno a nivel de distrito. En octubre de 2010, el Comité Central del Partido Comunista de China publicó las Propuestas sobre el Establecimiento del Sistema de Vocero Informativo del Comité del Partido, promoviendo enérgicamente el fomento del establecimiento del sistema de vocero informativo en los departamentos del Comité Central correspondientes y en los comités de provincia, región autónoma y municipio bajo jurisdicción central. Actualmente, 13 departamentos del Comité Central del Partido Comunista de China, los comités del Partido en 31 provincias, regiones autónomas y municipios bajo jurisdicción central y del Cuerpo de Producción y Construcción de Xinjiang cuentan con voceros informativos. El trabajo de divulgación informativa del Comité del Partido marcha hacia la sistematización y la reglamentación. En los dos años, los diversos Ministerios y Comisiones, los diversos departamentos, así como las diversas provincias, regiones autónomas y municipios bajo jurisdicción central han celebrado 3.522 conferencias de prensa.
6. Derecho a la participación: El derecho del ciudadano a la participación está garantizado. En marzo de 2010, el Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional aprobó una resolución sobre la modificación de la Ley Electoral, definiendo elegir a diputados ante las asambleas populares según proporciones iguales de población en la ciudad y el campo. Los diputados populares poseen una representatividad más amplia. Se perfeccionan las disposiciones acerca de los organismos electorales, procedimientos electorales, etc. Se manifiesta en mejor grado la igualdad entre todos los ciudadanos, la igualdad regional y la igualdad entre etnias. En los dos años, el Comité Nacional de la Conferencia Consultiva Política del Pueblo Chino ha establecido más de 10.000 mociones, más del 90% de las cuales han recibido respuestas sobre el tratamiento; ha organizado 15 delegaciones de inspección y 30 delegaciones de exploración, proporcionando al Comité Central del Partido Comunista de China y al Consejo de Estado informes de inspección, ha recibido 27.333 informaciones sobre la situación social y opiniones populares, 75.119 cartas enviadas por las masas populares; ha convocado varias sesiones de miembros del Comité Permanente con temas políticos especiales a discutir, reuniones de consulta por temas especiales, foros y asesoramientos. Presenta activamente sugerencias y propuestas sobre medidas políticas dirigidas al desarrollo económico y social.
Se perfecciona el sistema de autonomía de las masas populares de base. En octubre de 2010, el Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional aprobó la recién revisada y definida Ley Organizativa de los Comités de Aldeanos, elevando el nivel de autonomía de los aldeanos y de administración democrática de las zonas rurales. Actualmente, en 31 provincias, regiones autónomas y municipios bajo jurisdicción central se han publicado los medios de elección del comité aldeano y en ocho de ellos se ha elaborado el Reglamento de Información de Asuntos de Aldea; alrededor del 85% de las aldeas han fundado el sistema de asamblea de aldeanos o sistema de reunión de representantes de aldeanos; más del 90% de las aldeas han fundado organismos de supervisión pública sobre los asuntos locales. El documento Propuestas acerca del Fortalecimiento y Mejoramiento del Trabajo de Construcción de los Comités de Habitantes Comunitarios Urbanos exige en términos explícitos reglamentar en mayor medida el procedimiento de elección democrática de las comunidades y ampliar establemente la cobertura de las elecciones directas de los comités de vecinos comunitarios. En 2010 se realizaron las elecciones para el comité de vecinos urbanos en todo el país.
FUENTE: http://spanish.peopledaily.com.cn/31621/7440454.html

¿Cuál fue el primer Juicio por Jurado?

¿Cuál fue el primer Juicio por Jurado? (Acabando con el mito de ser un tema Anglosajón)
Ver video en: http://www.videojug.com/expertanswer/jury-history-2/what-was-the-first-trial-by-jury
Bien nosotros no sabemos con seguridad cuando fue exactamente, pero es muy probable que éste ocurrió aproximadamente 750 A.C., en las regiones llamadas Polis, estas eran Ciudad-Estado de la Antigua Grecia. Ya desde aquellos tiempos ellos tenían jurados reales (heliaia) que participaban en los casos de juzgamiento, los cuales eran conformados por hacendados y las personas de las comunidades. Ellos se agrupaban, llegando muchas veces a sobrecargarse de labores, realizando tareas de investigación más amplias de lo que realizan los jurados de hoy en día. Ellos investigarían los problemas, los hechos, podrían salir a hablar con las personas. Pero ellos eran los jurados, y eso fue hace más de 2000 años atrás por lo cual tenemos nosotros conocimientos de que había jurados.

El sheriff más severo de los Estados Unidos

Joe Arpaio es considerado el Sheriff (comisario) más severo, mediático y controvertido de los Estados Unidos. Pero desde 1992 es elegido período tras período por los casi cuatro millones de habitantes del Condado de Maricopa, Arizona, y dentro de pocas semanas aún cumplidos los 76 años Arpaio volverá ser electo para ser el brazo de la ley en una región conflictiva del país del Norte.
No solo las declaraciones públicas del Sheriff son motivo de escándalo permanente, sino sus actitudes concretas en el terreno de cómo se vincula con el delito y los criminales lo que hacen de este abuelo un hombre del cual se habla en todo los Estados Unidos, y ni los organismos defensores de los derechos civiles han podido impedir que la población lo elija en forma reiterativa como su jefe de policía preferido.
Cuando hace unos años Arizona estaba por invertir decenas de millones de dólares en un moderno complejo carcelario (los que habían hasta entonces eran insuficientes para alojar delincuentes), Joe Arpaio creó un sistema de carpas que actualmente sirven para alojar a miles de reclusos y por las características de fácil construcción se pueden agrandar permanentemente.
Claro, el Sheriff le hace ahorrar mucho dinero a los contribuyentes y aparte les rinde cuenta de sus polémicas nuevas medidas, y la gente lo sigue eligiendo.
Pero hay más. Arpaio consignó una serie de prohibiciones como ser el tabaco, las revistas pornográficas y lo más polémico, retiró de los gimnasios carcelarios los aparatos de musculación y levantamiento de pesas, y lo justificó con estos términos: “Esta gente está en la cárcel para pagar una deuda con la sociedad, no para criar músculos y asaltar a gente inocente cuando dejen la prisión”.
En otras de sus decisiones polémicas, el Sheriff cortó el servicio de televisión por cable a los presos, hasta que por una resolución de la Corte Federal que obliga a prestar dicho servicio lo hizo retroceder... pero no tanto. Arpaio volvió a brindar televisión por cable pero solo en dos canales: el de Disney y el del Servicio Meteorológico. Cuando tuvo que explicar a la población el porqué de sus controversiales decisiones (entre ellas, la gastronomía carcelaria cortó el café argumentando ser cero nutricional y constituir un derroche de dinero innecesario para el contribuyente), el Sheriff declaró: “Esto es la cárcel, no es el Hotel Ritz Carlton. Si no les gusta, no vuelvan”.
Ciertas costumbres de humillación que utiliza el sistema carcelario impuesto por Arpaio son reprobadas por los organismos que defienden los derechos civiles, pero aprobados por la población, quien en definitiva lo elige permanentemente.
La agencia Associated Press escribió un informe donde se consignaba lo siguiente: (...) Las temperaturas de Phoenix fueron más altas que de costumbre, con 43 grados aproximadamente 2000 internos alojados en un campamento rodeado por alambres de púas fueron autorizados a despojarse de sus ropas y quedar vestidos únicamente con sus calzoncillos de color rosado provistos por el gobierno...”.
Esto es el infierno, es inhumano, estamos dentro de un horno” se quejó a la agencia de noticias un preso, Ernesto González, con varios años de condena por cumplir.
El Sheriff dio su versión a los periodistas que le entrevistaron: “Los criminales deben ser castigados por sus delitos, no vivir a todo lujo hasta que les llegue la libertad condicional, solo para que salgan a cometer más crímenes y volver para vivir a costa del contribuyente y disfrutar de cosas que los contribuyentes quizás no puedan afrontar para sí...”, afirmó muy suelto de cuerpo y seguro que la reacción de los cuatro millones de personas que dependen su seguridad de sus particularidades le seguirán apoyando.
Y a quienes se quejaban por las altísimas temperaturas que soportan los reclusos, les apuntó: “(...) en Irak nuestros soldados viven también en carpas, caminan todo el día cargados con sus pertrechos de guerra, encima les disparan y ellos no han cometido ningún crimen... de modo que cállense la boca”.
En América Latina algunas voces piden que sea la población –y no los partidos políticos- quien proponga a quienes serán sus jefes policiales. Si ese momento llegase (algo improbable por ahora), habrá que ver cómo reacciona la comunidad cuando personajes estilo del Sheriff Joe Arpaio realicen campañas proselitistas fundados en lo que él polémico policía llama trato duro pero compasivo. ¿Usted votaría por éste sheriff?

Defienden implementación de juicios por jurados

“El jurado tiene legitimación democrática popular que los jueces no tienen”.
Así lo afirmó el abogado penalista Oscar Pandolfi, quien participa de las jornadas de debate por la reforma del Código Procesal Penal de Río Negro, que se realizan en Bariloche. Mañana habrá un simulacro de un juicio que tendrá como jurados a ciudadanos que fueron seleccionados para analizar un caso real.
Mas información haciendo doble click en el titular o en:
http://www.elciudadanobche.com.ar/interior.php?accion=ver_nota&id_nota=21654

La LEY y el ORDEN

SITIO RECOMENDADO: En donde se aprecia como funciona el sistema de justicia orientado hacia el jurado en sus versiones de: Unidad de Victimas Especiales (UVE), Intento Criminal (CI-Criminal Intent), Reino Unido (UK), Juicio por Jurados (Trial by Jury), Los Angeles.
Serie que se enfoca en un grupo de detectives de una de las unidades especiales de la policía de la ciudad de New York específicamente en Manhattan. Entre los casos que investigan esta élite de la policía son asesinatos sexuales como ultraje y pedofilia, homicidios pasionales y secuestros. Generalmente los detectives casi siempre tienen pocos indicios, pistas y al tratar con todo tipo de degenerados y asesinos despiadados se meten en problemas muy serios. En cada episodio se presentan casos muy distintos y extremadamente complicados entre sí lo que obliga al espectador a ver el episodio completo pues muchas veces la historia al final cambia y dá un giro muy diferente al final que se esperaba. Cada uno de los detectives tiene una personalidad distinta y la serie también aborda parte de sus vidas personales y se puede observar como cada personalidad puede influenciar a la hora de tomar una decisión importante en el caso que se presente. Casi siempre el sospechoso del delito es detenido y llevado a juicio.
http://www.youtube.com/watch?v=utecqgb7E94&

El jurado: 15 años de su incorporación a la Justicia Española

Por: Agustín- Jesús Pérez-Cruz Martín
El pasado 23 de noviembre de 2010 se cumplieron 15 años desde la incorporación del tribunal del jurado a la organización judicial española. Aunque podría decirse reincorporación, pues, el jurado, con múltiples vaivenes, estuvo presente en España, a nivel constitucional y legal, desde el siglo XVIII hasta el inicio de la Guerra Civil. (Con ésto descartamos de plano que la Institución del jurado sea una institución eminentemente anglosajona).
Tras más de 16 años de vigencia de la Constitución y, singularmente, conforme a lo dispuesto en su artículo 125, que prescribe la participación popular de los ciudadanos en la Administración de Justicia en la forma y en los procesos penales que la ley determine...
Nota: Para continuar información siga el enlace.

Audiencia Regional organizada por El Comercio

Y de justicia habló Iván Fernández Paz, del Proyecto Jurados-Asociación Civil Promoviendo Desarrollo: “Un ciudadano de primera categoría no es aquel que vota o paga impuestos, sino aquel que juzga. En este momento estamos haciendo de jurado”.
Sostuvo que el Perú tiene uno de los poderes judiciales más corruptos del mundo y el de Lambayeque ocupa el primer lugar en la lista negra.
Comentó que el pueblo elige a sus representantes en los poderes Ejecutivo y Legislativo más no en el Judicial. Su propuesta es que los ciudadanos puedan participar en su elección también.
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http://elcomercio.pe/peru/720309/noticia-pobladores-reclaman-mas-atencion-al-desarrollo-turistico-lambayeque

El Jurado: Un Ideal Hecho Realidad

¿Qué se puede esperar de un ciudadano como Jurado?
A menudo, desconfiamos que una sola persona (Juez) pueda determinar el destino de un individuo; en lugar de ello, confiamos en la comunidad para tomar la decisión correcta. Este es nuestro ideal democrático –es así como se imparte verdadera justicia devenida del pueblo, por el pueblo y para el pueblo -, ejerciendo la Democracia a diario en los tribunales por miles de ciudadanos en función de jurados en todo el país. La mayoría de los miembros integrantes del jurado consideran interesantes, educativas, y un honor desempeñar un papel importantísimo en la justa Administración de Justicia, el ciudadano fortalece sus deberes democráticos y realiza una función sumamente importante dentro del sistema Jurídico. “El jurado es un ideal hecho realidad que resuelve los problemas complejos de la justicia, respetando los derechos y corrigiendo errores que tienen las leyes”.
En el vídeo adjunto de orientación a miembros del jurado, titulado "EL JURADO: Un Ideal Hecho Realidad", nos muestra situaciones típicas ocurridas en la corte, teniendo como propósito el ayudarle a aprender más sobre el servicio de jurado y su importante papel en el ordenamiento jurídico y la estabilidad de un Estado.
Bienvenido al Centro de Información de Recursos del Jurado.
Desde 1998, la Oficina Administrativa de los Juzgados y tribunales superiores, se han unido para hacer de su conocimiento a millones de ciudadanos, como responder al llamado de servicio a sus comunidades y hacer que los ideales fundamentales de Justicia, Libertad y Democracia sean una realidad.
EL JURADO: Institución que lamentablemente es desconocida en su verdadera magnitud en America Latina; aquí un instructivo más incluido en nuestro constante proceso de concientización. Traducción de: Iván G. Fernández Paz, Director del PROYECTO JURADOS, PROJURADOS - PERÚ.
Vea el video adjunto en FORMATO MÁS AMPLIADO haciendo “click” en la siguiente dirección:

12 JURADOS si, 2 JUECES CIUDADANOS una mentira más


Iván G. Fernández Paz
 Por: Iván G. Fernández Paz (*)
Nos embargó la emoción al ser anunciado  un real cambio en la administración de justicia haciendo participe al ciudadano, calmado el buen animo  seguimos con el análisis del proyecto de Ley enviada por el Ejecutivo, perfil entregado por nuestra institución en Agosto del 2006 (tenemos las pruebas), la desilusión fue grande al encontrar nuevas “tretas inventadas” para dar a la mentira apariencia de verdad, denominándole Jueces Ciudadanos (JC) que es la participación de dos (2) profesionales legos en derecho en nuestra decadente justicia. No queda más que augurarle su fracaso por los motivos a ser expuestos.
Este nuevo engendro, a futuro nos demostrará que nuestra nación no esta para copia de inventos “reinventados”, se hace referencia que organismos similares funciona en el área andina siendo tal apreciación falsa por que en la referida Venezuela existe un jurado escabinado de doce (12) ciudadanos mas un juez, y en Bolivia son once (11) representantes del pueblo, es propicio también advertir que son experiencias nefastas que no han funcionado, por que, el jurado ha sido distorsionado en su esencia con infiltración política o de intereses mezquinos. No ha sido así en donde el Jurado tal cual el sistema inglés se ha impuesto, como es el caso de Argentina (que en leyes casi todo le copiamos), Panamá, Colombia y Brasil en donde si funciona bien.
Los Jueces Ciudadanos serán elegidos por dos años interviniendo en tres casos anualmente, que pasará cuando su veredicto sea antagónico generándose un empate, como siempre será el juez el que tenga el poder dirimente al final, imponiendo su veredicto, en el caso de doce (12) Jurados un juicio se gana con nueve (9) votos, siendo tres cuartos un numero contundente y respetable de la opinión de la mayoría.
Malos pensamientos ciudadanos imaginarán que existe una “sana intención” de democratizar la coima judicial, teniendo en cuenta que los justiciables van a ir a visitar a los Jueces Ciudadanos a sus casas para solucionar extrajudicialmente sus litigios, pues de poco les servirá, debido a que como siempre la ultima palabra estará en la segunda instancia o superior que ha quedado tal cual es, con las siempre reconocidas vocalías, es ahí donde siempre se termina recurriendo a pedir una “ayudita”. El Juicio por Jurados es algo así como una segunda instancia (no existen los vocales) y éstos sólo van a un determinado juicio manteniéndose en reserva la identidad y domicilio de sus integrantes por causas obvias.
Jueces Ciudadanos serán hábiles sólo en procesos penales; en los Jurados se amplia a casos civiles haciendo empatía especialmente en aquellos juicios de responsabilidad extracontractual, que bien podrían acabar con los perjuicios de ciertas empresas de servicio que abusan de cobros indebidos y terminan amparándose en una elemental conciliación cuando el abuso continúa en los meses sucesivos. Se pude mencionar aquellos casos judiciales polémicos que llegan a nuestros oídos, en donde un simple –pobre y abusado- ciudadano le gana un juicio a una súper corporación, pues eso sólo pasa en lugares donde el juicio por jurados es una realidad, aquí como es obvio ni en sueños sucede. Y como se quedará en los casos de la administración pública en los que resulte acusado un funcionario o ex funcionario público y hasta en donde pueden caer los mismos Jueces Ciudadanos si llegaran a coludirse o corromperse en un juicio.
Quien nos garantiza que, el sistema informático “inteligentemente dirigido” por el Estado el cual seleccionará a estos dos ciudadanos, solo se dedique a escoger a los partidarios de gobierno, recordemos que ellos actualmente copan todas las instancias de la administración de justicia y la nueva idea se resuma en “avisar a los compañeros desempleados que ya les conseguimos una chambita que durara dos años”. En contraposición y según elemental diccionario el Jurado es un Tribunal no profesional ni permanente, ante una posibilidad de ser aplicado en nuestro país los gobiernos Regionales son quienes deberán manejar el listado informático de los posibles jurados.
Se incluirán “profesionales” no juristas, como si ser “profesional” garantiza idoneidad en nuestro país, nótese que nuestro sistema de justicia está plagado de profesionales entre los cuales hay doctores, magisters, PHD, pero la justicia no funciona. En contraposición el Jurado que es un ciudadano sin importar el grado de instrucción pero honorable impartirá justicia sobre la base de su criterio y sentido común, sabiendo diferenciar entre lo bueno y lo malo, siendo ésta la razón por la que no se exige un grado elevado de instrucción, incluyendo así a todo el pueblo pues es la oportunidad de hacer a un ignorante pero respetable poblador un ciudadano de primera, el estado lo capacitará y no sólo lo orientará a establecer justicia, al mismo tiempo le reforzará el civismo, inculcará valores y virtudes, restaurará deberes y derechos, le cultivará educación, cultura y conocimientos, etc con el simple propósito de que lleve a su hogar y su entorno un efecto multiplicador de advertencia de que la justicia si funciona y pude hacer pensar a los delincuentes de su barrio que la justicia que nace del pueblo es infalible haciéndolos pensar mas de dos veces antes de delinquir.
Se hace imprescindible que las personas conozcan que el Tribunal de Jurados no es un tema de abogados o jurisconsultos, pues, si así fuese, ellos ya lo hubiesen hecho, pero muy por el contrario son ellos los que permanentemente se oponen a que ésta milenaria institución democrática sea instaurada en nuestro país bajo el anormal concepto del no estar preparados, cuando en realidad son ellos los que se deben de preparar para este inevitable cambio que la globalización en cierta manera nos trae basado en el Common Law –ley comun- que no es y nunca ha sido producto de los juristas, si no del pueblo, para ser entendido por la gente común, ignorante, humilde pero honorable, la abogacía y la judicatura inglesa trabajaron juntas para que, como lo expresó el jurista ingles Maitland, “El derecho no sea demasiado fino para el uso tan corriente”.
No obstante, aun cuando el poder ejecutivo tiene desde hace buen tiempo los lineamientos para un verdadero Tribunal de Jurados entregado por la institución lambayecana que fundamenta el tema de Juicios por Tribunales de Jurados, existe la mezquindad de orientar un tema propio del pueblo a pseudos expertos en materias de justicia que solo saben de leyes.
¿Imposible Jurados?, significa que los mediocres no han encontrado respuesta; los problemas de nuestra justicia si tienen solución e instaurar el Juicio por Jurados en nuestra nación, implicará cambios radicales en las estructuras de nuestra sociedad, con resultados netamente favorables y en el cual usted como ciudadano tiene todo el deber y derecho de participar. Dejamos por notificado a usted amigo lector lo que expresa el titular, Jurados si, pero Jueces Ciudadanos es una mentira mas para el pueblo.
(*) ANALISTA –
Director del: PROYECTO JURADOS (PRO-JURADOS)
Asociación Civil Promoviendo Desarrollo