Sistema de Justicia Democrático - Perú

Por: Iván G. Fernández Paz (*)
Democratizar el sistema de Justicia (parafraseando a Kant) resulta un “imperativo categórico” aquí y en el mundo, en lo que respecta a temas de Justicia en Perú y otras naciones éste se torna exigencia con carácter de urgencia al confirmar que, si tu sistema de justicia no funciona, nada funciona ni funcionará bien –democracia incluida-; y por cuanto la deducción lógica proposicional de orden nos  dice: La democracia es justicia si y sólo si la justicia es democrática.
Diagnosticar problemas de nuestra justicia es “agregar rayas al tigre”, en sí, no tiene caso incidir en asuntos conocidos por todos, ante lo cual estamos obligados de manera indefectible a cambiar lo que se tenga que cambiar -mutatis mutandis-; sí cabe aportar soluciones, siendo la más adecuada -en tiempos de inclusión social- empoderar al ciudadano en su sistema de justicia, logrando como máxima expresión hacer del Poder Judicial un verdadero y democrático poder del Estado.
Impostergable tarea a ser inculcada a nuevas generaciones quienes (al cambiar de chip) deberán comprender que, Democracia no solo es voto y partidos políticos; siendo ésta doctrina política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno, resulta más efectiva cuando se articula al sistema de justicia; de paso entenderán que, al ser Justicia virtud cardinal inherente a todo ser humano (lego), ésta -la justicia- no es, ni puede ser, asunto exclusivo de abogados (letrados).
Para enrumbar al pueblo hacia su justicia, es necesario (casi imprescindible), cuestionar el paradigma de la educación, por cuanto siempre se le antepone en primerísimo lugar, subrogando y soslayando a la justicia; valórese el contexto en que, siendo la Educación buena e importante para el individuo, éste no necesariamente contribuyen al desarrollo de su Nación; situación que si es real y  positiva con un buen sistema de justicia, por lo tanto, Justicia es prioritario ante educación y no son necesariamente complementarios, advirtiendo que el orden de factores si puede alterar el resultado.
La hipótesis educativa activa alarmas al subconsciente colectivo, cuestionando: ¿Está preparado el pueblo (inculto) para manejar el poder de la justicia?; al contrastar con elemental antítesis, se replica: ¿Funciona nuestro sistema de justicia, el cual está en manos de titulados, cultos e instruidos? O, responder al dilema: ¿Cuál justicia es mejor, la de las Rondas Campesinas o la profesional? O ¿Es posible educar con igualdad a toda una Nación?
En el sentido ut supra, es de comprender por qué grandes naciones tienen un –casi- efectivo sistema de justicia siendo éste semi-profesional el cual comparte de manera solidaria y responsable materias de justicia entre los profesionales del derecho en asuntos del proceso y norma, y delega en sus ciudadano como deber y privilegio encargarse de los asuntos que corresponden a los hechos.
Es de avizorar que Perú cuenta con presunciones de pleno y absoluto derecho -iuris et de iure- incluidos en su vigente Constitución Política, con las cuales lograría respaldar y establecer pilares para democratizar su sistema de justicia, como son:
1.- Juicio por Jurados (jurado de juzgamiento, 12 ciudadanos): Establece un verdadero Poder Democrático del Estado con participación ciudadana plena y vinculante bajo la expresión irrestricta de compartir responsabilidades de gobierno entre sus ciudadanos, así tenemos como sustento:
Artículo 43°.- Estado democrático de derecho. Forma de Gobierno La República del Perú es democrática (…)
Artículo 45°.- Ejercicio del Poder del Estado. El poder del Estado emana del pueblo. (…)
Artículo 138°.- La potestad de administrar justicia emana del pueblo y (…).
Artículo 149°.- Las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas, con el apoyo de las Rondas Campesinas, pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario (…)
2.- Elección popular de Magistrados: Manifestación política sin intervención de partidos políticos,  donde será el sufragio popular con la participación de universidades de todo el país, quienes elegirán y propondrán –respectivamente- a nuestros futuros magistrados, manifestado en:
Concordancia del Art. 45, con el Artículo.- 139. Inc.17. La participación popular en el nombramiento y en la revocación de magistrados, conforme a ley (norma orgánica por establecer).
3.- Gran Jurado (jurado de acusación, 24 o más ciudadanos): Institución política ciudadana descentralizada adscrita al Ministerio Público, la cual podría contribuir con los Congresistas en sus facultades de investigación-acusación política objetiva, evitando que éstas sean vistas como contubernio arreglado de conspiraciones y confabulaciones de opositores, pérdida de tiempo y recursos donde el único que termina afectado perdiendo ingentes cantidades de dinero es el Estado, y los políticos investigados salen airosos, alegando supuesta “cacería de brujas”; tal innovadora institución aplica trasladando al ciudadano ésa responsabilidad, cambiando en lo que respecta en:
Artículo 97°.- Función Fiscalizadora: El Congreso (y el Gran Jurado) puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público. Es obligatorio comparecer, por requerimiento, ante las comisiones encargadas de tales investigaciones, bajo los mismos apremios que se observan en el procedimiento judicial.
Instaurando progresivamente éstos institutos democráticos y otros más como, el Defensor del Pueblo (OMBUSMAN) sea elegido por el mismo pueblo, el comisario (sheriff) ciudadano ejemplar, subordinar la Policía al Alcalde, la Fiscalía sujeta al Gobernador,  Indultos otorgados por comisión de ciudadanos, comités ciudadanos anticorrupción, elección popular de Procuradores, entre otros, es de asegurar que la justicia en manos populares encausará a nuestra sociedad hacia una positiva transformación; para culminar, es de mencionar que la justicia es sumamente importante para una Nación como para dejarla solo en manos de abogados, reforzada con aquella frase de Abraham Lincoln (1864): "Dejad que el pueblo conozca los hechos, y el país estará seguro".
(*) ANALISTA – Asociación Civil Promoviendo Desarrollo Chiclayo
Director del: PROYECTO JURADOS (PROJURADOS)
E-mail: projurados@hotmail.com

“Juán Perez y su viaje al más allá” (Cuento )

Autor:  Iván G. Fernández Paz
Erase una vez Juan Pérez un millonario, quien al fallecer “vio una luz al final del túnel”,dirigiéndose hacia esa, sintió que flotaba por los cielos; de pronto, apareció un impresionante portón por el cual se permite el ingreso al Jardín del EDÉN o PARAÍSO, imponente armazón de madera a la cual se acercó para tocar con impetuosa decisión… (¡toc, toc, toc!).
Luego de unos segundos, se abrió una “ventanilla” de la misma puerta, asomándose la imagen de un anciano de aspecto benevolente, de amplia barba blanca y refulgentes vestiduras, quién muy cortésmente se presentó: – ¡Hola! soy Pedro quién resguarda las llaves de ingreso al Paraíso – ¿Y Usted. quién es?
El aludido contestó: –Saludos, soy Juan Pérez del Perú y es mi deseo ingresar al PARAISO – ¿Podría Ud. dejarme entrar?
– ¡Momento por favor! – Respondió San Pedro, – antes, debo de revisar si se encuentra en la lista de los ingresantes (luego de leer extenso listado); respondió – Mmm… ¡Juan Pérez NO!,NO está en ésta lista.
–¿Cómo? – exclamó asombrado Juan–. ¡No es posible! Su sistema debe estar fallando, vuelva a revisar por favor;le advierto que soy una persona sumamente preparada, educada, culta e instruida, por lo tanto debo de estar en aquél listado.
Por segunda vez, San Pedro volvió a revisar la lista, exclamando – ¡Reitero! Ud. no ésta aquí en la lista –
A lo que Juan Pérez alegó: –No es posible, pero si fui una persona exitosa, mire Ud. en Educación me ha ido muy bien, siendo muy inteligente ejercí mis dos profesiones -abogado y economista-, cuento con Maestrías y un Doctorado, llegando a ser hasta juez del Poder Judicial, manejo varios idiomas a la perfección -inglés, alemán,francés-, hasta he hablado en latín con el mismo Papa; he viajado a tantas naciones del mundo que en Historia y Geografía soy un experto, tengo escrito 2 libros, he emitido opiniones en diversos medios de comunicación y hasta fundé mi propia Universidad.
Mientras Juan Pérez describía su alto nivel educativo y de instrucción, -por tercera y última vez- San Pedro,revisaba el listado de ingresantes al Paraíso, replicando– ¡Definitivamente, Usted,no ésta aquí!
Aturdido Juan Pérez, prosiguió haciendo alarde de su “hoja de vida terrenal”, diciendo: – Don Pedro, en el aspecto Económico me ha ido excelente, fui accionista principal de importantes empresas, he dejado cuentas bancarias con Millones de Soles,Dólares, y hasta Euros; he comprado diversas propiedades, mi esposa e hijos han quedado asegurados y bien establecidos en lo educativo, social, económico, con lujosos autos y demás detalles; gracias a mis estudios en las mejores universidades del mundo, me han permitido ser una persona muy influyente por lo cual lidero mi propio partido político con el cual he llegado a ser Congresista y luego Presidente de mi caótica y desordenada Nación.
Luego de escuchar diversos argumentos y compadeciéndose de Juan – San Pedro mencionó:
– ¡Bien Juan!, te voy a hacer una simple pregunta; si la respondes, podrás entrar al Paraíso, espero contestes con la absoluta verdad. Te advierto, no intentes mentir, si lo haces, me daré cuenta; recuerda que soy la persona que permite la entrada al paraíso.
 – ¡Acepto!  –contestó Juan Pérez –. ¿Cuál es la pregunta?
San Pedro, preguntó: – ¿Has sido una persona JUSTA en la tierra?
–Mmm… – Contestó Juan Pérez –Como abogado y letrado soy una persona culta, educada instruida, con maestrías y doctorado,...esteee multimillonario.
– ¡Momento! – Interrumpió San Pedro, – ¿Esa, no ha sido mi pregunta?
–Volveré a preguntar –, replicó San Pedro: – ¿Ha sido Ud. una persona JUSTA? Respóndame con un simple y contundente, Si o No.
Una vez más, de forma evasiva Juan Pérez respondió: – Esteee..., pero soy exitoso empresario, he viajado por el mundo, soy amigo del Papa y hasta Juez y Presidente de mi país he sido…
San Pedro -ofuscado por el tiempo perdido- abrió de par en par las puertas del Paraíso, y dirigiéndose a Juan Pérez -quién miraba desde el umbral de la puerta- le dijo: – Desde donde estás parado puedes apreciar lo hermoso que es el Paraíso; aquí adentro, (señalando al interior del paraíso) está Jesús quién carece de grado de instrucción alguna, pero es persona justa e hijo humilde de un pobre carpintero, a él lo acompañan sus 12 apóstoles, aquí también están algunos santos más y muchas otras personas  buenas; como verás, nuestro mundo esta ordenado, limpio,tranquilo y alegre, en fin todo marcha bien. En ese sentido, al interior de éste el Paraíso, poco o casi nada importa el grado de Educación, instrucción o cultura, el dinero no sirve en absoluto, ni los idiomas, pues todos hablamos uno solo; pero, eso sí, aquí  reina la virtud de la Justicia, pues todos los que ingresaron al paraíso son ante todo personas justas.
Luego, cerrando las puertas del Paraíso (casi en la cara de Juan) y asomándose por la ventana del portón (aún abierta), – San Pedro exclamó– ¡Ah! olvidaba mencionar, aquí no hay abogados,pues no hay conflictos; por lo tanto es bastante probable que Ud. se halla confundido de camino; haré revisar el sistema, pero el del ascenso al cielo. Y presionando un botón (desde el interior), abrió los cielos, he hizo caer a Juan Pérez adonde realmente pertenecía.
MORALEJA(reflexión):
1) “La base del desarrollo de una Sociedad está en lo eficiente de su Sistema de Justicia, la Educación-siendo importante- es uno de sus pilares (no base), que contribuye al desarrollo del individuo y no necesariamente de su entorno social”.
2) “La justicia es sumamente importante para una nación como para dejarla sólo en manos de los abogados, razón por la cual se creó el Juicio por Jurados”.
3) Si quieres hacer de tu Nación un paraíso, tu sistema de Justicia debe de ser eficiente pero ante todo democrático”.
4) No existen los profesionales de la Justicia, ésta es una virtud cardinal presente en todo ser humano.

NO A MAGISTRADOS COMO DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD - PERÚ

 Por: Iván G. Fernández Paz (*)
Bajo el amparo de la Constitución Política del Perú y el pretexto que brinda el paradigma de la Educación, en nuestro país se han tejido, construido y mantenido situaciones absurdas e insólitas que lindan con lo  ilógico o son propios de protervo y elemental bodrio que no existen en otras naciones; uno de ellos reza así:
Artículo 146° La función jurisdiccional es incompatible con cualquiera otra actividad pública o privada, con excepción de la docencia universitaria fuera del horario de trabajo.
Los jueces sólo perciben las remuneraciones que les asigna el Presupuesto y las provenientes de la enseñanza (…).
El Estado garantiza a los magistrados judiciales: (…) Y
4.  Una remuneración que les asegure un nivel de vida digno de su misión y jerarquía.
Conocemos que, la encomiable labor ejercida en especial por Jueces y Fiscales, pero también Procuradores, Defensores del Pueblo (en el amplio sentido de la palabra, en adelante Magistrados), resulta ser un apostolado -seres con valor y sin precio-; como tal, su accionar debería ser dedicada a tiempo completo y bien retribuidos tal y como lo expresa el “Inc. 4. Remuneración digna de su misión y jerarquía, acorde a su investidura; en tal sentido, cabe preguntarse:¿Qué urgencia económica, necesidad personal, apuro particular o interés egocéntrico; urge a Magistrados en competir y quitar una opción laboral por horas (nunca a tiempo completo), a un colega abogado? Si consideramos que, los magistrados reciben adecuado y gratificante estipendio del Estado; de no ser considerado así por ellos, la respuesta es simple, ¡RENUNCIEN! y dedíquense a la noble opción pedagógica que brinda la enseñanza.
Si bien resulta cierto concebible y bueno que, un abogado siendo “catedrático” pueda postular a la magistratura, actitud que otorga puntos adicionales a su hoja de vida –situación indiscutible-; también lo es, no ser adecuado que, luego de ingresar como tal, continúe enseñando; así mismo, puede ser asertivo que como Magistrados, algunas Universidades los “inviten” eventualmente a dar conferencias magistrales o ponencias especializadas, más allá de eso, se prestaría a suspicacias; tales pretextos anidadas en la enseñanza degenera en peores consecuencias sustentadas en los siguientes argumentos:
- Vinculada a la Carga Procesal: Se refleja en hacer eco de la eterna queja que por generaciones esgrimen los operadores del derecho, referente a la abominable Carga Procesal; palabra que resume la abundante e incontenible acumulación de expedientes por resolver; situación que al ser contrastada y enfrentada al elemental sentido común, nos dice: “Si no tienes tiempo en solucionar tu trabajo de Magistrado, qué haces ejerciendo de Catedrático”.  Es necesario dedicar más tiempo  a despachar labores, en lugar de estar de “profesor universitario” al cual son inherentes labores de: Investigar, preparar y exponer clases, confeccionar y corregir pruebas, evaluar alumnos, entre otros sucesos; acaso, no resulta lógico dedicarle todo ese tiempo a: Estudiar, analizar y revisar expedientes y casos; obteniéndose como resultado congruente, en que la omnipresente “carga procesal” se vería reducida de alguna forma consecuente.
- Deriva en corrupción: Nuestro país vive una vorágine de corruptela, nefasta situación de la cual no se escapan las Universidades -nacional o particular-; es así que, por los medios de comunicación nos enteramos que, ciertos “personajes” –desde propietarios, rectores, decanos hasta el personal- se han visto envueltos en investigación o juicios por corrupción; tales expedientes en el proceso de investigación o juzgamiento han tenido la increíble “suerte” de caer en despachos, donde los imputados o inculpados (patronal) tienen relación laboral –íntima- con el juez o fiscal (trabajador) quién providencialmente ¡Oh, casualidad! dicta clases en su Universidad, y aun cuando existe un evidente “conflicto de intereses” ante lo cual procede una elemental recusación o elegante abstención al proceso, se continúa con el mismo, olvidando de plano la deontología jurídica; resultado, situaciones arbitrarias y parcializadas que afectan y deterioran el sistema de Justicia en su integridad.
- Germen del padrinazgo: Las aulas universitarias resultan ser caldo de cultivo de interrelaciones personales, situación que se aprecia con énfasis entre catedráticos (jueces o fiscales) y alumnos (futuros abogados), quienes desde las aulas universitarias inician relación biunívoca profesor- alumno, para bien (vasallo) o para mal (aversión); situación generadora de perjuicios en el futuro accionar de los actores dentro del sistema por obvias y elementales razones; verbigracia de lo mencionado es: Partir en total desventaja, al atreverse litigar con una despampanante “coleguita” donde el Magistrado ha sido su profesor y hasta “amigo” benevolente con las notas en épocas universitarias. En éste sentido, tal vinculación ejerce efectos futuros donde predomina el amiguismo, el servilismo y hasta el revanchismo trasladado a estamentos judiciales.
- Distorsiona la calidad de la enseñanza: Es reconocido que en Perú existe gran desprestigio en nuestro sistema de justicia, situación  obviamente derivada de la responsabilidad de “nuestros” magistrados  -salvo honrosas excepciones- quienes dejan mucho que desear en la emisión de sus dictámenes, o fallos previstos en resoluciones, autos o sentencias; en consecuencia, si tenemos “malos” magistrados, entonces ¿Qué tipo de “cátedra” expondrán en clases Universitarias?  No será que en aulas “malos jueces enseñan malas cosas”; volviéndose un círculo vicioso o vorágine de remolino que succiona la calidad de estudiantes de las facultades de Derecho. Resulta fácil entender, que la educación jurídica revela el carácter esencial del sistema y sus instituciones, y como es que el régimen educativo en las Universidades ha contribuido a la mediocre formación del abogado, quién a su vez, deja su huella en nuestro cada vez más deteriorado entorno social; no obstante, continuaremos escuchando de instituciones universitarias que se publicitan y hacen alarde de tener los mejores catedráticos, entre los cuales están tal o cual juez o fiscal.
- D´Turno: Por asuntos eminentemente laborales reflejo de responsabilidades que el Estado otorga, algunos magistrados están obligados a despachar en días no laborales (sábados, domingos y feriados) por lo tanto están “DE TURNO”, el detalle es, que muchas veces NO se les encuentra en su trabajo y hasta son -por decirlo menos-  casi "inubicables" hasta por teléfono celular; el detalle está, en que hay Universidades que dan clases sábados y domingos  (hasta días festivos), por lo tanto, es muy probable que los integrantes de nuestro sistema de Justicia se encuentren departiendo clases en alguna aula; razón por la cual se entiende -en especial los fines de semana- que cuando hay menores accidentados, víctimas mortales (cadáveres por levantar), personas que NO deberían estar en cárcel, etc. pues, ya contamos con elemental noción dónde podría estar el magistrado, y de seguro que con el celular apagado, pues la misma exigencia es trasladada a sus alumnos.
- Obsolescencia en la educación: La enseñanza por parte de Jueces o Fiscales en las Universidades poco contribuye al desarrollo e innovación de la carrera del derecho, por cuanto el ejercer doble trabajo, resta tiempo en investigar nuevas corrientes, manteniendo con denodado afán su “status quo”  ligado a intereses personales, siendo siempre opositores (salvo excepciones) a la renovación del Sistema de Justicia manteniendo doctrinas ortodoxas y desfasadas en el tiempo.
- Politización nefasta del sistema: Aun cuando es verdad, que los magistrados no debe de participar en opciones político partidarias por razones obvias; también resulta cierto que “algunos” manifiestan abiertamente su corazón partidarizado, esto se refleja hasta en universidades, quienes se reparten el mercado laboral (sin generalizar) de la siguiente manera: San Marcos, San Martín y Federico Villarreal se orientan al sector público en especial la Judicatura; otras como la Universidad de Lima y La Católica apuntan al sector privado en vista que la Judicatura está casi copada por egresados de las universidades que ostentan cierto color político y apología partidaria definida.
En buen resumen y según lo expuesto, es de asegurar que contamos con un sistema de Justicia basado en las "interrelaciones personales" lo que en lenguaje popular se denomina "patería"; tal situación configura un ambiente irregular, mediocre pero ante topo injusto; razón ante lo cual, es menester advertir a los magistrados y por el bien de nuestra Nación que, o se dedican a labor completa para los entes del Estado que los contratan, o renuncia a la misma para ejercer la noble labor pedagogía; pero entiéndase, que no es funcional ni compatible ejercer ambas cosas al mismo tiempo, por cuanto existe un simple, permanente y constante conflicto de intereses creados y por crearse.
Que los Magistrados enseñen en Universidades, resulta inconcebible en naciones desarrolladas y prósperas, en especial el mundo Anglo-americano; pero como es de esperar, aquí, en nuestro siempre “confundida” sociedad latinoamericana resulta que ser “catedrático universitario” es una especie de bonificación propia de ensalzar el ego, y ostentar grado de vanidad personal apto a futuros contubernios, amparado de manera poco analizada en nuestra Constitución Política.
Es de incluir a sazón, de que en Derecho “toda regla tiene su excepción”,  o lo parafraseado en el mundo de la Ingeniería “nada es absoluto todo es relativo”; y ante lo expuesto en el titular, no queda sino subsanar y con urgencia  –por el bien del país-  tal inconveniente, competencia dirigida a nuestros legisladores en la debida observancia de nuestra Constitución Política; pero por lo pronto, se podría ir avanzando con restricciones a ser aplicadas en el marco de la nueva Ley Universitaria, así evitamos seguir deformando la carrera de derecho en nuestro país que tan llevada a menos está y por elemental sentido de ser Justicia.

Artículo publicado en Suplemento Dominical del Diario La Industria – Fecha: Chiclayo - Perú 11/Oct/2015

(*) ANALISTA POLÍTICO–
¡Democratizando el Sistema de Justicia!
Asociación Civil Promoviendo Desarrollo / Director del PROYECTO JURADOS (PROJURADOS)
Visítenos en Facebook: https://www.facebook.com/ivan.fernandezpaz
Correo E-mail: projurados@hotmail.com

CINEFORUM - USAT

En la Universidad Santo Toribio de Mogrovejo (USAT) de Chiclayo, éste Jueves 16 los esperamos en un importante evento, donde serán expuestos mediante el Cine los principios fundamentales de la Democracia Participativa Directa dentro del Sistema de Justicia denominando como JUICIO por JURADOS, institución que viene siendo adoptada por varias Naciones del mundo (especialmente Latinoamericanas) debido a su efectividad y eficiencia; luego de la presentación habrá debate y ampliación sobre el tema.
Tema     : 12 HOMBRES SIN PIEDAD
Día         : Jueves 16 de abril de 2015
Hora      : 3:00 pm.
Lugar     : Aula  313 Campus U.    INGRESO  LIBRE
Espectacular drama, que transcurre durante la deliberación de sentencia en un juicio por Tribunal de Jurados, obra impresionante, tanto por la historia que se narra, como por su adaptación. Tema singular llevado por Hollywood a las pantallas en 1957, dirigida por Sidney Lummet y magistralmente interpretada en actuación principal por Henry Fonda.

JUICIO por JURADOS ¿Por qué NO al Referéndum? (PERÚ)

"El Juicio por Jurados resulta ser la máxima expresión de la Democracia" (I.F.P.)

Ante la inquietud de muchos ciudadanos respecto a promover un REFERÉNDUM (+ o - 2 millones de firmas) para hacer realidad el Juicio por Jurados, es adecuado mencionar que NO estamos en contra de la propuesta; sino de orientarnos a caminos más viables y concretos para hacer realidad la Democratización del Sistema de Justicia, para lo cual ponemos a su consideración los siguientes argumentos:

A.- El Juicio por Jurados es parte FUNDAMENTAL DE LA DEMOCRACIA por cuanto permite al ciudadano participar en uno de los Poderes del Estado, en éste caso el Judicial, con lo cual se logra democratizar el Sistema de Justicia; en tal sentido, podríamos decir que NO se necesitó  de ningún referéndum para establecer la Democracia en nuestro país; en consecuencia y mismo sentido, tampoco sería necesario aplicar "referéndum o plebiscito" para el Juicio por Jurados.
B.- Nuestra Constitución Política reza en su “Artículo 32.-Consulta popular por referéndum. Excepciones Pueden ser sometidas a referéndum:
 1. La reforma total o parcial de la Constitución;
 2. La aprobación de normas con rango de ley; (…)
 No pueden someterse a referéndum la SUPRESIÓN O LA DISMINUCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA, (…)”.
En referencia a lo expuesto, es de mencionar que siendo Derechos Fundamentales el derecho a juzgar, opinar y otros conexos NO tiene caso ir a un referéndum por cuanto se circunscribiría en una excepción y en contraposición a lo que prescribe la Constitución en su "Art.  2°. Toda persona tiene derecho: Inc. 4.  A las libertades de información, opinión,expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley".
C.- (Apreciación subjetiva) Es de tener en consideración que los medios de comunicación masiva – en torno al aspecto de la Democratización del Sistema de Justicia- darán más cabida a la opinión de “reconocidos Juristas”, muchos de ellos de prestigio, pero de pensamiento ortodoxo y opuestos al cambio (situación sucedida en Argentina); la prensa contrastará y daría más cabida a aquellos que viven del “status quo” y probablemente ante un referéndum los ciudadanos (desconocidos) interesados en el cambio serían minimizados por la opinión de “eruditos” en el tema de Justicia; pudiendo tal opción hasta intimidar al pueblo hacia el verdadero cambio.
En resumidas cuentas, reitero NO es nuestra idea oponernos a las iniciativas de promover el Juicio x Jurados, sino evitar caminos tortuosos que nos llevaría a un túnel sin salida cómo lo es el referéndum un sistema que desgasta y para lo cual se requiere de recursos económicos y logísticos (Desde el 2000 a la fecha a los “fonavistas” no les hicieron mucho caso); existen caminos más directos cómo la INICIATIVA o ACCIÓN POPULAR (40mil firmas), con la que estoy seguro de que si llegáramos a contar con el apoyo de los jóvenes (ex -pulpines), promotores del cambio, apoyados con marchas populares fomentaremos  un rápido cambio en la administración de Justicia, llegándola a DEMOCRATIZAR. Salvo mejor parecer.
Iván G. Fernández Paz
Director del Proyecto Jurados

Libertad en Democracia

Las libertades democráticas se sustentan en un eficiente sistema de Justicia y éste únicamente es viable cuando el pueblo participa en su Poder Judicial, haciéndolo realmente un Poder del Estado (situación que no sucede en América Latina); es de mencionar la Ley (en Perú  Nº 27686), referida a la “criminalización de la protesta social” funcionaría mejor o en su defecto, simplemente  no funcionaría en Naciones que ostenten el Juicio x Jurados.
Aquí, una placa recordatoria de como oponerse a las leyes opresoras que van en contra del pueblo; sería recomendable seguirlas, no lo cree Ud. y de paso concretar lo de aquella frase que dice: "Cuando una ley es injusta lo correcto es desobedecer" - Mahatma Ghandi.
Cortesía: Iván G. Fernández Paz / PROYECTO JURADOS- PERÚ

NO es Democracia el VOTO únicamente.


En el mundo existen alternativas democráticas, donde el VOTO es lo de menos –pues casi no se le da importancia- ciertas Naciones, se organizaron pensado en que el Poder puede ser tomado por un déspota o delincuente (político partidarizado); pero tal individuo, nunca podrá hacer lo que le venga en gana, en la medida que el Sistema de Justicia de empoderamiento popular, y obviamente democrático (que no es propiedad de los partidos políticos) siempre lo estará vigilando y hay de aquél que intente hacer de las suyas. 
En ese contexto, es la naturaleza de su éxito como Naciones Democráticas haciendo un verdadero equilibrio de Poderes donde han reducido sustancialmente la corrupción (política) y la delincuencia (común). 
En consecuencia, si piensa Ud. que, Democracia es meter en un ánfora un papel marcado cada 4 o 5 años para mantener con el voto a políticos; pues le informo que está siendo engañado, eso NO es Democracia.
Tales ideas, las venimos proponiendo al Democratizar el Sistema de Justicia, para beneficio de toda Latinoamérica.
¡Esperamos contar con tu apoyo!!!
Atte. Iván G. Fernández Paz / Proyecto Jurados - Perú

Jurado y Gran Jurado: Comparaciones y Diferencias

INSTITUCIONES CÚSPIDES DEL SISTEMA DEMOCRÁTICO ANGLO-NORTEAMERICANO (desconocidas en Latinoamerica): En vista que, de forma constante nuestros seguidores confunden GRAN JURADO con Jurado (común), he considerado conveniente confeccionar un instructivo cuadro comparativo entre estas dos instituciones propias de la Democracia Participativa Directa con efecto vinculante en su sistema de justicia, y que gracias a éstas se reduce sustancialmente la delincuencia común, como la de “cuello y corbata (corrupción)”; en consecuencia, si logramos hacerlas realidad podemos desarrollarnos en una sociedad mas justa y menos caótica al Democratizar nuestro sistema de Justicia con participación popular. Espero se valore y se comente al respecto.
Atte. Iván G. Fernández Paz / Proyecto Jurados - Perú

El Juicio x Jurados nace en Grecia, NO en Inglaterra

El Juicio x Jurados tiene su origen en la antigua Atenas como parte de la Democracia, es propuesta por  Solón (Grecia 638-558 a. de C.) en la “dikasteria” (los tribunales) denominándola entonces como “Heliaía o Heliea” (congregarse, en griego antiguo); siendo las naciones Anglo-sajonas las que lo valoraron y asumieron, acabando así con el poder absolutista del Rey quién imponía a sus jueces (amigos), luego ésta institución fue trasladada a sus colonias conquistadas.
Para evitar cosas como las expuestas (aquí abajo), se le conoce al JxJ como el gobierno de los buenos ciudadanos y donde se hace política (arte de gobernar) accionando en la cúspide de su Sistema de Justicia -el Poder Judicial- el cual a su vez se democratiza con la participación popular.
Recuerden: EN LATINOAMERICA LAS NACIONES  ESTÁN ATESTADAS DE LEYES (asunto de abogados) PERO SON CARENTES DE JUSTICIA (asunto del pueblo).
Recordemos lo referido al Juicio de Sócrates (470-399 a.C.) :
(…) Luego de haber decidido que existía un caso ante el cual debía darse una respuesta, el arconte (Magistrado a quien se confió el gobierno de Atenas), indicó a Sócrates que se presentara frente a un jurado de ciudadanos atenienses, para contestar a los cargos de corrupción de los jóvenes atenienses y asebeia (impiedad). Los jurados fueron seleccionados por lotería de entre un grupo de ciudadanos voluntarios varones  pertenecientes a cada clase social. A diferencia de cualquier juicio llevado a cabo en muchas sociedades modernas, la mayoría de los veredictos eran regla más que excepción.
Sócrates se enfrentó a un jurado compuesto por 500 ciudadanos (su gran tamaño demuestra que el juicio era visto como algo importante) y después de que él y su acusador hubieran presentado sus disertaciones, el jurado votó a favor de condenarlo por 280 contra 220.
A continuación, Sócrates y el fiscal sugirieron varias sentencias alternativas. Su acusador propuso la pena de muerte. El jurado estuvo a favor de la pena por gran mayoría (360 contra 140), demostrando, según Platón, que Sócrates había perdido apoyo debido a su tono de ligereza y el hecho de no pedir disculpas.
Los seguidores de Sócrates le recomendaron huir  lo cual era esperado (e incluso habría sido aceptado) por la ciudadanía; pero él se negó por principios. Por coherencia con su propia filosofía de obediencia hacia las leyes, llevó a cabo su propia ejecución bebiendo la cicuta con la cual lo habían provisto. Sócrates murió a la edad de 70 años.
Nota IFP: No obstante lo expuesto, que para algunos puede ser una excusa para renegar del Juicio x Jurado al haber enviado a la pena de muerte a un ilustre pensador, no es óbice para que tal institución justa y democrática sea una realidad en toda América Latina. El Jurado puede equivocarse por ser en esencia un aspecto de humanidad, pero se equivoca (sin mala intención) y mucho menos que nuestros jueces profesionales (en su mayoría mal intencionados).

En el Horizonte Paraguayo se avizora el Juicio x Jurados.

La buena Onda del despertar ciudadano vinculado al Juicio por Jurados en América Latina ya se viene asentando en Paraguay (bien por ellos), ya tenemos a Argentina, Brasil, Bolivia, Nicaragua, Panamá, etc,. pero como siempre en el Perú (al igual que el fútbol) seremos los últimos, ésto debido a que algunos iluminados no lo quieren y por cuanto no les conviene romper su confortable "status quo" vestido de corrupción y antidemocracia en el (dizque) "Poder" Judicial.
http://www.inecip.org/index.php/118-destacadas/520-la-onda-expansiva-del-juicio-por-jurados-llego-a-paraguay

Solución a nuestros problemas como Nación.

Si bien los años brindan experiencia, éstos -de paso- te empiezan a dar la razón; hoy puedo asegurar, que de no democratizar nuestro sistema de Justicia, nuestra América Latina se dirige hacia el abismo social, felizmente que hay naciones que ya empezaron con el cambio. Nuestras propuestas son: 
1.- Juicio x Jurados, participación popular en un verdadero Poder Judicial.
2.- Elección popular de magistrados (Jueces y Fiscales). 
Ambas como verdaderas alternativas de cambio propios de la Democracia Directa; sabemos cómo hacerlo, esperamos contar con su apoyo.

¡Juicio x Jurados gracias a NatGeo!

Forma ilustrada del Juicio x Jurados emitida por NATIONAL GEOGRAPHIC, espero se valore y disfrute para beneficio del pueblo Latino Americano en su conjunto. He aquí el máximo esplendor de la Democracia Directa. (puede ser traducida al Español).
http://education.nationalgeographic.com/education/encyclopedia/jury/?ar_a=1

Combatiendo la Corrupción:

¡Aquí, la Solución a nuestros graves problemas de corrupción en nuestra Nación!
Con la esperanza que así lo entiendan los de Izquierda y los de Derecha incluido los de Centro, he creado la frase adjunta.

Elegante forma de mencionar Juicio x Jurados para las futuras Repúblicas del mundo, mucho antes de la Revolución Francesa.

Juzgamiento Popular

La solución democrática hermanos Latinoamericanos NO es únicamente el VOTO, sino el verdadero Juzgamiento ciudadano, o sea el Juicio por Jurados. ¡Entiéndanlo por favoooorrr !!!

Demostrando en USA que la Justicia NO es asunto –solo - de abogados: G. Thomas recibe galardón del CNM.

G. Thomas "Tom" Munsterman, director emérito del centro de estudios de jurado del Centro Nacional de tribunales estatales, fue galardonado con premio del Consejo Nacional de la Magistratura: Avances de la Justicia del 23 de junio de 2013 en Chicago. El Premio de la promoción de la justicia es otorgado a una persona que ha demostrado dedicación a la mejora de la justicia. El premio fue entregado a Munsterman durante la recepción del Simposio del Consejo Nacional de la Magistratura, “el juicio por jurado en el siglo XXI”. Este fue el segundo de tres simposios presentados este año por el Colegio para conmemorar sus 50 años de la educación – innovación – avance de justicia. Tom es licenciado en Ingeniería Eléctrica de la Universidad Northwestern y una maestría en ingeniería de la Universidad de George Washington. Se desempeñó como consultor para el proyecto de jurado de Nueva York y la Comisión de California Blue Ribbon en la mejora del sistema de jurado. Él es el autor de "Administración del sistema de jurado”; Co-editor de "Innovaciones al Juicio por Jurado"; y coautor de "Administración de Juicios Notables". Durante 17 años, fue el autor de una columna en "Noticias del jurado" en la publicación trimestral "Adminstrando la Corte"  Se ha desempeñado en facultades universitarias de diversos Estados y el  Programa de Educación del Poder Judicial, incluyendo en el Colegio Nacional Judicial durante 13 años. Él ha testificado como testigo experto de la corte en casos relativos a la gestión de Representando a un Jurado /Organizando un jurado, ante las comisiones legislativas del Estado. Fue miembro de la Comisión de la ABA en el Proyecto Norteamericano del Jurado, recibió de la ABA el premio del Impacto del Jurado en 2008 y el Premio de excelencia del Instituto de administración de justicia en 2007.

Fórmula elemental para reducir la CORRUPCIÓN en América latina

En una mediocre DEMOCRACIA solo el VOTO cuenta, en una completa Democracia puedes JUZGAR y condenar a quienes defraudaron a los votantes (incluido a sus amigos). He aquí elemental razón por la cual los políticos no quieren ni escuchar sobre el JUICIO POR JURADOS (se aplican honrosas excepciones).
Cuando el pueblo Latinoamericano entienda, reconozca y valore que el verdadero empoderamiento ciudadano está en el Sistema de Justicia -específicamente en el Poder Judicial- como integrante de un Tribunal de Jurados (valorando los hechos); habremos empezado el verdadero y real cambio.

Korea del Sur: Cumplió tres años el Juicio por Jurados

Se efectuó estudio respecto a los juicios por jurado realizadas durante los tres primeros años desde la introducción del sistema de jurado en Corea del sur. Información de todos los juicios por jurado durante la época fue recogida y analizada empíricamente centrándose en el acuerdo del jurado. Los análisis estadísticos fueron guiados por estudios anteriores (Eisenberg et al. 2005; Spencer 2007). Los resultados indicaron que jueces y jurados de acuerdo sobre el veredicto 91,4% de los casos (70.3 por ciento por convicción y 21.1 por ciento absolución)(….) Se evaluaron los índices de precisión y error de veredictos del jurado según estimaciones de la probabilidad condicional.
Una evaluación orientada a resultados positivos con reajustes permanentes, véase estudio completo (en inglés) en la siguiente dirección de internet:
http://onlinelibrary.wiley.com/doi/10.1111/jels.12001/pdf

Opinión IFP: Corea, Japón y China, en el último lustro han instaurado el Juicio por Jurados dentro de su sistema de Justicia, en ningún momento han pensado si es un Sistema Anglosajón, o que no es propio de su tradición y costumbre, o que los factores culturales y económicos son escasos (entre otras escusas absurdas); simplemente lo instauran por considerar en forma práctica que el Juicio por Jurado como la participación ciudadana en la Administración de Justicia es la mejor forma de hacer Justica.
Desde inicios del 2000 a la fecha 16 naciones han adoptado el Juicio por Jurado, es probable que otros países sigan "adquiriendo" esta institución Democrática; más, dudo que los que ya tienen el Juicio por Jurados copien nuestro sistema –dizque- Romano Continental del Juez unipersonal o colegiado. Así que: ¡a actualizarse se ha dicho! (guste o no), el tiempo nos seguirá dando la razón.

Microsoft Encarta corregido: JURADO

Microsoft ENCARTA es uno de los más PRETIGIOSOS DICCIONARIOS ENCICLOPÉDICOS DEL MUNDO.
From: Pedro Cifuentes
To: projurados@speedy.com.pe
Sent: Tuesday, October 09, 2007 7:58 PM
Subject: RV: Sugerencia de corrección al ENCARTA
Estimado Sr. Fernández Paz:
Le agradecemos mucho sus generosos comentarios sobre nuestro artículo Jurado, que traspasaremos al corpus de la enciclopedia en las próximas fechas.
Reciba un cordial saludo,
Pedro Cifuentes
Subdirector editorial Microsoft Encarta 2007
From: PROYECTO JURADOS [mailto:projurados@speedy.com.pe]
Sent: Thursday, September 06, 2007 5:57 PM
To: Student and Encarta Product Suggestions
Cc: PROYECTO JURADOS (projurados@hotmail.com)
Subject: Sugerencia de corrección al ENCARTA
Estimados Srs. Microsoft Encarta 2007
Permítame presentarme como Iván Fernández Paz director del Proyecto Jurados que se resume en la instauración del Juicio por Jurados en nuestro país, les escribo desde Chiclayo, Perú.
Desde 1999, me he enfrascado de forma por demás apasionada en averiguar sobre las Doctrinas y Sistemas de Justicia en el mundo; mi apreciación se orienta básicamente a reproducir el sistema de justicia Anglosajón, que tiene por Doctrina el Derecho Consuetudinario (common law) o el uso de la ley común, y como su dogma fundamental la participación del pueblo en su justicia - con efecto ampliamente vinculante - conformando Tribunales de Jurados; la misma que, creo y defiendo por convicción, es la mejor en el mundo.
En todo el proceso de análisis, he consultado diversos medios en lo que respecta al tema de jurados en cuestión y como es obvio los he incluido a ustedes; el tenor de la presente misiva es para darles unas apreciaciones o correcciones respecto a lo que se expone en el ENCARTA y en lo que respecta a su texto expreso unas sugerencias resaltadas en rojo:
MENCIONADO EN EL ENCARTA:
Jurado, institución de origen inglés, mediante la cual los ciudadanos participan en la administración de la justicia penal. El jurado es un organismo no profesional ni permanente compuesto por personas físicas cuyo cometido es pronunciarse acerca de la culpabilidad o inocencia del acusado. En función de la resolución del jurado, el juez o magistrado impondrá la pena que corresponda conforme a la ley vigente. El jurado, en los países en que esta institución se encuentra en funcionamiento, interviene sólo en los procesos penales que establece la ley.
Microsoft ® Encarta ® 2007. © 1993-2006 Microsoft Corporation. Reservados todos los derechos.
SUGERENCIAS:
- (INGLÉS) Al igual que muchos pensaba que el jurado había nacido en Inglaterra, pero grande fue mi sorpresa al encontrar que en Grecia (c. 638 adC–558 adC) Solón uno de los sabios de Grecia, y famoso legislador ateniense, considerado precursor de la Democracia, quien también reescribió la constitución en Atenas, fue el que instauro La Heliaía (juicio por jurados) un Tribunal de Justicia, compuesto por ciudadanos elegidos por sorteo y actualmente en el museo de del Ágora en Atenas se encuentra el Cleroterion, máquina de sorteo de los jurados, y las Fichas de voto utilizadas por los jurados de la Heliea,
- (PENAL) Por otro lado el juicio por jurados también se orienta a procesos CIVILES.
- (SOLO PROCESOS PENALES) También los proceso CIVILES son muy representativos en especial los referidos a los de RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL, como son los casos simbólicos hechos a las tabacaleras (por el uso de sustancias cancerígenas) en Estados Unidos, entre otros.
En espera que la presente contribuya en algo con su prestigioso medio y la misma cuente con su amable atención me despido de ustedes.
Saludos cordiales. Atentamente:
Iván G. Fernández Paz
Director del PROYECTO JURADOS – PERU

El Jurado Civil como Institución Política

También conocida como EL GOBIERNO DE LOS BUENOS
Simposio a llevarse a cabo del 22 al 23 de Febrero de 2013, los documentos presentados como parte del simposio se publicarán en el volumen 55 de la William & Mary Law revisión. Contacto Melody Nichols en IBRL@wm.edu de registro o información adicional.
El debate sobre el jurado civil en los Estados Unidos - tanto en la literatura académica y el dominio público - tiende a centrarse en lo bueno o malo que es como una institución jurisdiccional. Pero su justificación ha sido siempre como una institución política.
Aunque el papel del jurado civil como una institución política tiene fuertes raíces históricas, su lugar en el sistema político Norteamericano contemporáneo ha recibido relativamente poca atención académica.
Este simposio tiene como objetivo contribuir al trabajo reciente de tomar una mirada renovada a las diversas justificaciones para el jurado civil como una institución política: como un instrumento de la soberanía popular, un vehículo para la aplicación de las normas comunitarias en la ley, una fuente de legitimidad democrática, un chequeo o revisión de conformidad al Gobierno y el poder corporativo de los Estados.
Esperamos reunir a un grupo de personas de diferentes disciplinas, incluido el derecho, la sociología, ciencia política, y la psicología, entre otras disciplinas para que ambas perspectivas teóricas y empíricas puedan influir en este importante conjunto de temas.

¿Se conoce en nuestras Universidades el Juicio por Jurados?

PREGUNTA: ¿Qué tanto saben (conocen - enseñan) nuestros profesionales del Derecho (en nuestras Universidades) sobre el Juicio por Jurados?
Este breve análisis resultado de un cálculo elemental, deviene por experiencia propia ante una realidad concreta, saque Ud. conciudadano sus propias conclusiones.

RACIOCINIO: En Perú, la carrera de Derecho y Ciencias Políticas dura en promedio 6 largos años, a razón de 2 ciclos por año se obtiene como resultado doce (12) extensos ciclos.
- Si, durante esos 12 ciclos tenemos por aprobar (en promedio) 7 asignaturas (materias) por ciclo, tendremos 12 x7 = 84 libros anexados a sus respectivos cursos durante toda la profesión.
- Siendo conservadores, podríamos afirmar que cada libro tiene (austeramente) 100 páginas, entonces: 100 páginas x 84 libros = 8,400 páginas. Solo incluimos textos con asuntos doctrinarios – dogmáticos, descartando de plano para éste análisis: códigos, leyes y normas sustantivas vinculadas expresamente a la carrera.
- Si, al resultado anterior le adicionamos una variable compensatoria “bona fide”, como puede ser un interés inusitado del estudiante por la carrera, el cual, por propia iniciativa ha asumido lectura de otros libros referentes a su profesión, bien podríamos asegurar que, el ya casi “letrado” en el transcurrir de sus estudios adicionó unos cuantos centenares de hojas más, con lo cual podría holgadamente llegar a las Diez mil (10,000) páginas.
- En buen resumen, (con aproximados) podemos considerar -pro lector- que, un aplicado y concienzudo estudiante de Derecho y Ciencias Políticas –egresado- como MÍNIMO ha leído en el transcurrir –solo- de su capacitación NO MENOS DE 10,000 páginas, (resulta obvio razonar que son muchas pero muchas más).
OPERACIÓN:
2x6años=12Ciclos; 12x7Asignaturas=84Textos, 84x100hojas=8,400+(bono lectura)=10,000 págs.
Ahora: Tal cálculo elemental derivado a su máxima expresión en donde incluimos -como variable- a un eminente abogado quien siendo exitoso (con Maestría y Doctorado) asciende a una Magistratura, podemos deducir que en pleno ejercicio de su profesión, llegaría a leer cerca de Cien mil (100,000) páginas, eximiendo (una vez más) de su acuciosa lectura: escritos, informes, legajos y resoluciones por doquier. En consecuencia, y retomando la pregunta circunscrita en un “adoctrinamiento” textual, respecto al titular “ut supra” mencionado:
¿Cuánto se puede encontrar (conocer) sobre el tema que atañe a éste titular- Juicio por Jurado?
RESPUESTA: NADA o casi NADA.
En forma contundente, afirmo por experiencia propia que, sobre el tema de manera sustancial “Juicio por Jurados”, sólo he podido acopiar (compendiar) encontrar en aquellas –conservadoras- más de 10,000 hojas, en resumen solo dos (02) páginas eminentemente referenciales al Juicio por Jurado; situación encontrada por demás recurrente en algunos países del continente -salvo honrosas excepciones- luego de haber consultado sobre lo mismo con profesionales jurisconsultos extranjeros.
CAUSA: Desconocimiento. Debido a que la mayor cantidad de información está en inglés.
OBJECIÓN: Sin embargo, al momento de hablar del Juicio por Jurados los ortodoxos que protegen su sistema esgrimen: críticas peyorativas y negativas, prejuicios, falsas conjeturas, falacias, sofismas, disfemismos, entre otras cuestiones subjetivas en su mayoría carentes de sustento.
SOLUCIÓN: Para aprender más acerca del Juicio por Jurado lo tiene –aquí- en el Internet y aconsejamos seguir los que emite la Televisión (extranjera) y los cines referidos a policiales o juicios, los cuales de manera elemental pero divertida nos instruyen acerca del tema; en ciertos casos, hasta se podrá entender el sistema procesal acusatorio de Justicia, el mismo que actualmente está siendo adoptado por muchos países de América Latina pero eximiéndolo de jurados manteniendo así tercamente la esencia del sistema inquisitorial ante un Juez.
SORPRESA: Desconcierto mayor, al conocer que el tema relacionado al titular, en los países de habla inglesa no es propiedad absoluta de juristas, el mismo, es amplia y ancestralmente estudiado por Sociólogos, Antropólogos, actualmente eminentes Pedagogos lo vienen insertando en Escuelas en diversos grados.
RECOMENDACIÓN: La misma se circunscribe en aquel adagio que reza: “No juzgues sin saber (conocer)”, epilogando la presente con la frase del Dr. Wayne Dyer: “Tu nivel más alto de ignorancia es cuando rechazas algo de lo cual no sabes nada”.

JUICIO POR JURADOS: Realidad Virtual - Triste Realidad

Por: Iván G. Fernández Paz
Según investigación realizada por Oscar Matos Ochoa y refrendado en su libro “POLÍTICA CON SENTIDO COMÚN”, en el que efectúa una encuesta en colegios (liceos) tanto nacionales como particulares y específicamente refiriéndose a la pregunta:
¿Quién decide en los juicios?
A) El Juez, B) El Fiscal, C) El Jurado.
La respuesta de los alumnos en su totalidad (100%) fue: C) EL JURADO.
REALIDAD: El juicio por jurado NO existe en el Perú ni en la mayoría de países latinoamericanos.
Realidad virtual manifiesta, entorno a una respuesta que con el devenir de los tiempos puede ser reflejada con idénticos resultados en toda América Latina.
Triste realidad que enfrentarán los jóvenes cuando al obtener la ciudadanía se vean en la imperiosa obligación -buena o mala- de litigar en el Poder Judicial (conocido aquí como “casa del jabonero, el que no cae resbala”) en donde se sorprenderán, al no encontrar en el escenario de la corte aquel estrado con doce (12) asientos en los cuales deberían estar los ciudadanos integrantes del Jurado (sus pares) http://www.youtube.com/watch?v=0L2NPO1tLLw ; por el contrario, se verán agobiados al palpar nuestra realidad la misma que es ejercida por Jueces unipersonales o colegiados (3 magistrados) en sala https://www.youtube.com/watch?v=Msmsb-68s4U , siendo aquellos los que deciden el futuro de las personas muchas veces de forma arbitraria amparándose en la ley pero alejados de la justicia.
Esta verdad expuesta en la encuesta ut supra –de creer que el Jurado decide- tiene como razón la programación diaria que nos brinda la televisión por cable y algunas películas de cine, en donde constantemente se puede apreciar cómo se maneja el sistema judicial en los Estados Unidos (desde sus inicios como Colonia Inglesa), y en donde los Procesos Judiciales se comparte responsabilidad de Administrar Justicia entre un Juez circunscrito en la Ley (derecho) facultado a emitir sentencia, quién junto a un grupo de ciudadanos (Jurados) los cuales emiten un veredicto sobre los hechos –culpable o inocente - circunscrito en Justicia más allá de la ley, ambos ejercen la forma primordial de emitir justicia como inalienable deber ciudadano.
En contra posición está el caso Latinoamericano, donde la programación televisiva a veces confabulado con el sistema nos manipula (nos miente o sorprende), situación que puede ser comprobada en películas como la del memorable Cantinflas denominada “Ahí está el detalle”, https://www.youtube.com/watch?v=6Gs4RbGmFY0 , en donde el artista es expuesto ante un proceso judicial incluido jurados; tal situación en la actualidad se sigue repitiendo en series y telenovelas, situación que no hace más que confundir al público por cuanto el Juicio por Jurado tampoco es una realidad en México.
En ese sentido, cabe mencionar que nuestro sistema judicial no es digno de ser expuesto en su concreta y objetiva realidad, mucho menos es de ser expuesto en medios televisivos, salvo que, el proceso (caso) en sí se circunscriba en un tema de comedia, jocoso o risible como se puede apreciar en series interpretadas por el inigualable Leopoldo Fernández “Tres Patines” junto al Tremendo Juez de la Tremenda Corte http://www.youtube.com/watch?v=bdpBcsbhZHQ o en su variante totalmente arbitraria y mediática apreciada en el “talk-show” de Caso Cerrado http://www.youtube.com/watch?v=d6xDDd2RC9 donde la Juez (arbitro) es conocida por gritarle a ciertos invitados (como parte del espectáculo).
Situación paradójica por cuanto ambos actores son nacidos en Cuba, país que se vanagloria de ejercer un Gobierno Popular y en el cual el sistema de justicia tampoco incluye en su Poder Judicial la participación del pueblo siendo jurado.
Ante lo expuesto, no me cabe sino continuar apelando a mi frase: “El Jurado es la idea más elevadamente SOCIALISTA nacida en un país altamente IMPERIALISTA, resumida en darle el poder de la justicia al pueblo”.

DIÁLOGO EN PASILLOS DE UN PODER JUDICIAL

Autor: Marciano Edgardo Martinez  Cortesía y Adapatación: Dr. Freddy Salazar Santiago.
   Al conversar, en los pasillos de la Universidad de Buenos Aires con un Juez Norteamericano, quien se encontraba de visita en dicha universidad, y dominaba perfectamente el idioma español, por ser descendiente de madre mexicana.
   Le dije que era un abogado de Perú, y de inmediato intercambiamos información sobre nuestros sistemas penales. Cuando le explique lo que nosotros llamamos proceso penal con una investigación de etapa escrita y otra oral con jueces técnicos, expresó su incomprensión, arrugando la nariz. -¿Por qué no tienen el juicio por jurados? –me reprochó.
   -Juez- le dije -tratando de buscar la justificación- muchas han sido las excusas para no implantar el juicio por jurados en el Perú a pesar que las primeras cinco constituciones en el Perú, desde 1823 hasta 1839 expresaban el cumplimiento de esta decisión política. Le dije, que el argumento mas repetido es que el hombre común no esta capacitado culturalmente para ejercer la potestad jurisdiccional de valorar las pruebas, averiguar la verdad, tutelar las libertades, todo ello dentro de las garantías que exige el debido proceso.
   No, no es así –me dijo-, este argumento parte de un grave error. La persona que actúa como jurado no necesita saber derecho penal, no ser un especialista en el procedimiento. Por el contrario, no debe tener nociones técnicas sobre la ley. La idoneidad que debe tener el hombre común para juzgar a sus semejantes es aplicar un criterio valorativo práctico de la comunidad a la que pertenece y que en ese momento representa.
   Bueno, le dije, la creencia general, es que en mi país, para juzgar, hay que conocer la teoría del delito y el procedimiento penal.
   -No repitió-, la decisión del jurado no es técnica ni legal, es una aprobación o desaprobación de un hecho, en relación con lo que ocurre en el debate (juicio) y con la trascendencia que el caso asume para la comunidad.
   En mi país, pensamos que es un problema cultural…Le dije
   -¡No!, no es un problema cultural. Es más especifico me dijo. Es un problema político y exige una decisión política.
   Me Dijo, que La cultura del pueblo peruano en su conjunto es bien conocida –agrego-. Yo conozco a peruanos que están trabajando en investigaciones científicas, hay buenos talentos trabajando en reconocidas instituciones médicas porque trajeron de su país una excelente formación académica.
   -Ahora no es tanto así… - le contesté. Las mayorías de las Universidades en la actualidad, tienen un bajo nivel académico y son vista como un negocio bajo el argumento de educar a menor precio no cumpliendo con su rol de educar y socializar al ciudadano.
   Y Me dijo algo importante, “que la educación socializa y cualquier persona normalmente socializada está en condiciones de juzgar al prójimo según criterios éticos-sociales aceptados en general. El miembro del jurado debe saber leer y escribir, debe tener alguna ocupación y ejercer sus derechos cívicos. El ciudadano común tiene un sentido lógico innato y actúa responsablemente cuando es llamado a tomar decisiones sobre la responsabilidad o inocencia de alguna persona. Lo mismo ocurre cuando vota”
   Le dije, que en Perú no se discute que el pueblo pueda elegir a sus gobernantes. En cambio, no se piensa lo mismo del rol de juzgar. Juzgar es cosa de abogados más no de ciudadanos.
   -Me dijo, Quienes piensan así, y no creen en la responsabilidad del hombre común cuando es jurado, piensan en el marco de una filosofía idealista, autoritaria, porque en definitiva son elitistas. El jurado es una de las expresiones de mayor participación popular en un sistema democrático. La experiencia histórica enseña que no ha existido ningún régimen autoritario que haya mantenido el sistema de juicio por jurados.
   -Se argumenta, Le dije, que el jurado norteamericano dicta su veredicto sobre la base del sentimiento, marginando a la razón. ¿Es así…?
   -Esta Pregunta lleva implícita la aseveración de que los jueces técnicos juzgan con la razón, marginando al sentimiento….Me dijo, Preste atención a lo que voy a afirmar. Tanto los jueces técnicos como los ciudadanos valoramos a partir del sentimiento y luego agregamos dosis de racionabilidad, porque lo racional tiene como finalidad controlar o encauzar al torrente emocional. Puedo afirmar –y no me causa rubor- que cuando se juzga, el sentimiento tiene cierta primacía sobre la razón, aunque muchos no lo quieran reconocer. Es que el conocimiento axiológico es intuitivo. Para determinar si algo es justo o injusto, si es bueno o malo, no necesitamos del aprendizaje racionalista.
   -Señor Juez: ¿no cree usted que el veredicto del jurado limitando a decir que el imputado es culpable o inocente es vulnerable al no tener fundamentos? ¿No se lesiona una garantía esencial que toda sentencia debe mantener una motivacion logica y razonada acorde con la convencion de los derechos humanos?
   EL juez, hizo silencio y cuando creí haber encontrado una causa aceptada por el Juez, me contesto en forma rotunda:
   -No, no estoy de acuerdo. El jurado es un grupo dinámico que, para declarar culpabilidad luego del debate que hacen sus miembros, necesita del voto unánime o de una mayoría especial. Estas mayorías juegan como un reaseguro porque es muy común que cada jurado exprese las razones que, a su parecer, fundamentan su voto. No obstante, reconozco que la doctrina procesalista clásica de Europa continental ha centrado todo su esfuerzo en combatir al jurado, por considerar que la intima convicción lesiona la garantía del imputado que debe saber el fundamento de su condena. Me dijo que, La logicidad natural de cada uno de los jurados, el debate entre ellos y las mayorías que se requieren para un fallo de culpabilidad, cubren suficientemente la falta de fundamento escrito que encontramos en las sentencias de los jueces técnicos. Pero como usted bien sabe, son incontables las sentencias con fundamento escrito que han sido declarados arbitrarios por los órganos superiores. Para mí, la independencia es una garantía de mayor envergadura al lado de la motivación de la sentencia. Y el Juez técnico, porque es un juez vitalicio y porque es designado por los poderes políticos, tiene mas grado de sospecha en la perdida de su independencia. Tiene toda la vida para ser seducido. El jurado es efímero y existen muy pocas posibilidades para que algún centro de poder lo llame por teléfono. Además, en su designación, no interviene el poder político.
   Continué escuchando.
   -Me han dicho que los españoles le han puesto fundamento al veredicto. Puede ser. Pero yo no estoy de acuerdo. Es importante tener en cuenta que el método inquisitivo cree en la culpa y utiliza el poder para obtener la verdad. En cambio, el método acusatorio, que nosotros usamos, cree en la inocencia y tiene una total desconfianza del poder y por su propia naturaleza no lo usa para obtener la verdad. La verdad no surge, ni del encierro en la cárcel, ni de la tortura. La verdad surge del debate de las pruebas en el juicio, via el discurso de las partes.
   Me dijo algo que recuerdo mucho, No tenga miedo. Le doy un consejo. El juicio por jurados sólo existe en un sistema acusatorio. No mezclen. No reincidan con el Juez instructor. Establezcan un ministerio fiscal con todas las atribuciones para investigar y dótenlo de los recursos necesarios y, por supuesto, elijan buenos fiscales. Pero eso, si, tengan mucho cuidado con ese acuerdo que se llama plea bargaining (pedido de terminación anticipada del proceso) que aquí a destruido el debido proceso, al juicio por jurados y a la propia Constitución. Todo se regatea. Desde el hecho imputado hasta la pena a aplicar. La plea bargaining, a igual que aquellos viejos instrumentos de tortura, presiona a los imputados para que se declaren culpables y por una razón de costo económico, la Corte le ha dado su bendición.
   Quede sorprendido al escuchar esta advertencia y recordé, instintivamente, en mi trabajo de fiscal de investigacion preparatoria con el nuevo código procesal penal implementado en la cuidad de Huaura, cuando regateaba presionando al imputado a ponderar una pena con el único fin de dar por terminado el proceso y sumar un punto más en mi alicaído cuadro de juicios concluidos.